Convocatoria de subvenciones 2014 del Área de Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades
El Concejal Delegado del Área de Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades, por delegación del Alcalde Presidente, HACE SABER:
Que la Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria celebrada el día 24 de julio de 2014, entre otros acuerdos, adoptó el que con el número 813, literalmente dice:
“Convocatoria de subvenciones 2014 del Área de Familia, Bienestar Social e Igualdad (Líneas 1, 3, 4 y 5).
Visto expediente núm. 534/2014 del Área de Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades relativo a Convocatoria de subvenciones 2014 del Área de Familia, Bienestar Social e Igualdad (Líneas 1, 3, 4 y 5).
Teniendo en cuenta el Informe Jurídico de fecha 7 de julio de 2014 emitido por la Jefa del Servicio de Administración y Apoyo Jurídico del Área, que básicamente dice:
Mediante Acuerdo número 64 del Excmo. Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada con fecha treinta y uno de enero de dos mil catorce se aprobó definitivamente la Ordenanza reguladora de las Bases para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Área de Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades, publicándose la misma en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada número 39 de fecha 27 de febrero de 2014 (anuncio número 1.459).
En el marco del Plan Estratégico de Subvenciones 2012-2014 del Área de Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades, aprobado por Acuerdo número 742 del Excmo. Ayuntamiento Pleno de 27 de julio de 2012, y de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza reguladora de las Bases para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Área de Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades (BOP núm. 39 de fecha 27 de febrero de 2014), así como a la vista de los informes técnicos favorables que constan en el expediente, y a propuesta del Concejal Delegado del Área de Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades, la Junta de Gobierno Local por unanimidad, acuerda:
Primero.- Aprobar la Convocatoria para el ejercicio 2014, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, de las siguientes líneas de subvenciones en el ámbito de la Concejalía de Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades del Excmo. Ayuntamiento de Granada, en la cuantía total máxima que se especifica para cada una de aquellas y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican para cada línea:
Línea
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Cuantía máxima
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Aplicación presupuestaria
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Segundo.- Aprobar el gasto por importe total de DOSCIENTOS SETENTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS EUROS (270.496,00€), en el concepto, distribución presupuestaria y con cargo a las aplicaciones del presupuesto de gasto para el ejercicio 2014 que se contempla en el apartado primero.
Tercero.- En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.
Cuarto.- Bases Reguladoras. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora de las Bases para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Área de Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades (BOP núm. 39 de fecha 27 de febrero de 2014).
Quinto.- Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las solicitudes, ajustadas a los formularios que se aprueban para cada línea mediante el presente acuerdo, irán dirigidas al Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Granada y se presentarán en los lugares indicados en el artículo 9 de la Ordenanza Reguladora de las Bases para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Área de Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades (BOP núm. 39 de fecha 27 de febrero de 2014).
Tanto la solicitud como el resto de formularios que se aprueban junto a esta Convocatoria, se podrán obtener en la página web del Ayuntamiento de Granada
2. El plazo de presentación de solicitudes para las líneas de subvención 3, 4 (en sus dos modalidades) y 5, será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada.
3. El plazo de presentación de solicitudes para la línea de subvención 1, será de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada.
Sexto.- Notificación y publicación.
1. Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las personas o entidades interesadas y, en particular, los requerimientos de subsanación, el trámite de audiencia y el de resolución del procedimiento se publicarán en la página web del Ayuntamiento de Granada, en los términos del artículo 59.6 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 12 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá los mismos efectos.”
La Ordenanza Reguladora de las Bases, publicadas en el B.O.P. nº 39 de 27 de febrero de 2014, así como la instancia de solicitud y anexos podrán ser consultados en la página web del Ayuntamiento de Granada, www.granada.org.
Granada, 30 de julio de 2014
El ALCALDE, P.D.
El Concejal Delegado de Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades,
Fdo.: Fernando Egea Fernández- Montesinos
SOLICITUD
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LÍNEA
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Solicitud
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Formulario
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Modelos
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Aceptac./
Reformulacion |
L-1: Becas Madres Jóvenes Estudiantes | ||||
L-3: Fondo Iniciativas Mujer | – ANEXO 12 . Solicitud de autorización de subcontratación con personas o entidades vinculadas | |||
L-4: Entidades sin ánimo de lucro – Modalidad Programas / Proyectos de Servicios Sociales | ||||
L-4: Entidades sin ánimo de lucro – Modalidad Mantenimiento de equipamientos de Servicios Sociales | ||||
L-5: Subv. Programas/Proyectos Cooperación al Desarrollo – Modalidad Sensibilización Social |
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