Determinación del régimen de retribuciones de los concejales
El Excmo. Ayuntamiento Pleno con fecha treinta de mayo de dos mil dieciséis ha adoptado acuerdo núm. 142, que literalmente dice:
«Determinación del Régimen de Retribuciones de los Sras/Sres. Corporativos.Se presenta a Pleno Expediente para asignación del régimen de retribuciones de los Sras/Sres. Corporativos; en el mismo, obra propuesta de la Alcaldía-Presidencia de la que se desprende que el régimen de retribuciones es el aprobado por acuerdo plenario núm. 337 de fecha 10 de Julio de 2.015, cuya cuantía ha sido incrementada en el 1% conforme al incremento general del sector público según determina el art. 19.2 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016
Abierto turno de debate, se producen las siguientes intervenciones:
……………………………..
Tras el debate, se somete a votación el expediente, obteniéndose el siguiente resultado:
– 24 votos a favor, emitidos por los ocho Corporativos del Grupo Municipal Socialista, Sres./Sras.: D. Francisco Cuenca Rodríguez, Dña. Ana María Muñoz Arquelladas, D. Baldomero Oliver León, Dña. María Raquel Ruz Peis, D. Miguel Ángel Fernández Madrid, Dña. Jemima Sánchez Iborra, D. Eduardo José Castillo Jiménez y Dña. María de Leyva Campaña; los once Corporativos del Grupo Municipal del Partido Popular, Sres./Sras.: D. Fernando Arcadio Egea Fernández-Montesinos, Dña. María Rocío Díaz Jiménez, D. Juan Manuel García Montero, D. Juan Antonio Fuentes Gálvez, Dña. María Francés Barrientos, D. Ruyman Francisco Ledesma Palomino, Dña. María Telesfora Ruiz Rodríguez, Dña. Raquel Fernández Cruz, D. Antonio Jesús Granados García, D. Rafael Francisco Caracuel Cáliz y Dª Inmaculada Puche López; los cuatro Corporativos del Grupo Municipal de Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s), Sres./Sras.: D. Luis Miguel Salvador García, D. Manuel José Olivares Huertas, Dña. Lorena Rodríguez Torres y D. Raúl Fernando Fernández Asensio; y el Corporativo del Grupo Municipal de Izquierda Unida Alternativa Socialista, Granada Para la Gente, Sr. D. Francisco Puentedura Anllo.
– 3 votos en contra, emitidos por los tres Corporativos del Grupo Municipal Vamos, Granada, Sres./Sras.: Dña. Marta Gutiérrez Blasco, D. Luis de Haro-Rossi Giménez y Dña. María del Pilar Rivas Navarro
En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 75bis y 75ter de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, del que se deduce que el número máximo de Corporativos Municipales que pueden desempeñar sus funciones en régimen de dedicación exclusiva es de 18, el Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda por mayoría (24 a favor y 3 en contra), aplicar el régimen de retribuciones que se detalla a continuación, asignando a los distintos Corporativos el que para cada uno se expresa:
PRIMERO.-
1.- A) Excmo. Sr. Alcalde: Retribución anual en régimen de dedicación exclusiva 61.706,90 euros.
B) Sres. Tenientes de Alcalde: Retribución anual en régimen de dedicación exclusiva 54.745,82 euros.
C) Los restantes Sres. Corporativos en régimen de dedicación exclusiva 50.010,38 euros.
Las retribuciones relacionadas anteriormente son brutas anuales y se actualizarán en el mismo porcentaje que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establezca anualmente para el personal al servicio del sector público.
2.- El resto de Sres. Corporativos podrán solicitar acogerse al régimen de dedicación parcial, en el porcentaje del 25%, 50% ó 75% por el que opten, previa solicitud individual a la Corporación, presentada en el Registro de Corporativos de la Secretaría General, y se acordará su concesión, previo informe favorable de la Intervención General Municipal, mediante Decreto del Excmo. Sr. Alcalde-Presidente, competencia para la que queda expresamente autorizado por éste Pleno.
3.- Asimismo, se estable una indemnización en la cuantía de 260,02 euros, aplicable a los Señores Corporativos que no desempeñen su cargo en régimen de dedicación exclusiva ni parcial, por cada asistencia a sesiones de Pleno y de Comisiones Municipales Delegadas del Pleno.
La cuantía total de las indemnizaciones fijadas en el párrafo anterior no podrá ser superior a la de los Concejales en régimen de dedicación exclusiva, según se trate de Tenientes de Alcalde o restantes Corporativos.
4.- Las indemnizaciones por dietas y gastos de viaje serán las establecidas en las Bases de Ejecución del Presupuesto.
SEGUNDO.-
1º- Corporativos en Régimen de Dedicación Exclusiva:
Grupo Municipal Popular:
– Dª Rocío Díaz Jiménez. Efectos de 26 de Junio de 2016.
– D. Juan Antonio Fuentes Gálvez. Efectos de 1 de Junio de 2.016
– D. Ruyman Francisco Ledesma Palomino. Efectos de 1 de Junio de 2.016
– D. Fernando Egea Fernández-Montesinos. Efectos de 1 de Junio de 2.016
– D. Rafael Caracuel Cáliz. Efectos desde el día 5 de Mayo de 2.016
– Dª María Francés Barrientos. Efectos de 1 de Junio de 2.016.
Grupo Municipal Socialista:
– D. Francisco Cuenca Rodríguez. Efectos del 5 de Mayo de 2.016.
– Dª Ana Muñoz Arquelladas. Efectos del día 1 de Julio de 2.016.
– D. Baldomero Oliver León. Efectos de 1 de Junio de 2016.
– Dª Raquel Ruz Peis Efectos de 1 de Junio de 2.016.
– D. Miguel Angel Fernández Madrid. Efectos de 1 de Junio de 2.016.
– Doña Jemima Sánchez Iborra. Efectos de 1 de Junio de 2.016.
– Dª María de Leyva Campaña. Efectos de 1 de Junio de 2.016.
– D. Eduardo Castillo Jiménez. Efectos de 1 de Junio de 2.016.
Grupo Municipal C,s
– Don Manuel José Olivares Huertas. Efectos de 1 de Junio de 2.016.
Vamos, Granada
– Dª Marta Gutierrez Blasco. Efectos de 1 de Junio de 2.016.
Grupo IU
– D. Francisco Puentedura Anllo. Efectos de 1 de Junio de 2.016.
2º.- Corporativos en Régimen de Dedicación Parcial.
Grupo Popular
– Dª Raquel Fernández Cruz. (75%). Efectos de 1 de Junio de 2.016.
– D. Juan Manuel García Montero (75%). Efectos de 1 de Junio de 2.016.
– D. Antonio Jesús Granados García (75%). Efectos desde el día 5 de Mayo de 2.016
– Dª Inmaculada Puche López (75%). Efectos desde el día 5 de Mayo de 2.016
C, s
-Dña. Lorena Rodríguez Torres. (75 %). Efectos de 1 de Junio de 2.016
-D. Raúl Fernando Fernández Asensio. (25 %). Efectos de 1 de Junio de 2.016.
Vamos, Granada
– Dña. Pilar Rivas Navarro. (75%). Efectos de 1 de Junio de 2.016.
3º.- Corporativos en régimen de Indemnizaciones:
– D. Luis Miguel Salvador García.
– Dª Telesfora Ruíz Rodríguez. Efectos de 1 de Junio
– D. Luís de Haro-Rossi Giménez.
Granada, 6 de junio de 2016
LA SECRETARIA GENERAL
Fdo.: Mercedes López Domech
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