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EDICTO: Régimen de retribuciones de los miembros de la Corporación

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en su sesión extraordinaria celebrada el día 19 de julio de 2.019, entre otros acuerdos, adoptó el que con el núm. 215, por el que se establece el Régimen de Retribuciones de los miembros de la Corporación, y que se transcribe literalmente a continuación.
Como desarrollo del citado acuerdo, el Excmo. Sr. Alcalde ha dictado Decreto de fecha 19 de julio de 2019 y que igualmente se transcribe de forma íntegra a continuación:

*Acuerdo nº 215 de Pleno Extraordinario de 19 de julio de 2.019 relativo a Régimen de Retribuciones de los Sres./Sras. Corporativos/as.

«Se presenta a Pleno propuesta de la Alcaldía, de fecha 16 de julio de 2.019, relativa a régimen de retribuciones de los Sres./Sras. Corporativos/as, en la que en su parte expositiva se pone de manifiesto lo siguiente:
“El artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se señala que los miembros de las Corporaciones Locales percibirán retribuciones por el ejercicio de sus cargos cuando lo desempeñen con dedicación exclusiva, en cuyo caso serán dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
Por su parte, el apartado 5 de ese mismo artículo afirma que «Las Corporaciones locales consignarán en sus presupuestos las retribuciones, indemnizaciones y asistencias a que se hace referencia en los cuatro números anteriores, dentro de los límites que con carácter general se establezcan, en su caso. Deberán publicarse íntegramente en el «Boletín Oficial» de la Provincia y fijarse en el tablón de anuncios de la Corporación los acuerdos plenarios referentes a retribuciones de los cargos con dedicación exclusiva y parcial y régimen de dedicación de estos últimos, indemnizaciones y asistencias, así como los acuerdos del Presidente de la Corporación determinando los miembros de la misma que realizarán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial».
Además, el artículo 75 bis, limita las retribuciones de los corporativos y corporativas al que tienen los Secretarios de Estado, si bien, el art. 18 del Real Decreto-ley 24/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público, fija en un tope de 84.904,46 € el importe máximo en el tramo poblacional de Granada.
Finalmente, y por el tramo poblacional, el artículo 75, ter, 1, j) fija en dieciocho el número máximo de corporativos y corporativas que pueden acceder al régimen de dedicación exclusiva, pudiendo el resto optar a dedicaciones parciales del 75%, 50% o 25%.”

En el expediente consta informe de intervención, de fecha 17 de julio de 2019, fiscalizado de conformidad.

Igualmente, obra en el expediente, propuesta de adición de fecha 19 de julio de 2.019, que literalmente dice:
“En relación a la propuesta de esta Alcaldía, de fecha 16 de Julio de 2019, sobre régimen de retribuciones de Corporativos, se formula la siguiente propuesta de adición:
En el apartado E) Resto de Concejales en régimen de dedicación exclusiva a propuesta de Grupos Políticos: 52.679,71, se efectúa la siguiente distribución:
– Grupo Socialista: 3 Concejales en régimen de dedicación exclusiva.
– Podemos-Izquierda Unida-Adelante: 1 Concejal en régimen de dedicación exclusiva.”

Durante el trascurso del debate se producen las siguientes intervenciones:
…………………………

Finalizado el debate, se somete el expediente a votación obteniéndose el siguiente resultado:

– 24 votos a favor emitidos por los 4 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal de Ciudadanos Granada, Sres./Sras.: D. Luis Miguel Salvador García, D. Manuel Olivares Huertas, Dña. María Lucía Garrido Guardia y D. José Antonio Huertas Alarcón; los 7 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal del Partido Popular, Sres./Sras.: D. Sebastián Pérez Ortiz, D. Luis González Ruiz, Dña. Eva Martín Pérez, D. César Díaz Ruiz, Dña. Josefa Rubia Ascasibar, D. Francisco Fuentes Jódar y D. Carlos Ruiz Cosano; los 10 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal Socialista, Sres./Sras.: D. Francisco Cuenca Rodríguez, Dña. Ana María Muñoz Arquelladas, D. José María Corpas Ibáñez, Dña. Raquel Ruz Peis, D. Miguel Ángel Fernández Madrid, Dña. Eva María Garde Rodríguez, D. Eduardo José Castillo Jiménez, Dña. María de Leyva Campaña, D. Francisco Herrera Triguero y Dña. Nuria Gutiérrez Medina; y los 3 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal Podemos Izquierda Unida – Adelante, Sres./Sras.: D. José Antonio Cambril Busto, Dña. Elisa María Cabrerizo Medina y D. Francisco Puentedura Anllo
– 3 votos en contra emitidos por los Concejales/Concejalas del Grupo Municipal VOX, Sres./Sras.: D. Onofre Miralles Martín, Dña. Beatriz Sánchez Agustino Y Dña. Mónica del Carmen Rodríguez Gallego.

En consecuencia, el Ayuntamiento Pleno, visto informe favorable de Intervención, en base a sendas propuestas de la Alcaldía de fecha 16 y 19 de julio de 2019, acuerda por mayoría (24 votos a favor y 3 votos en contra) elevar a acuerdo, la propuesta relativa a régimen de Retribuciones de los Sres./Sras. Corporativos/as, de 16 de julio de 2.019, con la inclusión del contenido de la propuesta de adición, de 19 de julio de 2.019, quedando su parte dispositiva con el siguiente tenor literal:

“1.- El número de miembros de la Corporación con dedicación exclusiva no podrá exceder de 18, reconociéndose a los siguientes cargos:

Las retribuciones asignadas a cada cargo se ha calculado tomando como base las establecidas por acuerdo de pleno de 10 de julio de 2015 con las actualizaciones sucesivas fijadas en Ley de Presupuestos Generales para el personal del sector público:

A) Excmo. Sr. Alcalde: Retribución anual en régimen de dedicación exclusiva 65.000,38 €.

