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EDICTO: Innovación PEPRI Albaicín en Carril de la Lona, 16. Aprobación definitiva

Expte. nº.10320/20. Innovación PEPRI Albaicín en Carril de la Lona, 16. Aprobación definitiva

EDICTO

El Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Granada,

HACE SABER: Que una vez se ha procedido al depósito del instrumento de planeamiento en los correspondientes Registros Administrativos según se señala en el artículo 40.3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el Pleno Municipal en sesión celebrada el pasado día 26 de marzo de 2021, adoptó acuerdo por el que se aprueba definitivamente la innovación del Catálogo del PEPRI Albaicín en Carril de la Lona, nº 16, cuyo tenor literal es el que sigue:
“Se presenta a Pleno expediente núm. 10320/2020 de la Dirección General de Urbanismo relativo a innovación del Catálogo del PEPRI Albaicín en Carril de la Lona, nº 16, para descatalogación de inmueble.
En el expediente obra informe propuesta del Subdirector de Planeamiento, de fecha 12 de febrero de 2021, visado por la Directora General de Urbanismo, en el que se hace constar:
Con fecha de registro de entrada 23 de julio de 2020, se presenta por D. David Molina Carneros, en representación de D. Mamdouh Youssef, documento de innovación del PEPRI Albaicín para descatalogación de inmueble situado en Carril de la Lona, nº 16.
Emitidos informes técnico, de 16 de septiembre de 2020, y jurídico, de 1 de octubre de 2020, así como elevada propuesta de la Subdirección de Planeamiento, la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 16 de octubre de 2020, acuerda, además de aplicar al procedimiento la tramitación de urgencia, aprobar el proyecto y aprobar inicialmente la innovación del Catálogo del PEPRI Albaicín, en Carril de la Lona, nº 16, parcela catastral 7152801VG4175A, para descatalogación de inmueble.
El documento fue sometido a información pública mediante la inserción de anuncios en el diario “Granada Hoy” del día 10 de diciembre de 2020, Boletín oficial de la provincia nº 14, de 22 de enero de 2021, en el tablón de edictos de la sede electrónica y Portal de transparencia desde el día 1 al 16 de diciembre de 2020, así como mediante notificación personal al interesado. No consta en el expediente administrativo que se hayan presentado alegaciones durante este trámite.
La Junta Municipal del Distrito Albaicín, en la sesión ordinaria del mes de diciembre de 2020, toma conocimiento del expediente, no habiéndose presentado alegación alguna contra el mismo.
Previa solicitud de su emisión, mediante oficio del Jefe de Servicio de Bienes Culturales de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Granada, fechado el día 8 de enero de 2021, se comunica a este Ayuntamiento el informe favorable, de carácter preceptivo y vinculante, adoptado por la Comisión Provincial del Patrimonio Histórico, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de diciembre de 2020.
Con fecha 28 de diciembre de 2020, previa solicitud de su emisión, se emite informe favorable preceptivo no vinculante, a los efectos de los arts. 31.2.C) y 32.1.3ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de ordenación urbanística de Andalucía (LOUA), por el Delegado Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Granada, “debiéndose, no obstante, recordarse la necesidad de aportar los documentos sustitutivos del planeamiento vigente en los cuales no esté catalogado el inmueble.”
Al respecto, aportada la correspondiente documentación por el interesado, la Jefa de Servicio de Planeamiento Protegido, con fecha 11 de febrero de 2021, emite informe, donde indica: “Con fecha de registro 10/02/2021 se ha presentado plano P03, suscrito por el arquitecto D. David Molina Carneros, que incluye plano sustitutivo del plano A-4 Catálogo del PEPRI Albaicín. Se da así respuesta a lo requerido por la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de Granada en su informe de fecha 29/12/2020.”
El art. 9.1 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía (LAULA), enumera las competencias propias en materia de ordenación urbanística reconocidas a los municipios andaluces, entre ellas, la elaboración, tramitación y aprobación definitiva del planeamiento de desarrollo, así como de las innovaciones de la ordenación urbanística que no afecten a la ordenación estructural. El art. 31.1 de la LOUA reconoce la competencia de los municipios para la aprobación definitiva de los planes especiales de ámbito municipal, salvo que incluyan actuaciones con incidencia o interés supramunicipal o determinaciones propias de la ordenación estructural.
El Pleno Municipal tiene atribuida la competencia para los acuerdos de aprobación que pongan fin a la tramitación municipal de planes y demás instrumentos de ordenación (art. 123.1.i de la LBRL y art. 16.1.i del ROM), previo dictamen de la Comisión Informativa Delegada que corresponda (art. 122.4 de la LBRL y arts. 46 y 55 del ROM).
El R.D. 128/2018, de 16 de marzo, que regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional (RRJFALHN), su art. 3.3.d).7º contempla la emisión de informe previo de Secretaría, en ejercicio de la función de asesoramiento legal preceptivo, para la aprobación, modificación o derogación de instrumentos de planeamiento; que podrá consistir en una nota de conformidad en relación con los informes que hayan sido emitidos por los servicios del propio Ayuntamiento y que figuren como informes jurídicos en el expediente (art. 3.4 del RRJFALHN).
Durante el transcurso del debate se producen las siguientes intervenciones: …
Tras ello se somete a votación el expediente, obteniéndose el siguiente resultado:
13 votos a favor emitidos por los/las 4 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal de Ciudadanos Granada, Sres./Sras.: D. Luis Miguel Salvador García, D. Manuel Olivares Huertas, Dª María Lucía Garrido Guardia y D. José Antonio Huertas Alarcón, los/las 6 Concejales/Concejalas presentes del Grupo Municipal del Partido Popular, Sres./Sras.: D. Sebastián Pérez Ortiz, Dª Eva Martín Pérez, D. César Díaz Ruiz, Dª Josefa Rubia Ascasibar, D. Francisco Fuentes Jódar y D. Carlos Ruiz Cosano y los/las 3 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal VOX, Sres./Sras.: D. Onofre Miralles Martín, Dª Beatriz Sánchez Agustino y Dª Mónica del Carmen Rodríguez Gallego.
13 abstenciones emitidas por los/las 10 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal Socialista, Sres./Sras.: D. Francisco Cuenca Rodríguez, Dª Ana María Muñoz Arquelladas, D. José María Corpas Ibáñez, Dª Raquel Ruz Peis, D. Miguel Ángel Fernández Madrid, D. Eduardo José Castillo Jiménez, Dª María de Leyva Campaña, D. Francisco Herrera Triguero, Dª Nuria Gutiérrez Medina y D. Luis Jacobo Calvo Ramos y los/las 3 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal Podemos Izquierda Unida – Adelante, Sres./Sras.: D. José Antonio Cambril Busto, Dª Elisa María Cabrerizo Medina y D. Francisco Puentedura Anllo.

