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PRENSA: El Tribunal Europeo declara ilegales las cláusulas suelo de las hipotecas: cómo saber si tienes una y cómo reclamar

La sentencia europea sobre nulidad de las cláusulas suelo ha dado la vuelta a la práctica de las entidades financieras como un calcetín. La mayoría solo ha devuelto lo cobrado de más por estas cláusulas abusivas desde el 9 de mayo de 2013, la fecha que había fijado el Tribunal Supremo. Con la justificación de «cosa juzgada» habían dado carpetazo a las reclamaciones de sus clientes que ahora tendrán que considerar para hacer cumplir la sentencia europea.

Fuente: El Diario

Sería raro pero a estas alturas, puedes tener una cláusula suelo y no saberlo. O saberlo y estar muy confundido con cómo reclamar. Te damos las principales pistas aunque la maraña judicial se irá resolviendo en los próximos días.

¿Qué es una cláusula suelo?

Una cláusula suelo es un condicionante que incluían los bancos en los créditos hipotecarios de tipo variable, esto es, los que se vinculaban al Euríbor, al IRPH u otro indicador. El requerimiento obligaba al cliente a abonar un tipo de interés mínimo independientemente de la evolución de la referencia. Este mínimo (suelo) hizo que cuando el Euríbor se desplomó miles de hipotecados siguieran pagando altos intereses al banco.

¿Por qué son ilegales?

La cláusula en sí misma es legal. Lo que es ilegal es no haber informado adecuadamente al cliente de que el contrato la contenía y de lo que conllevaba. El papel del notario y del registrador no ha estado exento de polémica en este caso, ya que deberían haber verificado que el hipotecado entendía esta letra pequeña que contenía el contrato.

Además, si se incluía una cláusula suelo debería también haberse fijado un techo «no abusivo».  Pero los bancos llegaron a poner topes del 12% de interés, un nivel nunca visto.

¿Y qué supone que sea ilegal?

Si es ilegal, se anula a todos los efectos, como recuerda el tribunal europeo, por lo que «debe restablecerse la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula». Es decir, esa cláusula nunca sucedió así que debe devolverse el dinero cobrado demás desde el inicio del contrato de la hipoteca.

¿Cómo puedo saber ahora si la tengo?

Si lo que paga al mes por su hipoteca no ha caído de forma abultada desde 2008, desconfíe. Desde ese año (en el que el Euríbor marcó su punto más alto en la media anual), el indicador no ha dejado de caer, hasta el punto que desde febrero de 2016 cotiza en negativo.

Entonces, si desde 2010 (aproximadamente) su cuota se ha estancado y paga siempre lo mismo tiene motivos para sospechar y toca revisar la escritura del préstamo. Si la ha perdido, puede solicitar una copia en el banco o en la notaría.

Una vez que tiene la escritura en sus manos, busque las típicas palabras con las que la banca escondía este tipo de cláusulas. Su sitio está en los apartados bautizados como “tipos de interés del préstamo” y bajo expresiones del tipo “límite de variabilidad de intereses”, “interés mínimo” o “límites a la aplicación del interés variable o incluso la tenebrosa terminología “túnel hipotecario”. También puede expresarse con una fórmula: «el tipo de interés pactado no podrá ser superior a X ni inferior a X».

El banco del que eres cliente también te da pistas

No todos los bancos introdujeron estas cláusulas, ni tampoco las ofrecieron con la misma opacidad a sus clientes. Si tu hipoteca está contratada con BBVA, Banco Popular, Liberbank, Banco Sabadell, Caixabank o Bankia, hay más posibilidades de que se introdujera alguna de estas cláusulas, al menos antes de 2012. Supuestamente Santander y Bankinter no las usaron pero lo mejor es repasar la escritura y salir de dudas.

¿Cómo calculo lo que me han cobrado de más?

El método más sencillo para una primera aproximación, es utilizar una de las múltiples calculadoras que ofrecen los propios bancos o la patronal hipotecaria. Introduce tus datos en el simulador y al menos sabrás si la cuota que pagas a día de hoy se aproxima a la última que te ha pasado el banco. No podrás hacer un ejercicio retroactivo pero ya tendrás una pista de si no hay concordancia.

En el portal financiero HelpmyCash tienen un simulador que sí hace el ejercicio completo de ver lo que te han podido cobrar de más todos estos años. Pero ojo, esto solo es una aproximación sin valor legal. Debes ir a tu banco a repasarlo o con tu asesor legal.

¿Cómo afecta a quienes están en los tribunales? 

«Depende mucho de cómo se ha prestado el procedimiento». señala Javier Gómez, socio de Pi y Boluda y miembro fundador de la red de Abafi. Gómez explica que hay muchos casos recurridos en los que las audiencias provinciales han esperado a dictar sentencia a que se diera este fallo del tribunal europeo, por lo que empezaran a dictarse fallos a partir de ahora. Si lo que se pidió es solo la nulidad desde 2013, lo previsible es que el juzgado le dé la razón únicamente para este periodo, explica el abogado.

