ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE CANALIZACIONES Y REDES DE SERVICIOS
BOP de 10-09-2014
CAPITULO I
Artículo 1. Objeto.
1. La presente ordenanza tiene por objeto la regulación de las condiciones de planificación y ejecución de las distintas redes de servicios que discurren tanto por el subsuelo, suelo y vuelo de las vías y espacios públicos, así como en fincas particulares para establecer, conservar, ampliar, renovar y reparar conducciones y conexiones de agua, gas, electricidad, vapor, aire a presión, líneas de telecomunicaciones y demás servicios análogos.