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Edicto de Denegación de Artistas Urbanos para el primer semestre del año 2017

La Concejal Delegada de Emprendimiento, Turismo y Comercio, ), con fecha 14 de febrero de 2017 ha tenido a bien dictar el siguiente DECRETO:

A la vista del informe emitido por la Jefa de Servicio relativo al expediente 53/2016 (2), del que se desprende:“En relación con las solicitudes presentadas por las personas relacionadas en la tabla anexa, cuyos datos obran en el expediente, por las que se solicita la ocupación de la vía pública para la actividad artística urbana, la Jefa de Servicio informa:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, determina en su art. 28 que el destino propio de los bienes de dominio público es su utilización para el uso general o para la prestación de servicios públicos.

La Ordenanza de Medidas para Fomentar y Garantizar la Convivencia Ciudadana en el Espacio Público de Granada en su art. 20.4, indica que las ocupaciones de vía pública como músicos podrán ser autorizadas por el Ayuntamiento, siempre y cuando el solicitante se comprometa a que por su localización, horarios, intensidad, persistencia y/o contenido, no genere molestias a los ciudadanos.

Las solicitudes para la autorización municipal de ocupación de la vía pública para la realización de las actividades artísticas habrán de presentarse desde el día 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior para obtener permiso en el primer semestre de cada año y desde el 1 de abril al 31 de mayo para obtener el permiso en el segundo semestre de cada año.

Que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 1 de julio de 2016, adoptó acuerdo nº 710 por el que se aprueba la REGULACIÓN de la actividad de ARTISTAS URBANOS, donde se detalla la relación de las diferentes especialidades de los artistas urbanos.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: se han presentado solicitudes para la realización de actividades artísticas fuera de los plazos establecidos.

SEGUNDO: se han presentado solicitudes de especialidades de artistas urbanos no recogidas en el acuerdo de regulación de artistas urbanos aprobado por Junta de Gobierno Local anteriormente citado.

Por todo lo anteriormente expuesto y una vez examinadas todas las solicitudes, procedería su denegación, siendo los interesados los que se relacionan en la tabla anexa.

Por cuanto antecede y de conformidad con la Ley 7/99 de 29 de septiembre de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y Reglamento de desarrollo aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero; en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas y en el ejercicio de las atribuciones previstas en el art. 127.1.e) de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local HE RESUELTO:

PRIMERO.- DENEGAR la ocupación de la vía pública a las personas que se relacionan en la tabla anexa, para realizar la actividad artística urbana.

SEGUNDO.- COMUNICAR a las Áreas del Ayuntamiento afectadas”.

Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses o recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, con carácter potestativo, según lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre P.A.C., indicándole que en el caso de que opte por interponer este último recurso no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, así como cualquier otro que estime oportuno.

Granada, 21 de febrero de 2017
La Jefa del Servicio de Ocupación de Vía Pública
Fdo.: Encarnación Rodríguez Marín”

Lo que se hace público, para general conocimiento.

Granada, de enero de 2017

EL ALCALDE
P.D.

La Concejal Delegada de Emprendimiento, Turismo y Comercio
(Acuerdo del 10/05/16, BOP 95)
Fdo: Raquel Ruz Peis

