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Delegación de competencias de la Junta de Gobierno Local

La Junta de Gobierno Local en su sesión celebrada el 20 de mayo de 2016, entre otros, ha adoptado acuerdo que con el número 446 literalmente dice:

«Visto expediente de Alcaldía-Secretaría General relativo a la delegación de competencias de la Junta de Gobierno Local.

En aras de una mayor eficiencia en la gestión de los diversos asuntos Municipales, y tras la elección y toma de posesión del nuevo Alcalde el pasado 5 de mayo de 2016 y visto el Decreto de Alcaldía de fecha 10 de mayo de 2016 por el que se efectuó Delegación de la Alcaldía en las correspondientes Concejalías Delegadas, se hace necesario que la Junta de Gobierno Local efectúe delegación de una serie de competencias en los Concejales y Concejalas.

Por ello y a propuesta del Sr. Alcalde, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda:

Primero.- Delegar las siguientes competencias de la Junta de Gobierno Local en los Sres. y Sras. Corporativos que se indican:
DON FRANCISCO CUENCA RODRÍGUEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO:
-Autorizar y contratar servicios financieros con entidades de crédito como apertura de cuentas operativas de ingresos y pagos, cuentas restringidas de pagos y cuentas de colocación de excedentes de tesorería.

DON BALDOMERO OLIVER LEÓN, DELEGADO DEL AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA, PERSONAL, CONTRATACIÓN, ORGANIZACIÓN Y SMART CITY:

ECONOMÍA Y HACIENDA:
-Gestión de ingresos de derecho público de naturaleza no tributaria en periodo voluntario; así como de ingresos de derecho privado.
-Cesiones de créditos (endosos)
-Aprobación de constitución y reposición de anticipos de caja fija, dando cuenta mensualmente a la Junta de Gobierno Local.
-Justificación de los libramientos expedidos a perceptores de fondos.
-Justificación de subvenciones concedidas.

PERSONAL:
-Bases de las convocatorias de selección y provisión de puestos de trabajo.
-Despido del personal laboral.
-Régimen disciplinario salvo el relativo a Policía Local.
-Declaración de situaciones administrativas y asimiladas.
-Jubilaciones y situaciones asimiladas.
-Dispensa del deber de residencia.
-Reconocimiento de servicios.
-Autorización cobertura interina de plazas.
-Autorización de contrataciones temporales de personal de cualquier modalidad.
-Autorización de permutas.

CONTRATACIÓN:
-Adjudicación de los contratos sujetos al Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Contratos del Sector Público y firma de documentación para su formalización.
-Resoluciones en materia del ejercicio de la potestad sancionadora.
-Aprobación del gasto y adjudicación de contratos menores.
-Incoación y actos de instrucción en procedimientos de imposición de penalidades, incautación de garantías y resolución de contratos.
-Suspensión de plazos de contratación.
-Requerimientos a licitadores.

DON MIGUEL ANGEL FERNÁNDEZ MADRID, DELEGADO DEL AREA DE URBANISMO, MEDIO AMBIENTE, SALUD Y CONSUMO:
URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE:
-Subvenciones y ayudas a la rehabilitación.
-Desalojo de ocupantes de edificaciones en ruina.
-Ruina inminente.
-Expedientes de ruina.
-Transferencias de aprovechamiento urbanístico.
-Aprobación de proyectos de obras municipales.
-Órdenes de ejecución.
-Ejecución subsidiaria.
-Resoluciones para el ejercicio de la potestad sancionadora en materias del área.
-Imposición de multas coercitivas en materias del área.
-Ejercicio de acciones judiciales y administrativas en materias de las competencias delegadas.
-Licencias de canalizaciones y redes de servicios y dotaciones urbanas a prestar por las compañías suministradoras.
-Autorizaciones y licencias de cortes de tráfico en actuaciones de canalizaciones y redes de servicios y dotaciones urbanas a prestar por las compañías suministradoras.
-Autorizaciones/denegaciones de acometidas y acerados.
-Licencias de obra de cualquier clase.
-Licencias de ocupación y utilización.
-Adopción de medidas cautelares en materias del área.
-Paralización de obras.
-Requerimientos de legalización.
-Ocupación de vía pública con andamios/obras.
-Restablecimiento de la legalidad urbanística.
-Licencias en materias de Medio Ambiente.
-Resoluciones sobre autorización y control del ejercicio y/o desarrollo de actividades.

