theme-sticky-logo-alt
theme-logo-alt

Exclusión del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas de la finca situada en Cuesta de la Alhacaba nº 21

La Junta de Gobierno Local en su reunión del 5 de septiembre adoptó el siguiente acuerdo:

Visto expediente núm. 15.759/2004 de Urbanismo relativo a la exclusión del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas de la finca situada en Cuesta de la Alhacaba nº 21 (registral 8030 del Registro de la Propiedad nº 1 de Granada, referencia catastral 7155702).
Realizadas las pertinentes comprobaciones y consultas de los antecedentes obrantes al respecto en esta Dirección General, se constata que, efectivamente, la finca de referencia fue incluida en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas en virtud del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión de 21 de enero de dos mil cinco, tras declararse el incumplimiento por la propiedad del deber de edificar (entiéndase deber de conservar dado que se trata de una edificación inadecuada) en los plazos
previstos y, en consecuencia, la toma de constancia de dicho acuerdo por el correspondiente Registro de la Propiedad mediante nota al margen de la última inscripción de dominio.
Asimismo se ha comprobado que en fecha 4 de junio de 2013 fue dictado Decreto por la Sra. Concejala Delegada de Urbanismo, Obras y Licencias en relación con el expediente 15882/2006, por el que se concedía Licencia para efectuar obras de sustitución parcial de cubiertas al edificio existente en el
emplazamiento en cuestión.
En definitiva, constatada la reparación de las deficiencias en la finca de referencia que ha contado con la preceptiva licencia urbanística, quedando acreditado que el interesado ha dado cumplimiento a su deber de conservación, afirmamos que ha desaparecido el principal motivo por el cual el inmueble fue incluido en el RMSER, careciendo de sentido la permanencia en él del inmueble.
Por todo lo anteriormente expuesto a propuesta de la Coordinadora General de Urbanismo, Obras Públicas y Licencias con la conformidad del Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Obras Públicas y Licencias, la Junta de Gobierno Local en tanto que titular de la competencia en materia de gestión
patrimonial, en virtud de lo dispuesto por el artículo 127.1, letra d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, introducido por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, por unanimidad de los presentes acuerda:
Primero.- Excluir del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, causando baja en el mismo, la finca registral 8030 del Registro de la Propiedad nº 1 de Granada, referencia catastral 7155702, sita en calle Cuesta de la Alhacaba 21, por las razones anteriormente expuestas.
Segundo.- Notificar el presente acuerdo al interesado con indicación de los recursos contra él procedentes, así como también poner en su conocimiento lo dispuesto por el artículo 87.4 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la
ejecución de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, según el cual aquél podrá cancelar dicha nota en el Registro de la Propiedad correspondiente, en
virtud de certificación de la que resulte la cancelación del asiento practicado o por caducidad, una vez transcurridos tres años desde su fecha, si no se hubiera practicado asiento alguno sobre la finca relativo a la prórroga de la nota o a algún acto correspondiente al procedimiento de venta forzosa.

Categoría:Ayuntamiento
Artículo anterior
Excavación arqueológica de urgencia en Calle Calderería Nueva 6 en 2000
Siguiente artículo
[PRENSA] La Policía Local de Granada abre diligencias tras una nueva pintada en la histórica muralla Alberzana
15 49.0138 8.38624 1 1 4000 1 https://albayzin.info 300 0