PRENSA: Detenido en Granada por hacer pintadas en la fachada de la Iglesia del Sagrario iguales a las realizadas por el Albayzin
Agentes de la Policía Nacional han detenido en Granada a un hombre de 36 años de edad, con antecedentes policiales por hechos no relacionados, por haber causado presuntamente daños sobre el patrimonio histórico de la ciudad tras realizar varias pintadas con un spray rojo, relativas a citas bíblicas, sobre la fachada de la Iglesia del Sagrario. El supuesto autor ha sido puesto a disposición de la autoridad judicial.
En la madrugada de este domingo, los agentes recibieron una llamada telefónica manifestando que había una persona que se encontraba en esos momentos realizando pintadas sobre la fachada de la iglesia contigua a la de la Catedral, ha informado la Policía Nacional en un comunicado.
Una vez que la patrulla enviada accedió a las inmediaciones del templo sorprendieron en plena actuación a un varón, el cual fue hallado en una de las fachadas laterales del edificio escribiendo con un spray de pintura roja tres citas bíblicas.
Tras llevar a cabo su detención, como presunto autor de un delito contra el patrimonio histórico, se le intervinieron un bote de spray de pintura roja, cuatro páginas impresas con salmos y un folio manuscrito con anotaciones de citas bíblicas.
En referencia al folio manuscrito el detenido manifestó que algunas de las citas se encontraban tachadas porque ya las había pintado en otras ubicaciones, aunque sin especificar la ubicación concreta de las mismas, motivo por el cual se está investigando actualmente la participación del detenido en otros sucesos similares.
Patrimonio histórico protegido por la Ley
La Policía destaca que el Patrimonio Histórico de nuestro país se encuentra regulado y protegido al amparo de la Ley 16/85 de Patrimonio Histórico Español y por el R.D. 111/1986 de desarrollo parcial de esta ley.
A toda esta legislación hay que añadir lo dispuesto en el Código Penal vigente, el cual recoge con claridad y a lo largo de varios artículos dentro del Título XVI y en su Capítulo II titulado “De los delitos sobre el patrimonio histórico”, las conductas punibles, entre las que se encuentra expresamente el “causar daños en bienes de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental…”, que pueden acarrear incluso penas de cárcel.
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