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Expediente sancionador por obras en el bajo de Plaza Nueva, 2

BOP, 17-03-2014

Expediente: 7730/2013
Interesado: DON. FRANCISCO GARACH ESPINOSA

Acto que se notifica: Decreto del Sr. Coordinador General de la Concejalía de Urbanismo, Obras y Licencias de fecha 22 de octubre de dos mil trece .

Extracto de contenido: Acuerdo de inicio del procedimiento de restablecimiento del orden jurídico perturbado, respecto de las actuaciones que se han realizado sin contar con título habilitante para ello, en el inmueble sito en Plaza Nueva nº 2, bajo, de esta localidad.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos, para que si lo desea pueda presentar las alegaciones que tenga por oportunas en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, advirtiéndose de que se trata de un acto de trámite y, como tal, no procede la interposición de recursos contra el mismo.

De conformidad con el artículo 42.4 y 44 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP), el 182.5 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía y el artículo 45.2 del Decreto 60/2010, de 16 de marzo, Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía, el plazo máximo normativamente establecido para la notificación de la resolución expresa del procedimiento de restablecimiento del orden jurídico perturbado es de un año a contar desde la fecha del acuerdo de inicio sin que se computen, a estos efectos, las dilaciones o suspensiones del procedimiento que sean imputables al presunto infractor. La falta de resolución expresa en dicho plazo por parte de la Gerencia producirá la caducidad del procedimiento con archivo de actuaciones, sin perjuicio de iniciar de nuevo el procedimiento de restablecimiento del orden jurídico perturbado de ser procedente.

Categoría:Ayuntamiento, Novedades
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