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PRENSA – OPINIÓN: En defensa del Valle del Darro

Una voz cualificada como la de Reynaldo Fernández Manzano nos ofrece una necesaria reflexión sobre el valor del Valle del Darro y los peligros que se ciernen sobre este espacio único, desprotegido tras la anulación del BIC, en un extraordinario artículo en el que nos desvela aspectos jurídicos a tener en cuenta y en el que urge a actuar. Una lectura imprescindible.

El Independiente, 4-11-2021

Hace un año aproximadamente escribí una columna titulada «El Valle del Darro en peligro», pero lejos de mejorar la situación ha empeorado y nuevas amenazas se ciernen sobre el Valle.

Cuando los indígenas veían avanzar las vías del ferrocarril en América se echaban a temblar, no por el tren sino por lo que traía detrás, buscadores de oro, traficantes de personas y ganado, burdeles, en definitiva la destrucción del territorio y el hábitat. Eso es lo que nos pasa a nosotros cuando oímos hablar de nuevas carreteras o de proyectos de construcciones en el Valle.

El río Darro fue fuente de vida con la construcción de presas, acequias, pozos, aljibes y norias, albercas y fuentes.

Las reinas nazaríes tenían fincas en Huétor Santillán y Beas de Granada. El río tenía su primer aporte de agua en la Fuente de la Teja, en la Sierra de la Alfaguara, término municipal de Alfacar, recogiendo aguas de la Sierra de Huétor y del río Beas, su principal afluente, dirigiéndose hacia el Sur, donde se sitúa la Presa Real. Tras el azud la orografía fuerza su trayecto hacia el oeste, a la hacienda de Jesús del Valle.

De él parten las siguientes acequias: acequia de Cortes, de la Umbría, de la Solana y de los Arquillos. La acequia Real después se divide en la superior del Tercio y la de los Dos Tercios, así como las de Romayla o San Ana y Axares o San Juan.

Ya desde época romana se documenta una villa de cierta extensión en el margen derecho de la Presa Real y se han encontrado restos de cerámica nazarí. Así en el collado de «Los Arquillos» y dada la abundancia de hallazgos a finales del siglo XVIII y durante el XIX se denominó a esta zona «Granada la Vieja».

El Valle del Darro ha sido descrito por diferentes autores, Ibn al-Jatib, Bermúdez de Pedraza, Jerónimo Münzer, Andrea Navagero, Luis del Mármol Carvajal, Chateaubriand, o Ángel Ganivet, que en su libro Granada la bella[1] (1896) escribía: «Yo conozco muchas ciudades atravesadas por ríos grandes y pequeños: desde el Sena, el Támesis o el Sprée, hasta el humilde y sediento Manzanares; pero no he visto ríos cubiertos como nuestro aurífero Darro, y afirmo que el que concibió la idea de embovedarlo la concibió de noche: en una noche funesta para nuestra ciudad» «En todas partes se mira como un don precioso la fortuna de tener un río a mano; se le aprovecha para romper la monotonía de una ciudad: si dificulta el tráfico, se construyen puentes de trecho en trecho, cuyos pretiles son decorados gratuitamente por el comercio ambulante, en particular por las floristas; y si amenaza con sus inundaciones, se trabaja para regularizar su curso; pero la idea de tapar un río no se le ha ocurrido a nadie más que a nosotros».

Calle Reyes Católicos antes de tapar el río Darro, 1885.

Un libro actualizado y reciente sobre el tema es el de Manuel Espinar Moreno (2019) Granada y las aguas del Darro, que se puede consultar íntegro de forma gratuita en intenet[2].

Dado que este medio es digital permite no solo ofrecer reflexiones sobre este tema sino también el acceso directo a las fuentes al lector interesado.

El Valle del Darro inicia su andadura para ser declarado BIC en 2012. El Decreto 43/2017[3], de 14 de marzo, inscribió en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Patrimonial, el Valle del Darro, en los términos municipales de Beas de Granada, Granada y Huétor Santillan (Granada). El Patronato de la Alhambra y Generalife, con diferentes direcciones en esa etapa, ha sido un firme defensor de la protección del Valle del Darro, propiciando las investigaciones y estudios necesarios para el expediente de BIC, dado que la Alhambra sin el río Darro y sus acequias no habría existido.

Sin embargo, como consecuencia del proceso judicial iniciado en contra de la declaración del BIC, la Sentencia núm. 1612 de 19/06/2020 de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo anuló dicho decreto, dictando la firmeza de la citada sentencia el 25/11/2020.

¿La cuarentena de 3 años es necesaria? Desde la Consejería de Cultura se ha informado a los medios que es necesaria según la Ley 14/2007[4], de 26 de noviembre del Patrimonio Histórico de Andalucía.

