ASOCIACIÓN DE VECINAS Y VECINOS  BAJO ALBAYZÍN

San José, 8     18010  GRANADA

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ALEGACIONES AL PEPRI 2008

 

 

ALEGACIONES

 

PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN Y REFORMA INTERIOR ALBAYZIN – SACROMONTE (PEPRI 2008)

 

 

Manuel Navarro Lamolda, en calidad de Presidente de la Asociación de Vecinas y Vecinos Bajo Albayzín, con domicilio en calle, San José, 8 18010 de Granada, y de conformidad con lo acordado por esta Asociación en su reunión del día 10 de febrero de 2009

 

EXPONE

 

Que la Junta de Gobierno Local con fecha 27 de noviembre de 2008 acordó aprobar inicialmente el Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Albayzín y Sacromonte.

 

Que con fecha 12 de enero de 2009 se publicó Edicto del Alcalde anunciando la exposición pública de dicho Plan, dando un plazo de un mes para la presentación de las alegaciones.

 

Que en base a todo ello se presentan en tiempo y forma las siguientes alegaciones

 

 

CONSIDERACIONES GENERALES

 

El planeamiento de protección en un barrio Patrimonio de la Humanidad como el Albayzín debe promover la conservación y uso del patrimonio monumental, actualmente olvidado, pero también la fisonomía urbana del barrio o la arquitectura popular y muy especialmente la protección a las personas que han hecho posible el mantenimiento de este barrio con sus valores y características, hoy apreciadas frente a otras épocas de desidia y abandono. Por ello consideramos fundamental las actuaciones en materia de rehabilitación, pero entendida esta como un apoyo no a la especulación, como en gran parte hoy está sirviendo, sino para ayudar a la estabilidad y permanencia en el barrio de muchas familias que en unos casos por no contar con medios para ello y en otras por ser víctimas de las subidas astronómica en los precios de alquileres o de ventas, hacen imposible la permanencia de las nuevas unidades familiares dentro del barrio.  Consideramos que el planeamiento debe ser un elemento activo contra la especulación, por lo que cualquier medida que favorezca los cambios e incrementos en la ordenación de la edificación, sus usos o el desarrollo de determinadas tipologías (apartamentos, urbanizaciones) pueden favorecerla y potenciarla en detrimentos de las personas.

 

-Empezar la Revisión del PEPRI Albayzín y el PRIMER Plan Sacromonte declarando que la “base cartográfica del planeamiento refleja la realidad urbanística del momento en que fue redactada, por lo que su eficacia se reduce a la pura reproducción de la situación fáctica previa al Plan, por lo que caso de que existiesen errores materiales ....” (Art I.6.- punto 4) añadiendo,entre otras reglas, la de dar primacía a la “situación factica” y después de comprobar la cantidad de errores que contiene, y que van a afectar seriamente el urbanismo del Barrio, consolidando actuaciones ilegales, ocupación de jardines, de patios, conversión de terrazas con techumbres de chapa ondulada en torreones, etc, asi como errores en fichas catálogo en las que presentan fotos de edificaciones ruinosas, asi consideradas, cuando en realidad son casas rehabilitadas y ocupadas, suponemos que con el correspondiente permiso municipal.

 

-Esta advertencia por parte del equipo redactor, nos hace reconsiderar la efectividad del Avance, que esperábamos tuviera acceso a una nueva cartografía que recogiera los cambios sustanciales que ha experimentado el Barrio en estos últimos 18 años en que ha estado vigente el PEPRI anterior y que regulara y pusiera freno a la tendencia actual de incumplimiento y desorden. Asi mismo comprobamos que la documentación sobre el Sacromonte tambien deja mucho que desear, a pesar de que con ella se pretende confeccionar nada menos que el Primer Plan Especial de una zona singularísima y única que hubiera requerido un buen trabajo de campo por parte de los responsables.

