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Nuevas normas para el Bono Social o descuento en la factura de la electricidad

La normativa para poder tener descuento en la tarifa eléctrica ha cambiado y es necesario solicitarla de nuevo siguiendo las nuevas normas, aunque ya se tuviera reconocido con anterioridad el Bono Social. Comprueba si reúnes los requisitos, busca toda la documentación que lo justifique (si fuese necesario consulta los Servicios Sociales) y presenta en cualquier oficina comercial de tu compañía de suministro eléctrico.

¿Qué es el Bono Social?

El Bono Social es un descuento en la factura de la luz. Está regulado por el Gobierno y pretende proteger a los hogares considerados vulnerables.  Con la entrada en vigor en octubre de 2017 del Real Decreto 897/2017 cambian los requisitos para tener derecho al Bono Social.

¿Quién puede beneficiarse del nuevo Bono Social?

Para beneficiarte del Bono Social debes tener la tarifa eléctrica PVPC (con o sin discriminación horaria) y una potencia igual o inferior a 10 kW en tu vivienda habitual. Además, deberás cumplir los requisitos para ser considerado cliente vulnerable,cliente vulnerable severo o cliente vulnerable severo en riesgo de exclusión social.  

¿Cuáles son los requisitos?

Clientes vulnerables

Se considera que son clientes vulnerables (descuento en factura del 25%) las personas que sean titulares de un contrato de tarifa regulada (PVPC) y cumplan alguno de estos requisitos.

Por nivel de renta anual, que sea inferior o igual a los siguientes límites establecidos según el IPREM (el índice de uso habitual para la concesión de ayudas y subsidios):

  • 1,5 veces el IPREM*: si no forma parte de una unidad familiar o no hay menores a cargo.
  • 2 veces el IPREM*: si hay 1 menor en la unidad familiar.
  • 2,5 veces el IPREM*: si hay 2 menores en la unidad familiar.

*IPREM anual 14 pagas válido para 2017: 7.519,59 euros

Todos estos umbrales se incrementarán en 0,5 veces el IPREM en los casos en que algún miembro de la familia tenga discapacidad mayor o igual al 33%, sea víctima de violencia de género o sea víctima de terrorismo.

Pensionistas: que el solicitante (o en caso de que haya unidad familiar, todos los miembros de la misma) perciban la pensión mínima (por jubilación o invalidez permanente).

Familias numerosas: todas sin excepción.

Clientes vulnerables severos

Se considera que son vulnerables severos (descuento en factura del 40%):

  • Por nivel de renta: quienes cumplan los requisitos para ser considerados clientes vulnerables y además tengan niveles de renta inferiores al 50% de los límites válidos para clientes vulnerables.
  • Pensionistas: que todos los miembros de la unidad familiar sean pensionistas de la Seguridad Social, perciban la pensión mínima (por jubilación o invalidez permanente) y tengan una renta anual inferior o igual a 1 vez el IPREM.
  • Familias numerosas: con renta inferior a 2 veces el IPREM.

Clientes vulnerables severos en riesgo de exclusión social

En esta categoría entran aquellos clientes vulnerables severos que están siendo atendidos por los servicios sociales de una Administración autonómica o local que financie al menos el 50% del importe de su factura.

Límites en el consumo de electricidad

Los descuentos del 25% y 40% del total de la factura están sujetos a un límite en el consumo de energía, superado el cual se aplicará la tarifa PVPC sin descuento:

  • Pensionistas: 1.680 kWh de electricidad consumida al año.
  • Familias numerosas: 3.600 kWh/año.
  • Consumidores sin menores a cargo: 1.200 kWh/año.
  • Consumidores con un menor a cargo: 1.680 kWh/año.
  • Consumidores con dos menores a cargo: 2.040 kWh/año.

Cómo solicitar el Bono Social

Lo primero es reunir toda la documentación necesaria. En todos los casos necesitarás rellenar este formulario.

En el caso de que tu actual tarifa eléctrica esté en el mercado libre, para agilizar los trámites te recomendamos que nos envíes también este otro formulario autorizando a cambiarte al mercado regulado (tarifa PVPC).

Una vez hayas reunido toda la documentación, puedes enviárnosla de las siguientes maneras:

  • 1. A través de nuestra página web, haciendo clic aquí.
  • 2. Adjuntándola en un email dirigido a bonosocial@endesa.es
  • 3. Enviándola por correo postal al Apartado de Correos nº1167, 41080 Sevilla.
  • 4. Consultándonos en el siguiente número de teléfono: 800 76 03 33

Asimismo, podrás entregar tu solicitud en nuestras oficinas comerciales y puntos de servicio. Una vez comprobemos la documentación que nos envíes, trasladaremos tu solicitud al Ministerio de Energía, que validará el cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario del Bono Social, asignándote un grado de vulnerabilidad.

En un plazo aproximado de 15 días, te informaremos de su respuesta por el mismo medio por el que nos enviaste la solicitud.

¿Qué debe hacer quien ya tenía el Bono Social?

Si tenías el antiguo Bono Social debes solicitarlo de nuevo, ya que desde octubre de 2017 han cambiado los requisitos.

Tienes hasta el 10 de abril de 2018 para demostrar que cumples los nuevos requisitos. Hasta entonces, seguirás percibiendo el Bono Social como hasta ahora.

A partir del 10 de abril de 2018, si no has acreditado que cumples los nuevos requisitos se te aplicará automáticamente la tarifa PVPC sin descuentos.

Categoría:Noticias, Novedades, Portada
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1 Comentario

  • 1 de marzo de 2018 en 00:12
    vicario

    Hola
    Estás seguro que para pensionistas el máximo de consumo es hasta 1680 kW año

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