HACE SABER:
Con motivo de la entrada en vigor de la
Ley 7/2006 de 24 de octubre, de potestades administrativas en materia de
determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de los Municipios de
Andalucía (BOJA num. 215, de 7 de noviembre de 2006), el, Excmo. Ayuntamiento
de Granada está elaborando una Ordenanza Municipal que, en cumplimiento de
esta Ley, regulará el ejercicio de determinadas actividades de ocio en
nuestro Término Municipal.
En tanto se produce la terminación de dicha Ordenanza, es intención de esta
Corporación Municipal de mi Presidencia llevar a efecto el cumplimiento de la
Ley 7/2006 en sus precisos términos;, para ello, y haciendo uso de la
potestad que se ofrece a los Ayuntamientos Andaluces, se ha decidido la
estimación y adecuación de un espacio abierto de nuestra Ciudad, donde
puedan desarrollarse actividades de ocio a que se refiere la Ley, con absoluto
respeto al normal desenvolvimiento de la convivencia ciudadana. En dicho
espacio, igualmente, se velará por el. orden y la debida limpieza, vigilándose
el cumplimiento de la normativa aplicable.
'Dicho espacio es el ubicado en Calle Cañaveral, situado entre la Rotonda de
Méndez Núñez de la Circunvalación, la instalación comercial de Hipercor,
y la Circunvalación de Granada; éste es el lugar en el que exclusivamente se
podrán realizar las actividades de ocio a que la Ley se refiere.,
Así pues, la ciudadanía ha de comprender que se cumple estrictamente con la
Ley, habilitando este espacio abierto, y que, simultáneamente, se respeta
escrupulosamente la convivencia ciudadana y los derechos de todos los
Granadinos.
De otra parte, desde la fecha actual, la Policía Local efectuará funciones
de información sobre el nuevo espacio abierto para las actividades de ocio,
así como, si fuera necesario, de sanción en caso de contravención de la
legislación citada, ante las concentraciones en zonas diferentes del espacio
habilitado.
Lo que se hace público, en Granada, a 30 de noviembre de Dos Mil Seis.