El Tribunal Supremo establece que hacer grafitis en los bienes del patrimonio artístico es delito si los daños revisten cierta entidad
La escultura «Lugar de Encuentros II» de Eduardo Chillida ubicada en la Plaza del Rey de Madrid es víctima habitual de los graffitis y pintadas. Pero esta vez el caso ha llegado hasta el Tribunal Supremo y los jueces han lanzado una advertencia a los grafiteros: si causan daños relevantes al patrimonio artístico es un delito penado con…Continúa >>