 

-Salvo casos específicos que afecten de forma determinante, nos vamos a abstener de señalar los errores cartográficos que ya indicamos en número elevadísimo en el anterior avance, retirado y sustituido por el presente, ya que la delegación de urbanismo no ha estimado conveniente ni siquiera una reunión con el equipo redactor “al no ser ese nuestro cometido”. Nos preguntamos quién ha dejado de cumplir el suyo proporcionando tanto dato erróneo al equipo redactor y posibilitando que se hayan tenido que descatalogar viviendas por incumplimientos de la normativa vigente.

 

ALEGACIONES GENERALES

 

1.-FALTA DE COHERENCIA

El Plan propuesto adolece de coherencia al plantear teóricamente unas propuestas que podemos compartir plenamente, pero que en su desarrollo concreto no se corresponde con los objetivos enunciados. Así la protección general de la envolvente se ve reducida cuando se plantean excepciones que no se limitan a los edificios fuera de ordenación o discordantes, en los que sería lógico modificarla para adaptarse al concepto general del barrio, sino que posibilitan subir a las medianeras; igualmente se valoran las vistas y el paisaje, pero se permiten construcciones en ladera que supondrán modificar las alturas actuales al asignarle un numero de plantas que en la calle superior es mayor a la existente actualmente (Ejemplo en Callejón de San Nicolás), o se dice reducir los flujos de tráfico y se colocan aparcamientos rotatorios en el interior del barrio, como es el caso del existente en el Rey Chico; se dice proteger el patrimonio y se destruyen edificios catalogados en San Juan de los Reyes para posibilitar la apertura de la calle a vehículos de mayor tamaño; se analiza el actual estado de la población, su envejecimiento, etc pero no se adoptan medidas para que la edificación responda a las necesidades de grupos familiares y se facilita la adaptación de edificios para el uso de pequeños apartamentos, usos hoteleros,... que en definitiva no van a promover la formación de un bloque poblacional integrado en el barrio, sino una población flotante que no sólo afectará a temas como seguridad, ruidos, tráfico,... sino a la estabilidad poblacional y al patrimonio social del barrio; se analiza el equipamiento del barrio, reconociendo las carencias del mismo, pero no se hace previsión de nuevos equipamientos, sólo el previsto en la AI27 y un nuevo equipamiento en el Sacromonte,...

 

2.-AMBIGUEDAD EN LAS DETERMINACIONES

Igualmente el Plan en su aspecto normativo es ambiguo y poco preciso, lo que supondrá que en su ejecución práctica esto se traduzca en una reducción de los niveles de protección que requiere el Patrimonio.

 

3.-LA TEORÍA NO SE TRADUCE EN LA PRACTICA

Así mismo el Planeamiento Estratégico supone una buena base teórica, que no se desarrolla en lo concreto. Se habla de “Mejorar la calidad de servicios a las personas” y no se establece una red de equipamientos que puedan atender las necesidades de sus habitantes, que además por la propia orografía obliga a una mayor atención al respecto. Lo mismo cabría decir del “Diálogo entre cultura y naturaleza” y no se tiene en cuenta el mantenimiento de la naturaleza interior del barrio, sino que se proponen nuevas edificaciones, no se tienen en cuenta las posibilidades museísticas de la zona del Darro, como eje museístico, utilizando edificios emblemáticos como la Casa Agreda, Palacio de Santa Inés, Casa Zafra, Casa de Horno de Oro, Maristán,…

 

4.- CONSERVACIÓN Y PAISAJE

El Plan pretende mantener el paisaje como un valor fundamental del Albayzin, sin embargo se plantean aspectos que agreden ese principio general, así cuando se plantea la construcción en zonas como la ladera de San Miguel Alto, junto a San Luis, eliminado una parte de espacio natural, o cuando se plantea la construcción en la zona entre la Carretera de Murcia y el Camino de San Antonio, se maciza el barrio en zonas antes vegetales y hoy propuestas para construir. Aunque se trate de zonas periféricas del barrio, tienen una importante incidencia en el paisaje, tanto global del barrio, al reducir zonas vegetales y cármenes, elemento sustancial de la actual configuración del mismo; como por el impacto visual que supondrían estas construcciones desde la ciudad. Ejemplo de estas actuaciones negativas en la periferia del barrio son los Cármenes de San Miguel.