¿Se puede equiparar caducidad del procedimiento con anulación por una sentencia judicial? Consultados algunos juristas consideran que esta interpretación sería muy forzada y que se trata de dos supuestos independientes que non tienen nada que ver

Pero veamos. La Ley en su Artículo 9, punto 8 dice: «La caducidad del procedimiento se producirá transcurridos dieciocho meses desde la fecha de su incoación, sin que se haya dictado y notificado su resolución. Declarada la caducidad del procedimiento, no podrá volver a iniciarse en los tres años siguientes, salvo a instancia del titular del bien o de al menos dos instituciones consultivas no dependientes de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico». ¿Se puede equiparar caducidad del procedimiento con anulación por una sentencia judicial? Consultados algunos juristas consideran que esta interpretación sería muy forzada y que se trata de dos supuestos independientes que no tienen nada que ver.

Pero tenemos además otras dos opciones que nos permite la propia Ley. Por una parte que dos instituciones, Universidad, CSIC, Academias, etc., podrían solicitar que se inicie de nuevo el procedimiento de declaración de BIC. Por otra parte, desde las administraciones competentes, se pueden dictar normas transitorias y provisionales para su protección mientras se retoma el procedimiento.

Colectivos como La Plataforma de Protección Integral del Valle del Darro, que engloba a una docena de asociaciones vecinales y ecologistas, así como algunos partidos políticos, han mostrado su preocupación ante la amenaza de especulación urbanística en la zona, como viejo proyecto de construir un hotel en Jesús del Valle, entre otros, que ahora parecen desempolvar, lugar que representa un altísimo valor paisajístico y arqueológico. A esta amenaza se une el proyecto del cierre del anillo de autovías de circunvalación de Granada.

Por su parte, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir tiene el expediente de información pública del proyecto de restauración hidrológico-forestal de la cuenca vertiente del río Darro sobre el casco urbano de Granada[5]. En un proceso realizado a fuego lento que ha consensuado con asociaciones y técnicos de la Alhambra y de otras instituciones, y que en este periodo de alegaciones podrá y deberá terminar de perfilarse.

Lo que necesita el Valle del Darro es su urgente protección como BIC y encargar un estudio, plan director o plan estratégico para que lo defienda del hormigón y del asfalto, ya que es lo único que nos queda de paisaje verde para el futuro. Recuperar el camino verdadero para los peatones y los animales que unía Iliberis (Granada) con Acci (Guadix) y que conectaba el comercio del mediterráneo con el Levante. Posiblemente íbero, consolidado y ampliado por los romanos, utilizado por los árabes y convertido en un camino real por los Reyes Católicos, jalonado de molinos, cortijos rurales, símbolos de la arquitectura agraria, lagares, caleras, herrerías, acequias, albercas, presas, aljibes, etc. Patrimonio del Valle del Darro en peligro que hay que conservar y proteger.

Tenemos tres opciones. Primera: defender el Valle del Darro, iniciar el expediente para su declaración de BIC, y realizar un plan para la conservación y recuperación de sus elementos singulares. Segunda: mirar para otro lado y dejar hacer, como se ha hecho tantos años con la vega de Granada, y tercera: tomar el ejemplo del Algarrobico de Cabo de Gata, dar los permisos para que se realicen las intervenciones y cuando esté acabado protestar e iniciar un interminable pleito para al final, y en el mejor de los casos, obtener su demolición, eso sí, con una generosa indemnización al promotor por la construcción y el lucro cesante.

Los que escribimos en los medios de comunicación solo somos una pequeña voz que clama en el desierto, con el objetivo de concienciar de que es la hora de tomar decisiones.


[1]  Ganivet, Ángel (1896) Granada la bella, p.12 https://biblioteca.org.ar/libros/71335.pdf

[2]  Espinar Moreno, Manuel (2019) Granada y las aguas del Darro. https://digibug.ugr.es/bitstream/handle/10481/54707/LibroDarroacabado.%20pdf?sequence=1

[3]  Consejería de Cultura, Junta de Andalucía (2017) Decreto 43/2017, de 14 de marzo, inscribió en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Patrimonial, el Valle del Darro, en los términos municipales de Beas de Granada, Granada y Huétor Santillan (Granada).  https://juntadeandalucia.es/export/drupaljda/Decreto%2043_2017%20BIC%20Valle%20del%20Darro.pdf

[4]  Junta de Andalucía (2007) Ley 14/2007, de 26 de noviembre del Patrimonio Histórico de Andalucía. https://www.boe.es/buscar/pdf/2008/BOE-A-2008-2494-consolidado.pdf

[5]  Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (2021): información pública del proyecto de restauración hidrológico-forestal de la cuenca vertiente del río Darro sobre el casco urbano de Granada. Clave GR(DT)-5336. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2021-39498

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Reynaldo Fernández Manzano.

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