ANEXO

709/2017 AHMED EL OUAHRANI
224/2017 AHMED EL OUAHRANI
4915/2016 AHMED EL OUAHRANI
4413/2016 AHMED EL OUAHRANI
4153/2016 ALBERTO CASTILLO PEREZ
4169/2016 ALED LLYR WARWICK
4238/2016 ALEJO LEANDRO MERLINI
486/2017 ANDRIJA HADZIC
837/2017 ANGEL SIMON MARQUEZ
643/2017 ANGEL SIMON MARQUEZ
117/2017 ANGHEL BIBILAN
679/2017 ANTONICA CATIRU
4270/2016 ANTONIO GOMEZ DOMINGUEZ
4269/2016 ANTONIO GOMEZ DOMINGUEZ
4167/2016 ANTONIO HEREDIA CAMPOS
293/2017 ANTONIO ORTEGA CHAVES
4191/2016 ARITZ SAENZ PECIÑA
26/2017 BEATRIZ MARIA PEDROSA MATESANZ
4840/2016 BEATRIZ MARIA PEDROSA MATESANZ
4282/2016 BEATRIZ MARIA PEDROSA MATESANZ
62/2017 BENJAMIN HARRINGTON ALESHIRE
4547/2016 BIRANE NDIONE
4397/2016 BORJA ISAAC AREVALO RODRIGUEZ
730/2017 CARLOS OMAR FERNANDEZ RAMIREZ
4125/2016 CLAUDIA CASTELLA ESPASA
174/2017 DAHU MUMAGI
4160/2016 DANIEL ANDREAS FRIEDRICH
5144/2016 DANIEL EXPOSITO SAEZ
237/2017 ENRIQUE MORALES MORALES
4165/2016 FRANCISCO JESUS HEREDIA CAMPOS
660/2017 FRANCISCO MANUEL SERRANO ALACIO
836/2017 FRANCISCO MONTIJANO PADILLA
4459/2016 GEMA DIEGO RODRIGUEZ
4805/2016 GLORIA ROSALES TROYANO
193/2017 GONZALO MARTIN MARRERO
4214/2016 HARRIS DAVID MOORE
4128/2016 INMACULADA ROLDAN RUIZ
733/2017 JAN KARLIK
4184/2016 JESUS GARCIA MARTINEZ ALBELDA
4174/2016 JOHN EUGENE VALLELY
4403/2016 JORGE CONSUEGRA VICENTE
4402/2016 JORGE CONSUEGRA VICENTE
419/2017 JOSE DAVID CARDENAS SANTANA
729/2017 JOSE DAVID JIMENEZ IZQUIERDO
696/2017 JOSE FAJARDO FERNANDEZ
4882/2016 JOSE LUIS HERRERA RAMIREZ
4162/2016 JOSE LUIS HERRERA RAMIREZ
4488/2016 JOSE MARIA CAPITAN DEL RIO
4166/2016 JOSE MIGUEL HEREDIA CAMPOS
4136/2016 JUAN ANTONIO PALACIOS PASTORINO
4203/2016 JUAN PABLO CEREZALES TISNES
5524/2016 JULIAN CHAMUT
161/2017 KACEM HAMMOU
230/2017 LARA CHICO GONZALEZ
4286/2016 LEONARDO BECERRA GATICA
4179/2016 LUIS MANUEL CABRERA GIL DE SAGREDO
164/2017 MANUEL FERNANDEZ CORTES
4110/2016 MANUEL MARTIN EZEQUIEL
738/2017 MANUEL SASTRE HERES
4400/2016 MARCUS OBERRIEDER
5145/2016 MARIA DEL MAR CABELLO ORTIZ
4227/2016 MARIA ESTRELA TEMIDO GOMES
5119/2016 MARIA FORTE RUIZ
4124/2016 MARIA LOONSRI PIZARRO
4447/2016 MARIONA RIOS PEREZ
445/2017 MAURICIO HERNAN PARODI
4795/2016 MELANIA COSTANTINO
4585/2016 NAFY THIAM
4181/2016 NICOLO PANTANO
5456/2016 NOEMI FLORES GARRO
394/2017 OLIDEN JAMES MATA SABALLO
244/2017 PETRE MEMISI
210/2017 PETRE MEMISI
299/2017 RAYMOND RUIZ DEL RIO
4228/2016 ROCIO RECUERO BUTLER
115/2017 RODIAN BIBILAN
4804/2016 RODRIGO COBALEDA PULIDO
707/2017 RUBEN ALCAZAR SORIA
474/2017 SARA AVVENENTE
4373/2016 SEBASTIAN LARA LARA
4180/2016 SERGIO RIOS CAMPOS
4178/2016 SERGIO RIOS CAMPOS
295/2017 SORIN CONSTANTIN PAVEL
404/2017 STEFAN PUICA
323/2017 VALENTIN GARCIA RODRIGUEZ
116/2017 VASILE BURCEA
451/2017 VICENTE CARLOS CEPEDA MACIA
298/2017 XANDRA GUTIERREZ ARTECHE
4182/2016 XAVIER FERRER MALONDRA
4233/2016 YOSSEF ALOUSH
485/2017 ZOE DEVI APOLLONIA BHIQHARIE
Categoría:Ayuntamiento, Novedades
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1 Comentario

  • 12 de marzo de 2017 en 12:55
    MAR

    Esto me da un poco de risa: el Albaicín, por ejemplo, está lleno de músicos que actúan fuera de las zonas donde está autorizada la actividad (por tanto, sin permiso). Me imagino que los vecinos a quienes amenizan la jornada con su repertorio, repetido una y otra vez, a lo mejor preferirían escuchar su propia música, el píar de los pájaros o simplemente disfrutar de ese bien cada vez más escaso que es el silencio.

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