 

5.-CONSTRUCCIÓN EN LADERA

Igualmente ocurre cuando se mantiene la construcción en ladera manteniendo en la parte alta trasera, las mismas plantas sobre la rasante de la calle, lo que supone de hecho levantar una planta más. Véase en Callejón de San Nicolás, que actualmente tienen una planta y el Plan establece dos plantas, contradiciendo el principio general de protección que salvaguarda la envolvente actual, criterio que compartimos plenamente en todos los casos, salvo los edificios discordantes.

 

6.-IMPACTO

Este mismo impacto se produce cuando se pretende colocar un aparcamiento de autobuses eliminando las escasas instalaciones y equipamientos, detrás de San Miguel Alto. Un espacio que tiene un altísimo valor y una gran fragilidad. Un espacio que debe ser recuperado y liberado de antenas, torretas y otros elementos inadecuados, que podrían encontrar su ubicación en otros espacios más retirados de la ciudad.

 

7.-SE CONCULCA LA LEY DE PATRIMONIO

Tampoco entendemos que se protege el patrimonio, objetivo fundamental del Plan cuando se plantea la modificación de alienaciones en San Juan de los Reyes, para posibilitar el paso de autobuses, cuando la propia ley de Patrimonio de Andalucía impide esta actuación salvo casos excepcionales que no se cumplen en este caso.

 

8.- ACCESIBILIDAD

El tratamiento de la accesibilidad y el tráfico, si bien plantea como principio la reducción de tráfico rodado, y establece el control permanente durante todos los días y todo el día, con horario restringido para el acceso de servicios, criterio que compartimos; después se plantean modificaciones en la trama urbana y los pavimentos para facilitar los flujos de vehículos, como desmontar escaleras peatonales, hacer permanentes las rampas de obra (cuando lo que venimos pidiendo es que éstas no se autoricen y se coloquen diariamente rampas móviles donde fuese necesario; se propone un acceso hacia el Sacromonte desde la Ronda Este, se incluyen aparcamientos rotatorios en el interior del barrio como el del Rey Chico,…

 

9.-PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Tampoco vemos que le plan acometa la importancia de la participación ciudadana en el Plan, pues sólo plantea una Comisión, sin especificar quienes la compondrían. Mucho nos tememos que al igual que en el proceso de redacción del Plan no se han atendido nuestras peticiones para mantener reuniones de trabajo que permitieran un intercambio de informaciones, sugerencias y aportaciones, estas vuelven a limitarse al restringido proceso de alegaciones. Lo que entendemos contraviene tanto la normativa estatal sobre información y participación medioambiental, y la redacción de este Plan tiene un importante papel en el medioambiente del barrio y de Granada, como de las directrices europeas.

 

Por todo ello se presentan estas alegaciones mas puntuales, algunas sólo pretenden enumerar algunos ejemplos y no la totalidad de los casos que iguales a ese se presentan en el Plan.

 

ALEGACIONES PUNTUALES

 

10.-USOS PORMENORIZADOS

Se solicita una revisión general de los Planos Información y los Usos Existentes y de Planos del Proyecto Usos pormenorizados; ya que se detectan en ellos una gran cantidad de errores. Y que, como muestra de ello, se enumeran a continuación los encontrados en una pequeña manzana situada frente a la Iglesia de San José

a) Aparecen como residencias plurifamiliares, cuando en realidad son unifamiliares:

- En calle Bravo los Nº: 4, 6, 7, 8, 9,10.

- En Placeta de Sánchez los Nº: 2, 3, 4, 6, 8.

- En Placeta del Toro los Nº: 2, 3, 4.

