ASOCIACIÓN
DE VECINAS Y VECINOS BAJO ALBAYZÍN
San
José, 8 18010 GRANADA
E-mail avalbayzin@terra.es
Teléfono y Fax
958 22 97 97
616 912340
ALEGACIONES
AL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE GRANADA
Manuel Navarro Lamolda, como
presidente de la Asociación de Vecinos Bajo Albayzín, con sede social en la
Calle San José 8 – 1º 18010 de Granada y NIF. G18531715 y en representación
de la misma tras el estudio de la Adaptación y revisión del PGOU 2005 por los
socios y Junta Directiva presenta dentro del plazo de exposición al público
las siguientes alegaciones:
CONSIDERACIONES GENERALES
Mantenemos las consideraciones
generales que sirvieron de introducción a nuestras Alegaciones al PGOU 2000 por
entender que siguen vigentes y que la revisión del 2005 agrava algunos aspectos
al ampliar las actuaciones previstas por este en nuestro distrito.
El incremento demográfico de la
ciudad de Granada no justifica la dotación de grandes terrenos para la
construcción de viviendas, la ciudad debe atender preferentemente a la
rehabilitación de sus barrios y construcción de los solares existentes, y a un
crecimiento bajo en la ocupación de nuevos terrenos para la edificación de
viviendas. Estas no se justifican como atención a la población, sino como
especulación inmobiliaria y viviendas de segunda residencia.
La demanda y las necesidades de
espacios libres contradicen la intervención expansiva del Plan, lo que generaría
dificultades en el transporte, en los flujos de comunicaciones, y en la propia
vida de los ciudadanos, con repercusiones de carácter social, conflictos,
delincuencia,... Es preciso diseñar una ciudad más humana, más abierta, más
cohesionada social y económicamente.
El Plan establece una perspectiva
de crecimiento demográfico que no se corresponden con la realidad, y en
consecuencia se crean unas necesidades de crecimiento desproporcionadas para
Granada. Los datos que aporta sobre suelos en transición derivados de
actuaciones previstas en el PGOU del 85 con más de 13 000 viviendas pendientes
de realización o en fase de ejecución y millones de metros cuadrados aún
pendientes de ocupación demuestran lo innecesario de tales planteamientos.
Tampoco es cierto que aumentando la oferta de suelo se vayan a reducir los
precios de las viviendas resultantes.
Especialmente grave es la ocupación
de zonas con vocación de mantenimiento de usos actuales dados sus valores ecológicos
o paisajísticos (San Miguel, Fargue, Vega,...),
donde esas nuevas construcciones, y su accesibilidad provocarían enormes
tensiones sobre los barrios históricos.
La ciudad debe mantener un
equilibrio ecológico con el campo, no como algo recreado, sino como una
realidad circundante, lo que impide la ocupación de terrenos en la zona de vega
del Genil o del Darro (Camino de Beas).
No se puede hacer depender un Plan
Especial de Protección con aspectos básicos sobre ocupación de parcela, volúmenes,
edificabilidad, computabilidad... de las determinaciones del Plan General, ya
que la experiencia viene demostrando que esto supone un atentado al sentido de
protección del barrio.
El PGOU no parece tener en cuenta
las características y valores de barrios históricos, dado que se generan
actuaciones que difícilmente pueden estar justificadas: se aumenta el suelo
edificable en el importante sector de San Miguel Alto, cuando la experiencia de
su situación actual nos permite valorar el alto nivel de impacto urbano, paisajístico
y ambiental que tiene, especialmete visto desde la ciudad
Algunos aspectos tan básicos en la
vida de una ciudad como la energía y el tráfico no parecen estar contemplados
ya que esos importantes sectores de suelo urbanizable en la zona de la
antigua carretera de Murcia generaría unos flujos, tanto hacia la ciudad, como
al propio Albayzín como centro de servicios (Servicios Sociales, Centro de
Salud,...) que colapsarían el barrio.
ALEGACIONES
ORDENANZAS
7.3.15 Evacuación de humos
Debe contemplarse que en caso de
terminar la cubierta en terraza, la chimenea deberá elevarse más de dos metros
para evitar que la salida genere problemas a las personas que la utilicen, o
llevar en estos casos filtros de carbono para eliminarlos.
Debe tenerse en cuenta en los casos
de las salidas a la calle que además de disponer de filtros las rejillas por
altura y orientación no deben generar molestias a las ventanas y balcones de
las plantas superiores.
En todo caso se debe fijar que el
inadecuado mantenimiento de los filtros o las molestias causadas por estos
sistemas supondrán la cancelación de la licencia si no se modifican y eliminan
las molestias.
COMPUTABILIDAD DE OCUPACIÓN
Todas las instalaciones deben
computar edificabilidad sean garajes en semisótanos, sean salidas a la terraza
pues en uno y otro caso se prestan al uso fraudulento de tales espacios o al
incremento de volúmenes.