En consecuencia, aceptando dictamen de la Comisión Municipal de Urbanismo y Obras Municipales de fecha 17 de marzo de 2021, y de conformidad con lo establecido en los artículos 31, 32, 33, 36 y 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), art. 29.4 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de patrimonio histórico de Andalucía; y en ejercicio de las competencias atribuidas en el vigente artículo 123.1.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y en idénticos términos el artículo 16.1.i) del Reglamento Orgánico Municipal (B.O.P. nº. 185 de 29/09/2014), el Ayuntamiento Pleno, en base a propuesta de la Subdirección de Planeamiento, de fecha 12 de febrero de 2021, visada por la Directora General de Urbanismo, acuerda por mayoría (13 votos a favor y 13 abstenciones):

PRIMERO: Aprobar definitivamente la innovación del Catálogo del PEPRI Albaicín, en Carril de la Lona, nº 16, parcela catastral 7152801VG4175A, para descatalogación de inmueble, conforme al documento técnico presentado y plano P03 que incluye plano sustitutivo del plano A-4 Catálogo del PEPRI Albaicín.
SEGUNDO: Declarar extinguida la suspensión, determinada por el acuerdo de aprobación inicial, del otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas en el ámbito objeto de esta innovación del Catálogo del plan especial.
TERCERO.- Una vez depositado y registrado el documento de innovación en los Registros Municipal y Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, según lo previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y Decreto 2/2004, de 7 de enero, se procederá a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, según se señala en el artículo
70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, al que remite el artículo 41.1, inciso final, de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de ordenación urbanística de Andalucía.”

Por lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público para general conocimiento indicando que contra el anterior acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo con sede en Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar igualmente desde el día siguiente a su publicación en BOP.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso o medio de impugnación que considere conveniente.

Granada, 1 de junio de 2021.-El Concejal Delegado de Economía, Urbanismo, Obras Públicas y Empresas Participadas, fdo.: Luis González Ruiz.

8.- CONTENIDO DE LA MODIFICACIÓN.
La presente modificación afecta a la siguiente documentación contenida en el Plan Especial de Protección y Catálogo del Área Centro del Conjunto Histórico de Granada:
-Se suprime la ficha 5-1-9 contenida en el Catálogo del Plan Especial de Protección y Reforma interior del Albaicín, Granada.
-Modificación del Plano A-7 de alineaciones y ordenación del Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Albaicín, Granada (eliminación de la referencia C-catalogado-).
-Modificación de plano de catálogo nº 21 del PGOU.

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