- En Placeta de San José los Nº: 1 y 4 en I.5 Usos Existentes y el Nº 1 en P.2 Usos

Pormenorizados.

b) Es plurifamiliar y aparece como unifamiliar:

- En calle Bravo la Nº 1.

c) Aparece como unifamiliar el jardín particular-huerto de placeta de Sánchez, esquina calle Huerto a la que le da nombre, y que linda con el Nº 2 de Placeta de Sánchez y espalda de los Nº 8 y 9 de Placeta de San José.

 

11.-USOS COMPATIBLES

La situación de saturación de usos que tienen determinadas zonas del barrio, entendemos que hace necesario establecer unos parámetros que impidan que establecimientos comerciales y de ocio que suponen horarios y tránsitos a unas horas que impiden el descanso, o que reclaman accesos rodados, o que limitan el uso residencial, tipo sawharmas, bares y hoteles, debían tener un control para evitar que se produzcan efectos negativos sobre la vida del barrio, como la contaminación, el despoblamiento,… Un ejemplo de esta situación es la tendencia que se apuntaba hace unos años en Elvira y Carrera del Darro y que actualmente son ejemplo de esta situación, habiendo eliminado o reducido de forma notable a los residentes estables, generando sólo alquileres de los inmuebles con población flotante, que al representar la mayoría de la zona, afecta al conjunto social de la misma.

Debe preservarse y mantenerse el uso tradicional.

Los cambios de uso, aun en caso de ser compatibles, deberán contar con un procedimiento que tenga en cuenta todos los posibles impactos ambientales, ruidos, tráfico, sociales,… que pueda generar. Debiendo contar con informes preceptivos favorables de la Comisión de Seguimiento y de la Junta de Distrito.

Como proponíamos en nuestras sugerencias se debía incluir en cada subconjunto definido en el Plan la capacidad de carga máxima que podría soportar para no generar una saturación determinado tipo de actividades como la hostelería, restauración, bares, teterías, shawarman,… que por su impacto es necesario regular.

Siempre que cuente con acceso rodado se debe permitir el garaje en las viviendas unifamiliares.

Se permiten usos poco apropiados en los cármenes, como actividades deportivas, religiosas, hosteleras, bares,… que en muchos casos, supondrían un acondicionamiento difícilmente compatibles con la conservación de la estructura y elementos propios del carmen, como tenemos experiencia de actuaciones en este sentido. Por ello se propone eliminar este tipo de usos y mantener los residenciales.

 

12.-ANTENAS

Pese a analizar y aportar datos sobre el gran impacto de estos elementos en el paisaje del Albayzín, no se propone ninguna medida o plan para su eliminación, tanto de las sencillas de TV, como de las parabólicas y de TDT. Así como al introducción de un sistema de acceso público y gratuito a la red general de este servico público universal.

 

13.-ANTENAS DE TELECOMUNICACIONES

Las condiciones de un barrio histórico, con predominio de viviendas unifamiliares y con la necesidad de proteger el paisaje de elementos impactantes como este, requiere que se adopten medidas de protección que impidan su colocación en el mismo.

 

14.-CONTENEDORES

El impacto visual y estético en un barrio Patrimonio Mundial requiere un sistema de recogida de residuos que trate de minimizar el impacto de estos elementos. Sin embargo el Plan sólo menciona las actuaciones que se están llevando a cabo, sin plantear una planificación para llevar a cabo esa medida.

 

15.-EQUIPAMIENTOS

En las previsiones financieras del plan sólo se prevén dos actuaciones, cuando las carencias del barrio en equipamientos para el barrio son más que notables, sobre todo si se tienen en cuenta las diferencias de nivel orográfico y la necesidad de contar con algunos equipamientos en diferentes zonas del mismo. No se han considerado algunos equipamientos solicitados como el Centro Social en San Gregorio, el equipamiento polideportivo y social en el Bermúdez de Castro, el equipamiento cultural en Casa Agreda, Palacio de Santa Inés, Maristán,… el uso de equipamientos para edificaciones, algunas en ruina como San Luis, o como San Bartolomé,…

Defendemos que se establezcan para equipamiento del barrio:

   Mantener el equipamiento en la antigua Casa de la Lona

  En Plaza San Gregorio un equipamiento social con especial referencia a los temas asociados a las migraciones.

