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PRENSA: Turistificación del Albaicín: 185 edificaciones se usan como viviendas turísticas o apartamentos

La gestión del turismo y la convivencia con la vida de los vecinos en los cascos históricos se está volviendo complicada.

Granada Hoy, 25-08-2019

Hace años, nada hacía pensar que la proliferación de apartamentos turísticos fuera un peligro para las comunidades de vecinos y la vida en los barrios, provocando incluso la salida de los vecinos de los mismos. Y la gestión está obligando a crear normativas precisamente para evitar la turistificación y la conversión de las zonas de la ciudad en ‘barrios temáticos’.

En la capital, el mayor problema de viviendas turísticas se da en centro, Albaicín y Realejo. Ya el anterior gobierno del PSOE anunció que trabajaría por poner números clausus en estos barrios para que no siguieran creciendo este tipo de alojamientos.

Precisamente la radiografía que se ha hecho para la revisión del Plan Especial Albaicín y Sacromonte, el Pepri, incluye el uso de los solares que se da en el barrio. Y la cifra es clara: hay 185 solares destinados a viviendas turísticas y apartamentos además de 29 con finalidad hotelera. En total, 214 edificaciones dedicadas al turismo en un barrio Patrimonio de la Humanidad que lucha contra la huída de vecinos.

Hace unos días, la Plataforma SOS Alhambra ha incluido en sus alegaciones al nuevo Pepri su posición al respecto, pidiendo un mayor control. “Ante la excesiva aglomeración de apartamentos turísticos, la mayoría sin registrar administrativamente y sin normativa alguna, se sugiere la regulación equilibrada de los usos residenciales y turísticos, debiendo cumplir estos últimos las mismas exigencias que los establecimientos hoteleros”, manifestó la Plataforma SOS Alhambra liderada por el Centro Artístico e integrada por diversos colectivos ciudadanos y organizaciones ecologistas, a que se han sumado, a título particular, profesionales especializados en patrimonio y vecinos del barrio.

Analizando el avance del Plan, en su capítulo de usos de la edificación, este periódico ha contabilizado hasta 214 solares con uso turístico: 151 figuran como residenciales vivienda con fines turísticos; 34 como residencial apartamento turístico y 29 como residencial singular, hotel, hostal o pensión.

En este avance se representan tanto aquellos usos turísticos “que cuentan con autorización de la Consejería de Cultura y Turismo, como aquellos otros que teniendo este uso no aparecen en el listado de dicha Consejería”. La propia memoria del Plan Especial de Protección del Albaicín señala que “es muy destacable el número de Viviendas con Fines Turísticos (VFT) existentes tanto como uso principal como uso complementario de la edificación”.

Las zonas en las que están estos solares también están delimitadas dentro de los mapas de usos principales del suelo. Así, hay hasta 19 viviendas con fines turísticos en la zona de San Cristóbal, cuesta Alhacaba, el entorno de la Cuesta del Chapiz (calle Montes Claros) y calle Panaderos, San Juan de los Reyes, calle Bocanegra, la Tiña, calle Molinillo o la del Horno del Oro.

En cuanto a los hoteles, la zona más numerosa es la de las calles que suben desde la Carrera del Darro, y alrededores de Elvira.

Además del uso actual de la edificación, el documento se incluye también usos del suelo diferentes a la catalogación que tienen en el PGOU, es decir, la mayoría viviendas de uso residencial que se utilizan como turísticas. Y aquí se recogen hasta 27 incongruencias ya que tienen un uso real diferente a la calificación del suelo por el Plan General de Ordenación Urbana.

Así, hay viviendas con fines turísticos en suelo calificado como vivienda plurifamiliar en manzana cerrada (4), espacio público (3), vivienda unifamiliar en manzana cerrada (10), residencial unifamiliar aislada (5) y unifamiliar asociaciones lineales (5).

La lucha contra las viviendas turísticas ilegales es también un caballo de batalla del propio sector turísticos, que exige también regulaciones y que tiene que capear el temporal de este boom de alojamientos.De hecho, recuerdan que las viviendas con fines turísticos no tienen consideración de empresario y por lo tanto están exentas de todas la obligaciones que se le exigen a una empresa o autónomo, no tienen que entregar facturas a los alojados, y no cumplen las más de las 200 disposiciones que tiene un establecimiento de alojamiento, desde inspecciones sanitarias a protección de datos.

En la memoria del avance del Pepri recoge “conveniente diferenciar el uso pormenorizado de residencia comunitaria (de estudiantes, de ancianos…), que sí debería estar incluido dentro del uso global residencial, del de alojamiento hotelero, que comprendería los establecimientos regulados por la Normativa en materia turística (Ley 13/2011, del Turismo de Andalucía y Normativa de desarrollo)”. Además, señala como “cuestión distinta” la de las viviendas con fines turísticos, reguladas por el Decreto 28/2016 de 2 de febrero y la Instrucción 1/2016, que las define como “ubicadas en inmuebles situados en suelo de uso residencial”, por lo que estarían incluidas en el uso global residencial, y necesitarían una regulación específica.

Propuestas de regulación: accesos diferenciados y no más de tres por titular

El documento del nuevo Plan Especial de Protección del Albaicín y el Sacromonte no recoge sólo la radiografía de la situación actual del barrio sino que también se dan posibles soluciones y propuestas de actuación a todos los niveles: urbanísticos, ambiental, sonoro, arqueológico, de protección, … En el caso de los pisos turísticos, también. Así, como propuesta a fijar en el nuevo Plan se incluye la “regulación de los usos turísticos en la medida que contribuyan a la conservación de los bienes protegidos. Dentro de estos usos, deben tener una ordenación especial las viviendas con fines turísticos, que por una parte responden a una demanda específica de los visitantes y por otra contribuyen en muchos casos a mejorar la economía del barrio”. Esta regulación pasaría por “establecer condiciones para su ubicación física (condiciones de acceso independiente o de situación en las plantas inferiores) y/o de proporción máxima dentro del inmueble o de la manzana; además de una labor de inspección y policía que garantice el cumplimiento real de las condiciones de la normativa autonómica en la materia (no más de tres viviendas por titular) y evite los usos inadecuados (ruidos y molestias a los vecinos).

Categoría:Novedades, Portada, Prensa
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