B) Sres. Tenientes de Alcalde: Retribución anual en régimen de dedicación exclusiva 57.667,73 €.

C) Concejales con delegación de competencias en régimen de dedicación exclusiva: 52.679,71 €.

D) Portavoces de grupos: 52.679,71 €.

E) Resto de Concejales en régimen de dedicación exclusiva a propuesta de Grupos Políticos: 52.679,71 €, con la siguiente distribución:
– Grupo Socialista: 3 Concejales en régimen de dedicación exclusiva.
– Podemos-Izquierda Unida-Adelante: 1 Concejal en régimen de dedicación exclusiva.

Las retribuciones relacionadas anteriormente son brutas anuales y se actualizarán en el mismo porcentaje que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establezca anualmente para el personal al servicio del sector público.

La relación nominal de los miembros de la Corporación con dedicación exclusiva se acordara por Decreto del Excmo Sr. Alcalde.

2.- El resto de Sres. Corporativos podrán solicitar acogerse al régimen de dedicación parcial, en el porcentaje del 25%, 50% ó 75% por el que opten, previa solicitud individual a la Corporación, presentada en el Registro de Corporativos de la Secretaría General, y se acordará su concesión, previo informe favorable de la Intervención General Municipal, mediante Decreto del Excmo. Sr. Alcalde-Presidente, competencia para la que queda expresamente autorizado por éste Pleno.

3.- Asimismo, se establece una indemnización en la cuantía de 274,41 €, aplicable a los Señores Corporativos que no desempeñen su cargo en régimen de dedicación exclusiva ni parcial, por cada asistencia a sesiones de Pleno y de Comisiones Municipales Delegadas del Pleno.

La cuantía total de las indemnizaciones fijadas en el párrafo anterior no podrá ser superior a la de los Concejales en régimen de dedicación exclusiva, según se trate de Tenientes de Alcalde o restantes Corporativos.

4.- Las indemnizaciones por dietas y gastos de viaje serán las establecidas en las Bases de Ejecución del Presupuesto.”

* Decreto de Alcaldía de 19 de julio de 2.019:

«DON LUIS MIGUEL SALVADOR GARCÍA, ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GRANADA:

Expone:

De conformidad con el artículo 75.5 de la Ley 7/85 RBRL, y visto el acuerdo núm. 215, sobre Régimen de Retribuciones de Corporativos, adoptado en el Pleno extraordinario de 19 de Julio de 2.019, y a la vista de las propuestas formuladas por los Portavoces de los distintos Grupos Municipales,

HE RESUELTO:

1.- Asignar régimen de retribuciones en dedicación exclusiva a los Corporativos que se dicen, con efectos del día 15 de Junio de 2.019, fecha de constitución de la Corporación Municipal, salvo que expresamente se consigne fecha distinta y conforme a los distintos apartados del citado acuerdo.

A) Excmo. Sr. Alcalde: Retribución anual en régimen de dedicación exclusiva. 65.000,38 euros.

D. Luís Miguel Salvador García.

B) Sres. Tenientes de Alcalde: Retribución anual en régimen de dedicación exclusiva. 57.667,73 euros.

– D. Sebastián Pérez Ortiz.
– D. José Antonio Huertas Alarcón.
– D. Luís González Ruíz.
– Manuel José Olivares Huertas.
– Dª María Eva Martín Pérez.
– D. César Díaz Ruíz.
– D. Francisco Domingo Fuentes Jódar. Con efectos de 1 de Julio de 2.019

C) Concejales con delegación de competencias: Retribución anual en régimen de dedicación exclusiva. 52.679,71 euros.

– Dª Lucía Garrido Guardia

D) Sres. Portavoces: Retribución anual en régimen de dedicación exclusiva. 52.679,71 euros.

– D. Francisco Cuenca Rodríguez.
– D. Antonio Cambril Busto.
– Dª Beatriz Sánchez Agustino.

E) Resto de Concejales en dedicación exclusiva. 52.679,71 euros.

– Dª Raquel Ruz Peis.
– D. Miguel Angel Fernández Madrid.
– D. Francisco Puentedura Anllo.

2.- Asignar régimen de retribuciones en dedicación parcial a los Corporativos que se dicen, y conforme al siguiente porcentaje:

– D. Carlos Jesús Ruíz Cosano. 75%
– Dª Josefa Rubia Ascasibar. 75%
– D. José María Corpas Ibáñez. 75%.
– D. Eduardo José Castillo Jiménez. 75%.
– Dª María de Leyva Campaña. 75%.
– Dª Nuria Gutiérrez Medina. 75%.
– D. Onofre Miralles Martín. 75%.
– Dª Mónica del Carmen Rodríguez Gallego. 75%.

3.- Régimen de indemnizaciones por asistencia a sesiones de Pleno y de Comisiones Municipales Delegadas. 274,41 euros.

– Dª Ana Muñoz Arquelladas.
– D. Francisco Herrera Trigueros
– Dª Eva Garde Rodríguez.
– Dª Elisa Cabrerizo Medina.

4.- Las retribuciones de los Sres. Tenientes de Alcalde, tendrán efectos a partir de la fecha de su nombramiento, el 27 de Junio de 2.019, y desde el 15 de Junio hasta el 26 de Junio, percibirán las correspondientes a un Concejal con dedicación exclusiva.

Granada,22 de julio de 2019
EL SECRETARIO GENERAL
Fdo: Ildefonso Cobo Navarrete

Categoría:Ayuntamiento, Novedades
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