DOÑA RAQUEL RUZ PEIS, DELEGADA DEL AREA DE MOVILIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA, EMPRENDIMIENTO, TURISMO Y COMERCIO:
MOVILIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA:
-Resoluciones relativas al ejercicio de la potestad sancionadora en materias del área.
-Resoluciones sobre concesión o denegación de autorizaciones relativas a competencias de la Delegación, así como transferencias o transmisiones de las mismas.
-Ejercicio de la potestad disciplinaria en el ámbito de la Policía Local.

EMPRENDIMIENTO Y COMERCIO:
-Autorizaciones y/o concesiones relativas a ocupación de la vía pública con quioscos, terrazas y otras ocupaciones de espacios públicos.
-Resoluciones en materia del ejercicio de la potestad sancionadora.

DOÑA JEMIMA SÁNCHEZ IBORRA, DELEGADA DEL AREA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACIÓN Y ACCESIBILIDAD:
-Concesión de prestaciones económicas en materia de “ayudas económicas familiares” y en concepto de “ayudas económicas de emergencia social” y otras análogas, que conlleven un gasto no superior a 3.000 €.

DON EDUARDO CASTILLO JIMÉNEZ, DELEGADO DEL AREA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, JUVENTUD Y DEPORTES:
PARTICIPACIÓN CIUDADANA:
-Aprobación de programas de actividades de las Juntas Municipales de Distrito.

JUVENTUD:
-Autorización de uso de espacios para el desarrollo de actividades del colectivo juvenil.

DEPORTES:
-Devolución de ingresos indebidos y precios públicos del Servicio Público de Deportes.
-Resolución de peticiones de aplazamiento y fraccionamiento de pago del Servicio Público de Deportes
-Concesión o denegación de exenciones o bonificaciones del precio público del Servicio Público de Deportes.

EN TODAS LAS CONCEJALIAS DELEGADAS ANTERIORMENTE MENCIONADAS:
Se delegan las siguientes competencias relativas al Área o Delegación respectiva:
-Aprobación de proyectos, programas, actividades o eventos de cualquier naturaleza, que no conlleven ocupación de la vía pública; ni conlleven gasto, o que conllevándolo, dicho gasto no exceda de TRES MIL EUROS (3.000 €) en lo que respecta al ámbito de su competencia, previa autorización por la Comisión de Oportunidad regulada en las Bases de Ejecución del Presupuesto.
-Aprobación de planes de seguridad y salud en proyectos en materias del área respectiva.
-Devolución de fianzas, avales y otras garantías.

Segundo.- En los casos de vacante, enfermedad o ausencia de los titulares de la delegación, la misma será asumida por el Alcalde-Presidente, durante el tiempo mínimo imprescindible de duración de la sustitución.

Tercero.- Dar traslado del presente acuerdo a los titulares de las distintas Delegaciones a los efectos de su conocimiento, entendiéndose su aceptación si, en el plazo de tres días desde la recepción de la notificación, no se oponen a la misma de forma expresa.
Cuarto.- Insertar el presente acuerdo en el tablón de edictos municipal, en el Boletín Oficial de la Provincia, en la página web del Ayuntamiento y en el Portal de Transparencia, para general conocimiento y con las oportunas advertencias legales, sin perjuicio de su efectividad a partir del día de la fecha del presente acuerdo.»

Granada, 20 de mayo de 2016
LA SECRETARIA GENERAL
Fdo. Mercedes López Domech

Categoría:Ayuntamiento, Novedades
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