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EDICTO: Determinación del número y régimen del personal eventual del Ayuntamiento

DETERMINACIÓN DEL NUMERO Y RÉGIMEN DEL PERSONAL EVENTUAL

La Junta de Gobierno Local en su sesión celebrada el 1 de julio de 2019, entre otros, ha adoptado acuerdo que con el número 801 literalmente dice:
Visto expediente de Alcaldía relativo a la determinación del número y régimen del personal eventual.

El artículo 104 bis de la Ley 7/1985 y 12 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, determina la existencia de personal eventual que desempeña aquellas expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin.

Su número, y régimen se determina por la Junta de Gobierno Local. Su nombramiento y cese es libre para el Alcalde y cesan cuando lo hace el Alcalde.

El ROM asigna a los grupos la figura de Secretarios y Asesores de Grupo de la siguiente forma:

Asesor: 1 por cada 3 miembros, hasta un máximo de 5 por .grupo. Pueden sustituirse por dos secretarios, siempre que la retribución no se incremente.

Secretarios: Hasta cinco miembros, 1. De seis a diez miembros, 2. Más de diez miembros, 3.

Número máximo: 27

Por tanto la composición posible dentro de los límites fijados por la Ley es la siguiente:

GRUPO POLITICO CONCEJALES EVENTUALES
Grupo socialista 10 2 Secretarios/3 Asesores (6 Secretarios)*
Grupo Popular 7 2 Secretarios/2 Asesores (4 Secretarios)*
Ciudadanos 4 1 Secretario/1 Asesor (2 Secretarios)*
Grupo IU 3 1 Secretario/1 Asesor (2 Secretarios)*
Grupo VOX 3 1 Secretario/1 Asesor (2 Secretarios)*
Total eventuales por grupo 15
* Total de eventuales con total de divisiones: 23

El ROM (artículo 193.3) permite la división de un Asesor por dos Secretarios, siempre que las retribuciones no superen la del Asesor. Ahora bien, el artículo 104, bis, 1, d) de la Ley 7/1985, norma de rango superior, limita el número total a veintisiete.

A tenor de lo anterior, a propuesta del Sr. Alcalde, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda: Aprobar la determinación del número y régimen del personal eventual del siguiente tenor:

ALCALDÍA:

– 1 Jefe/a del Gabinete del Alcalde, con retribución bruta anual a 15 de junio de 2019 de 60.628, 82 €.
– 1 Secretario/a del Alcalde, con retribución bruta anual a 15 de junio de 2019 de 37.718,16 €.
– 1 Asesor/a del Alcalde, con retribución bruta anual a 15 de junio de 2019 de 60.628, 82 €.
– 1 Asesor/a del Alcalde, con retribución bruta anual a 15 de junio de 2019 de 24.028,78 €.

GRUPOS POLÍTICOS MUNICIPALES:

Grupo Municipal Socialista

– 3Asesores/as, con retribución bruta anual a 15 de junio de 2019 de 60.628, 82 €.
– 2 Secretario/a, con retribución bruta anual a 15 de junio de 2019 de 34.286, 90 €.

Grupo Municipal Popular:

– 2 Asesores/as, con retribución bruta anual a 15 de junio de 2019 de 60.628, 82 €.
– 2 Secretario/a, con retribución bruta anual a 15 de junio de 2019 de 34.286, 90 €.

Grupo Municipal Ciudadanos:

– 1 Asesor/a, con retribución bruta anual a 15 de junio de 2019 de 60.628, 82 €.
– 1 Secretario/a, con retribución bruta anual a 15 de junio de 2019 de 34.286, 90 €.

Grupo Municipal Podemos-Izquierda Unida- Adelante:

– 1 Asesor/a, con retribución bruta anual a 15 de junio de 2019 de 60.628, 82 €.
– 1 Secretario/a, con retribución bruta anual a 15 de junio de 2019 de 34.286, 90 €.

Grupo Municipal Vox:

– 1 Asesor/a, con retribución bruta anual a 15 de junio de 2019 de 60.628, 82 €.
– 1 Secretario/a, con retribución bruta anual a 15 de junio de 2019 de 34.286, 90 €.

2.- Una vez modificado el Reglamento Orgánico Municipal y creada la figura de Vicealcalde, y en la medida en que los grupos municipales no procedan al desdoblamiento de Asesores en dos Secretarios/as, se podrán crear un puesto más de Asesor y otro de asistencia, que podrán destinarse a la Vicealcaldía, siempre que el número total de eventuales no supere el de veintisiete (27). Dichos eventuales tendrán rango de jefe/a de gabinete y de secretario/a particular.

3.- Cada grupo político deberá remitir a la Alcaldía, por medio de la Secretaría general y firmado por su Portavoz, la relación nominativa de personal asignado para su nombramiento por parte de la Alcaldía.

Granada, 4 de julio de 2019
EL SECRETARIO GENERAL
Fdo. Ildefonso Cobo Navarrete

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