EDICTO: Apertura plazo de presentación de candidatos colectivos de las Juntas Municipales de Distrito
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 12 bis del Reglamento de las Juntas Municipales de Distrito del Ayuntamiento de Granada, abajo le inserto el texto literal del Decreto de la Delegada del Área de Participación Ciudadana del Excmo. Ayuntamiento de Granada de fecha 2 de julio, expediente 1089/2019.
“La convocatoria de elecciones municipales y el proceso que se desencadena con posterioridad a la misma supone la necesidad de la realización de una serie de actuaciones municipales que desembocan en la constitución de una nueva Corporación y, por tanto, de unas nuevas Juntas Municipales de Distrito.
La regulación de la convocatoria y celebración de elecciones municipales así como la constitución de las Juntas de Distrito se encuentran recogidas en los siguientes textos normativos:
* Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General (LOREG).
* Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Granada.
* Reglamento de Participación Ciudadana del Excmo. Ayuntamiento de Granada, de 20 de agosto de 2004 (RPC).
Reglamento de las Juntas Municipales de Distrito de 27/11/2006 (RJMD) modificado parcialmente y publicado en el BOP de 19 de febrero de 2015.
Decreto de Alcaldía de fecha 1 de julio de 2019 en el que se designan los Concejales delegados de Área del Ayuntamiento, así como la delegación en estos de la firma de los Decretos y resoluciones relativos al ámbito de cada Delegación.
Las Juntas Municipales de Distrito estarán integradas por el/la Presidente/a, el Pleno y las Comisiones de Trabajo.
El Presidente/a será un concejal/a del Ayuntamiento, designado/a por el Alcalde.
El Pleno estará formado por:
a) El/la Presidente/a
b) Cinco vocales, que representarán a los grupos políticos municipales.
c) Un vocal, representante por cada una de las Asociaciones de Vecinos inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, reconocidas como tale por el Ayuntamiento.
d) Dos vocales, representantes de los colectivos o sectores en que se encuadran las diferentes organizaciones ciudadanas (Asociaciones culturales, deportivas, juveniles, mayores, mujeres, recreativas, etc.,) que defiendan los intereses de los ciudadanos, que tengan domicilio social en el Distrito y estén inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas.
Estos vocales serán nombrados, previa elección llevada a cabo por el Área de Participación Ciudadana de entre las asociaciones que presenten sus candidaturas y que estén inscritas en el Registro municipal de Entidades Ciudadanas, según el procedimiento establecido en el Reglamento de JMD en su art. 12 bis, apartado a) que establece la apertura de un plazo para la presentación de candidaturas, previa su publicación en el BOP.
Por todo ello, y en virtud de las competencias de que dispongo como Concejala Delegada del Área Participación Ciudadana, DISPONGO:
Primero: Iniciar el procedimiento establecido en el artículo 12 bis, apartado a) del Reglamento de Juntas Municipales de Distrito.
Segundo: Abrir un plazo de diez días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del anuncio de la presente resolución, para la presentación de candidaturas por las entidades cuya sede social radique en el Distrito respectivo y que estén inscritas, a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la presente resolución, en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, excluidas las asociaciones de vecinos previstas en el artículo 12.c) del mencionado Reglamento.
Tercero: Las candidaturas se presentarán mediante escrito o instancia que se llevará a cabo en la sede electrónica municipal (www.granada.org) o registro electrónico del estado ((https://rec.redsara.es), así como mediante cualquier otro medio previsto legalmente.
Se dirigirá al Área de Participación Ciudadana y deberá consignar el nombre completo de la entidad candidata que figura en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas.”
Cuarto: Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página Web Municipal.”
Granada, 2 de julio de 2019.La Teniente de Alcalde Delegada del Área de Participación Ciudadana (Delegación conferida mediante Decreto de fecha 1 de julio de 2019), fdo.: María Eva Martín Pérez.
NOTA:
Fecha de presentación desde 16/07 al 25/07
Para acceder al Registro Electrónico del Ayuntamiento de Granada puede utilizar el siguiente enlace:
Con certificado digital: AQUÍ
Igualmente podrá presentarse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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