¿Qué hacer si ya hay sentencia en mi caso y solo me devuelven el dinero desde 2013?

En este caso, Gómez señala que «es cosa juzgada» y ante esta situación no cabe recurso. El fallo de la justicia europea no se puede meter en cosas ya juzgadas, explica, porque iría en contra de la estabilidad del Derecho. Marcelo Tamargo, abogado fundador de Espacio Legal, señala que puede abrirse una vía que sería la de pedir responsabilidad a la Administración de justicia. Esto sería un proceso administrativo en el que se tendría que analizar si la sentencia del Supremo fue en contra del Derecho europeo y por tanto, perjudicó a los hipotecados.

¿Cómo me afecta si he firmado un acuerdo con el banco? 

En principio, los acuerdos con el banco suelen conllevar una cláusula que señala que el cliente renuncia a emprender acciones judiciales, por lo que en principio habría poca maniobra posible. «Habría que mirar caso por caso», señala Gómez y apunta que «podría estudiarse la nulidad del acuerdo en el caso de que el cliente hubiera sido engañado para firmarlo».

¿Me afecta el fallo si no he iniciado acciones judiciales? 

La sentencia europea allana el camino para emprender acciones judiciales porque está por encima del Supremo. Por tanto, ahora si se declara la nulidad de la cláusula suelo de una hipoteca no estaría el límite temporal de 2013, sino que se devolvería desde la firma del contrato. «Esto quiere decir que van a recuperar todo el dinero cobrado de más», apunta Tamargo, que añade que esperan que a partir de ahora «las aguas vuelvan a su cauce» y los tribunales fallen que se devuelva todo el dinero cobrado de más por las cláusulas suelo y no solo desde 2013 como estaban haciendo ahora muchos tribunales siguiendo la jurisprudencia del Supremo.

¿Puedo ir al banco a reclamar? 

Los abogados señalan que un cliente puede primero tener un acercamiento al banco para hacer una reclamación de lo que se le está cobrando y ver cuál es la respuesta que recibe. La respuesta hasta ahora en muchos casos se limitaba a la devolución de lo cobrado de más desde 2013. No esperan que tras esta decisión europea haya devoluciones masivas por parte de la banca, sino que esperan que sea caso por caso.

¿Puedo reclamar si he acabado de pagar mi hipoteca? 

Una vez que se haya pagado la hipoteca, los abogados coinciden en que en general el plazo para poder pedir la devolución del dinero cobrado de más son cuatro años. Gómez señala que en este caso nos adentramos en Derecho procesal y que habría que estudiar caso por caso para ver cuándo ya no se pueden tomar acciones legales.

¿Cómo devuelve el dinero el banco? 

Si hay acuerdo con el banco fuera de un procedimiento judicial, la forma de devolver el dinero cobrado de más suele ser mediante un recálculo de la hipoteca. En el caso de que sea una sentencia la que falle contra el banco, las entidades suelen ingresar el dinero que se estipule.

¿Cómo pudo el Supremo poner una fecha para devolver el dinero cobrado de más?

El Tribunal Supremo fijó que la fecha de su sentencia (el 9 de mayo de 2013) marcaba el inicio de la ilegalidad de las cláusulas suelo. Y lo hizo porque creía que pagar la factura total supondría desestabilizar el sistema financiero. Es decir, esgrimió razones de seguridad económica nacional para poner límites a la seguridad jurídica. El alto tribunal de la UE le ha dicho en su sentencia que no tiene competencias para hacer eso (ojo, se las arroga a sí mismo) y que si algo es nulo, lo es desde su nacimiento, no con una limitación temporal.

¿Vamos a rescatar a la banca otra vez?

Ha habido múltiples cálculos y fabulaciones sobre lo que aún les queda por pagar a estas entidades. Desde la más conservadora, 3.000 millones de euros, hasta la más dramática, alrededor de 7.000 millones.

Hoy el Banco de España (cuyos datos usaron los abogados de la banca ante el Supremo) ha dado una nueva cifra intermedia: 4.000 millones de euros. Esta cifra se reparte de forma muy desigual entre las seis entidades con más cláusulas suelo.

BBVA podría llegar a pagar alrededor de 1.800 millones de euros, pero no es la entidad que más va a sufrir por ello. La mayor parte ya lo tiene provisionado (guardado para esta eventualidad) y es con diferencia la entidad más grande, así que la cifra no es tan alta en proporción a su balance.

Liberbank parece ser la que más va a sufrir, porque no ha hecho los deberes rellenando el colchón y porque es la más pequeña de las afectadas. La bolsa así lo reconoce y la entidad pierde alrededor de un 10%.

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