OCUPACIÓN DE LA PARCELA
Al menos en las zonas con planes
especiales de protección como es el Albayzín se debe contemplar que la ocupación
de la parcela será igual a la existente, al objeto de evitar el macizamiento
del barrio o la pérdida de elementos básicos de protección como son los
jardines y espacios libres.
VOLÚMENES Y ALTURA
Al menos en las zonas con planes
especiales de protección como es el Albayzín se debe contemplar que los volúmenes
y alturas serán siempre igual a los existentes, y en caso de demoliciones
anteriores a los que mediante prueba documental o vestigio la determinen.
Considerando como volumen y altura, no al alero, sino la línea envolvente de la
edificación. Esto permitirá salvaguardar la fisonomía actual del barrio,
mantener las vistas y configuración volumétrica y el paisaje, además de dar
seguridad jurídica y urbanística a quienes venden y compran edificios, ya que
todos sabrán cuales serán las posibilidades de edificación, evitando la
especulación en base al aumento de edificabilidad, volumen o altura.
OCUPACIÓN DEL SUBSUELO
Consideramos que se debe mantener
el uso público del suelo y del subsuelo para garantizar el uso adecuado del
mismo y no la privatización que de estas ocupaciones hacen las compañías de
servicios (gas, telefonía, electricidad,...)
Igualmente se debe fijar que el
Ayuntamiento establecerá unos planes anuales de obras públicas que obligará a
estas compañías a realizar los trabajos de soterramiento de sus redes y la
eliminación de los cableados, especialmente en las zonas con planes de protección.
Esta ocupación será en precario y
las compañías afectadas deberán realizar los cambios de redes necesarios si
el subsuelo que ocupan se necesita para el establecimiento de servicios públicos
municipales.
RUIDOS
Se debe declarar zona saturada de
ruido el casco histórico (Centro, Albayzín, Realejo) manteniendo las actuales
limitaciones de bares con música y ampliando este tipo de limitaciones para
bares y establecimientos tipo Shawarma evitando la concentración de esta
actividad generadora de ruidos y otras molestias.
Igualmente esta saturación afecta
a los denominados cafés y bares, donde existen zonas del barrio con una línea
contínua de establecimientos de este carácter, que en muchos casos
posteriormente funcionan como pubs. Esta saturación debe contemplar unas
distancias mínimas de 50 m.
SERVICIOS COMPLEMENTARIOS
Se debería establecer que en las
nuevas edificaciones y en las rehabilitaciones se contara con un espacio bajo
cubierta para equipamiento de servicios (aire acondicionado,...) prohibiendo las
instalaciones de estas máquinas en fachadas o cubiertas vistas.
PUBLICIDAD
Se debe contemplar la eliminación
de anuncios y publicidad con impacto visual en espacios del centro histórico
tanto en las fachadas como en las cubiertas de edificaciones, obligando a la
eliminación de las existentes (Ejemplo el de La Caixa que impide las vistas de
la catedral desde el Albayzín)
USOS DEL SUELO
REHABILITACIÓN
La mayor parte de la demanda de
vivienda debe ofertarse a través de la rehabilitación de inmuebles y la
ocupación de solares existentes, ello generaría una importante ocupación
poblacional de los centros históricos, evitaría desplazamientos, ocupación de
nuevos suelos, ampliación de servicios (agua, redes,...)
El número de viviendas por
rehabilitar y de solares podría satisfacer estas demandas, incluso promoviendo
que el 30% de las mismas tuvieran la consideración de VPO.
DESARROLLO DE SUELO URBANO Y
URBANIZABLE EN E DISTRITO ALBAYZÍN
En general consideramos que se
proponen en el PGOU 2005 una serie de ampliaciones manteniendo previsiones del
Haza Grande y El Fargue y añadiendo nuevas zonas junto a la carretera de Murcia
con una fuerte urbanización de 2489 nuevas viviendas, sin que se hayan
ejecutado las previsiones del 2000 y sin que la demanda urbana o demográfica lo
demande como necesidad de vivienda. Además en todos estos casos se desarrollan
como islas en un sector que está delimitado como de protección de vertientes,
sin que se explique por qué esos terrenos no sirven de protección de la
vertiente. No parece tenerse en cuenta que este tipo de terrenos pueden ser
causa de situaciones de alto riesgo ante catástrofes naturales. Además suponen
un importante impacto paisajístico desde la ciudad, como ya está demostrado
con la actuación, permitida en su día con los llamados Cármenes de San
Miguel. No parece que exista más justificación para ello que especular con las
vistas y con unos terrenos que desde hace años están pendientes de esta
calificación urbanística para ir desarrollando como zona urbana el valle del
Darro o la ladera hacia la Vega.
Igualmente este desarrollo urbano
provocaría un fuerte flujo de tráfico en esta carretera, que con una orografía
difícil haría muy costosa su ampliación, que en todo caso no está prevista,
ni tampoco se prevén las modificaciones viarias necesarias en los accesos a la
ciudad, ya colapsados por los flujos derivados de los Carmenes de San Miguel.
