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Expte. 5087/17 Innovación puntual del PGOU-01 y evaluación ambiental estratégica, en placeta de San Miguel Bajo nº 14 y Placeta de Cauchiles nº 10 «El Corralón»

INFORMACIÓN PUBLICA PARA ALEGACIONES A LA INNOVACIÓN PUNTUAL DEL PGOU-01 y EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA, EN PLAZA DE SAN MIGUEL BAJO N° 14 Y PLACETA DE CAUCHILES NO 10

EL ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. A YUNTAMIENTO DE GRANADA, HACE SABER:

Que mediante acuerdo del Pleno Municipal de fecha 23 de febrero de 2018, se aprobó inicialmente la Innovación puntual de referencia, que Incorpora el documento de Evaluación Ambiental Estratégica simplificada, cuyo texto íntegro es el siguiente:

«Se presenta a Pleno expediente núm. 5.087/2017 de la Dirección General de Urbanismo núm. 5087/2017, respecto a documento de innovación puntual del PGOU de Granada para cambio de uso pormenorizado de vivienda unifamiliar a terciario en Plaza de San Miguel Bajo nO 14 y Placeta de Cauchiles, nO 10, cuyo proyecto ha sido aprobado por acuerdo núm. 170 de la Junta de Gobierno Local de fecha 16 de febrero de 2018.

En el expediente obra informe propuesta del Subdirector de Planeamiento, de fecha 6 de febrero de 2018, visado por la Directora General de Urbanismo y conformado por el Coordinador General, en el que se hace constar que:

Con fecha de registro de entrada 21 de enero de 2016, #D. Manuel Prades Vázquez#, en representación de D. Rafael del Castillo Amaro, presenta documento técnico de Innovación del PEPRI Albaicín en Placeta San Miguel Bajo, nO 14 (expediente 997/2016).

Requerida, para ello, la presentación del correspondiente documento de innovación puntual del PGOU para cambio de uso pormenorizado a terciario y presentado el mismo (expte. 5523/2016), ambas innovaciones (PGOU y PEPRI Albaicín) fueron sometidas a los respectivos órganos competentes para su aprobación inicial. De ello resultó que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 17 de febrero de 2017, aprobó el proyecto de innovación del PEPRI Albaicín, así como acordó su aprobación inicial (expte. 997/2016).

Sin embargo, aunque la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada 17 de febrero de 2017, aprobó el proyecto de la correlativa innovación del PGOU, el Pleno Municipal, en sesión celebrada el día 24 de febrero de 2017, al no haberse alcanzado en la votación la mayoría absoluta exigida legalmente, no aprobó inicialmente esta innovación del PGOU (expte. 5523/2016).

En la tramitación del mencionado procedimiento de innovación del PEPRI Albaicín (expte. 997/2016), respecto a los informes sectoriales preceptivos, mediante oficio fechado el día 13 de junio de 2017, el Director General de Bienes Culturales y Museos de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía asume y da traslado del informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Granada, de 25 de mayo de 2017. Asimismo, la Delegada Territorial de Granada de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, con fecha 22 de marzo de 2017, emite informe, donde, entre otros aspectos, indica que la tramitación debe completarse con «una modificación del PGOU, al afectar ambas innovaciones al mismo», y ambas innovaciones se encuentran sometidas a evaluación ambiental estratégica, sin que se pueda emitir informe urbanístico mientras no haya concluido la tramitación ambiental.

En consecuencia, el interesado, con fecha de registro de entrada 5 de julio de 2017, presentó documento de evaluación ambiental estratégica para la referida innovación del PEPRI Albaicín (expte. 997/2016) y, mediante escrito presentado con fecha de registro de entrada 7 de septiembre de 2017, anunció una nueva instancia de innovación del PGOU, así como solicitó la suspensión del procedimiento de innovación del PEPRI Albaicín (expte. 997/2016) hasta tanto se apruebe o no la pretendida innovación simultánea del PGOU.

Con fecha 10 de noviembre de 2017, D. Manuel Prades Vázquez, en representación de D. Rafael del Castillo Amaro, presenta nuevo documento técnico de innovación del PGOU y evaluación ambiental estratégica para cambio de uso pormenorizado a terciario en Plaza de San Miguel Bajo, nO 14 y Placeta de Cauchiles, nO 10 (expte. 5087/2017), que, a la vista del informe técnico emitido por el Arquitecto Municipal de fecha 1 de diciembre de 2017, fue completado con más copias del documento presentadas con fecha de registro 27 de diciembre de 2017.