PPE.1 Haza Grande
No está justificado el
establecimiento de una zona de suelo urbano con previsión de 249 viviendas
junto a la carretera de Murcia, ni por el desarrollo demográfico, ni por el
urbano.
El actual desarrollo de las
intervenciones realizadas bajo el sobrenombre de "cármenes" Rolando,
San Miguel,... vienen a confirmar nuestra oposición a unas operaciones urbanísticas
especulativas que nada aportan al barrio y que están destruyendo la fisonomía
de la ciudad en esta zona con una ocupación intensiva del monte.
Sólo podría justificarse una
intervención reducida en la zona baja de la ladera y junto al acceso de las Peñuelas,
Guardería San Francisco Javier y carretera de Murcia con objeto de poder
acometer una intervención que posibilite la construcción de viviendas de
protección oficial de promoción pública y que pudiera estimarse en unas 50
viviendas, como complemento a las tareas de rehabilitación del barrio y
posibilitar la permanencia de los propios vecinos.
PPE5 Fargue 1
En las alegaciones al PGOU 2000 sólo
se aceptó este sector como reserva dotacional para el cementerio a fin de
cubrir una demanda de servicios públicos, pero
no consideramos justificado que un sector que está delimitado como
protección de vertientes pueda ser calificado de urbanizable con 417 viviendas.
Ya en nuestra alegación al PGOU del 2000 manifestábamos nuestra opinión de
que en caso de ser innecesaria la dotación para cementerio se mantuviera en
zona de protección como Parque Rural.
PPE6 Fargue 2; PPE3 Fargue 3 y ART
E Fargue
Suprimir esta área de reserva por
no estar justificada la necesidad de contar con estos terrenos, dado el reducido
nivel de crecimiento poblacional de Granada capital, y por la tensión que
provocaría sobre el barrio y las comunicaciones la existencia de más de 1823
viviendas. Igualmente estos terrenos supondrían un primer paso para la ocupación
progresiva del valle del Darro, iniciando la invasión desde la parte alta hasta
su ocupación.
Tampoco entendemos que sea un buen
desarrollo urbano aumentar la edificabilidad linealmente, a lo largo de la
carretera.
Estos terrenos deben incluirse en
el Parque Rural que los rodea y para los que están llamados como uso adecuado.
Consideramos que las demandas de
desarrollo urbano en este barrio quedan cubiertas con el suelo urbano no
consolidado previsto en Fargue Norte y Ermita.
Parque Rural
Los terrenos incluidos en la
anteriores áreas deben quedar incluidos en suelo de protección bien como
protección de vertientes que es la denominación aplicada a todos los terrenos
colindantes que rodean estas áreas o unirse a las existentes como Parque Rural
del Darro.
ANILLO
Si bien el POGU contempla que este
sistema general es objeto de un documento específico entendemos que es el
planeamiento general el que debe contemplarlo. Y en este sentido manifestamos
nuestra oposición a este desarrollo por las siguientes razones:
-Las tensiones edificatorias que
este tipo de vías generan, lo que repercutiría en unos terrenos que están
catalogados de protección.
-El impacto ambiental y paisajístico
que generaría en el valle del Darro.
-La falta de eficiencia que algunos
estudios técnicos contemplan lo que vendría a desechar el proyecto incluso
aunque se minimizaran los impactos ambientales de superficie y se optara por un
menor impacto visual con el sistema de túneles;
-El elevado costo de esta obra
frene a las necesidades de dotaciones y recursos tanto en sistemas generales de
la ciudad como en el propio distrito.
ANEXO
Los datos sobre vivienda en el
barrio, avalan la necesidad de acometer actuaciones en la línea de actuar sobre
los solares y viviendas desocupadas mediante actuaciones de rehabilitación y
reconstrucción del espacio edificado, eliminando las actuaciones urbanísticas
como los terrenos urbanizables que se contemplan en nuestro distrito.
Si tenemos en cuenta los datos del
PEPRI (1988) aunque antiguos muestran una tendencia que no se ha resuelto en el
barrio, manteniéndose y aumentando la vivienda desocupada si la comparamos con
los datos más recientes del 2001 o la base de datos del INE (CERCA+100)
Viviendas desocupadas en el Albayzín
PEPRI (1988) ………………… 1.296
un 22 % del total de 5.755
INE-CERCA+100 (1990)…….. 1.632 un
28 % de un total de 5.821
Viviendas desocupadas en la zona URBAN
En Granada capital
Datos estadísticos 1991…….. 4.002 un 26,6 %
15.922 un 15 %
Datos estadísticos 2001…….. 4724
un 30 %
21.377 un 17 %
Igualmente los datos referentes a las viviendas ruinosas y solares recogidos en un informe elaborado por el propio Ayuntamiento, según datos de prensa presentan 2,358 edificios o solares que incumplen la LUA lo que representan un importante volumen de viviendas, ya que el dato sólo habla de edificaciones o solares.
Granada a 10 de noviembre de 2005