Tras ello se somete a votación el expediente, obteniéndose el siguiente resultado:
– 20 votos a favor emitidos por 10 Concejales/as del Grupo Municipal del Partido Popular, Sres./Sras.: Dña. María Rocío Díaz Jiménez, D. Juan Manuel García Montero, D. Juan Antonio Fuentes Gálvez, Dña. María Francés Barrientos, D. Ruyman Francisco Ledesma Palomino, Dña. María Telesfora Ruiz Rodríguez, Dña. Raquel Fernández Cruz, D. Antonio Jesús Granados García, D. Rafael Francisco Caracuel cáliz y Da Inmaculada Puche López; los 8 Concejales/as del Grupo Municipal Socialista, Sres./Sras.: D. Francisco Cuenca Rodríguez, Dña. Ana María Muñoz Arquelladas, D. Baldomero Oliver León, Dña. María Raquel Ruz Peis, D. Miguel Ángel Fernández Madrid, Dña. Jemima Sánchez Iborra, D. Eduardo José Castillo Jiménez y Dña. María de Leyva Campaña; 1 Concejal del Grupo Municipal «Vamos, Granada», Sr. D. Luis de Haro-Rossl Giménez y la Concejala no Adscrita, Sra. Da Pilar Rivas Navarro.

– 7 abstenciones emitidas por 1 Concejal del Grupo Municipal del Partido Popular, Sr.: D. Fernando Arcadio Egea Fernández-Montesinos, los 4 Concejales/as del Grupo Municipal de Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s), Sres./Sras.: D. Manuel José Olivares Huertas, Dña. Lorena Rodríguez Torres, D. Raúl Fernando Fernández Asensio y Da Ma del Mar Sánchez Muñoz; 1 Concejala del Grupo MuniCipal «Vamos, Granada», Sra. Dña. Marta Gutiérrez Blasco y el Concejal del Grupo Municipal de IzqUierda Unida Alternativa Socialista, Granada Para la Gente, Sr. D. Francisco Puentedura Anllo.

En consecuencia, aceptando dictamen de la Comisión Municipal de Urbanismo, Medio Ambiente, Mantenimiento, Salud y Consumo, de fecha 13 de febrero de 2018, de conformidad con lo establecido en los artículos 31, 32 Y 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de ordenación urbanística de Andalucía (LOUA); arto 29.4 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de patrimonio histórico de Andalucía (LPHA); arts. 36 y 40 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental (LGICA); arts. 29 y ss. de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental (LEA); arts. 56 y ss. de la Ley 16/2001, de 23 de diciembre, de salud pública de Andalucía (LSPA); Decreto 169/2014, de 9 de diciembre, que establece el procedimiento de la evaluación del impacto en la salud de la Comunidad Autónoma de Andalucía; y en ejercicio de las competencias atribuidas en el vigente artículo 123.1.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y en idénticos términos el artículo 16.1.i) del Reglamento Orgánico Municipal (B.O.P. nO. 185 de 29/09/2014), y visto informe del Vicesecretario General, de fecha 20 de febrero de 2018, el Ayuntamiento Pleno, en base a propuesta del Coordinador General, de fecha 6 de febrero de 2018, conformada por el Delegado del Área, acuerda por mayoría (20 votos a favor y 7
abstenciones) y por tanto con el quórum de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación:

PRIMERO: Aprobar inicialmente la innovación puntual del PGOU de Granada, que incorpora documentación para evaluación ambiental estratégica y evaluación del impacto en la salud, para cambio de uso pormenorizado de vivienda unifamiliar a terciario en Plaza de San Miguel Bajo nO 14 y Placeta de Cauchiles, nO 10, parcela catastral 7152101, fechado en octubre de 2017.

SEGUNDO: Someter el documento de innovación a información pública por plazo de un mes, con requerimiento del informe pertinente, según se recoge en el arto 32.2a de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de ordenación urbanística de Andalucía (LOUA), que deberá ser emitido en el plazo previsto en su regulación específica, consistente en informe sobre patrimonio histórico regulado en el arto 29.4 de la LPHA, informe de evaluación de impacto en salud regulado en arto 56 y ss. de la LSPA y Decreto 169/2014, de 9 de diciembre, sin perjuicio de los trámites procedentes en relación con la evaluación ambiental estratégica.

TERCERO: Declarar la suspensión por el plazo máximo de un año, determinada por el acuerdo de aprobación inicial, del otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas en el ámbito objeto de esta innovación-modificación del PGOU en los términos del arto 27.2 de la LOUA.»

Lo que se hace público para general conocimiento, sometiéndose el documento aprobado inicialmente a INFORMACIÓN PUBLICA POR PLAZO DE UN MES, contado a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, Prensa Local y Tablón de Anuncios del municipio, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 32.1.2a y 39.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Durante dicho plazo se podrán formular las alegaciones que estimen pertinentes, encontrándose el expediente de manifiesto en la Subdirección de Planeamiento, si~DQ7fl ~1 Centro Cultural Gran Capitán

Granada 8 de marzo de 2018

Leer el texto completo en este enlace

PUBLICADO el 26 de marzo de 2018 en el Tablón de edictos del Ayuntamiento.

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