   En la cuesta San Gregorio (Fundación Zayas) un equipamiento para mayores.

   En el Centro Bermúdez de Castro un equipamiento deportivo compatible con otros usos sociales y culturales para el barrio

  Recuperación de edificios religiosos no utilizados para su uso social y cultural.

  Dotación para piscina pública municipal.

 

16.-BOMBEROS

El progresivo alejamiento de los actuales parques de bomberos, hace necesario dotar al Albayzín y la zona del casco histórico de Granada de un mini parque que situado en el interior del mismo pueda intervenir con rapidez para evitar catástrofes y pérdidas de Patrimonio, mientras acceden los servicios generales de extinción de incendios o protección civil.

Para ello se propone su ubicación en el interior de la parcela de la Normal, o en el Área de Actuación de la Placeta de los Naranjos. En ambos casos la salida, tanto para las distintas zonas del barrio como para el centro histórico serían rápidas.

 

17.-ALTURAS EN CALLEJÓN DE SAN NICOLAS

En el mismo plano puede observarse como se le asignan dos alturas II como estado actual (grafía gris) a las dos viviendas del Callejón de San Nicolás.

Estas viviendas actualmente sólo cuentan con una sola planta respecto a la rasante del Callejón de San Nicolás, por lo que esta determinación supondría un incremento de una planta y entraría en contradicción con las normas generales de protección que se establecen en el mismo PEPRI, en cuyo artículo III.2 de las Ordenanza:

1. El Plan Albayzin Sacromonte, de acuerdo con lo que establece la legislación del Patrimonio Histórico, determina la protección de la volumetría actual de la edificación existente y a tal fin adopta de manera generalizada la envolvente o sólido capaz actual de los edificios existentes, no discordantes,…”

 

Igualmente se verían afectadas las vistas y el paisaje en un sector tan sensible como la zona del Mirador de San Nicolás, pues afectaría no sólo a las viviendas, cuya afección sería muy importante dado que el callejón apenas tiene un metro de anchura, lo que las privaría no sólo de vistas, sino de luz y sol; sino que también afectaría a las vistas y el paisaje desde el espacio público, como las que se contemplan desde la Plaza de San Nicolás.

 

19.-ELEMENTOS FUERA DE ORDENACIÓN EN ELVIRA 146

C/ Elvira 146, que tiene la terraza convertida en una habitación con la cubierta de uralita; además han añadido una planta más para un torreón, también con cubierta de uralita.

 

20.-PROTECCIÓN DE ADARVES

Se debe incluir expresamente entre la protección genérica la relativa a los adarves. Se enumeran a modo de ejemplo algunos de ellos, integrados en algunos casos recientemente en las propiedades particulares colindantes: Callejón del Boli, Aben Humeya, Tiña, Horno del Moral, María la Miel, Santa Inés, Alhacaba,... de los que existen estructuras de darros o viario que así lo manifiestan.

Se propone además de la protección, recuperar los afectados.

 

21.-OCULTACIÓN DE CONTENEDORES

Al objeto de preservar la limpieza de la vía pública, se establecerá un sistema oculto de contenedores en todo el barrio.

 

22.-REDES

En este mismo sentido y al fin de eliminar el grave impacto que generan las redes de cableado por calles y fachadas se debe establecer un sistema de ocultación y soterramiento de los mismos. Para ello, y al fin de garantizar igualmente la protección de los pavimentos, así como evitar las molestias que ocasionan las continuas aperturas de zanjas, se determinará un sistema de soterramiento de cables mediante una caja o túnel que incluya en su interior todo tipo de redes y servicios actuales o futuros y que permita la incorporación de otros o la reparación de los actuales sin necesidad de apertura de zanjas.

Una vez que de forma progresiva se vayan generando esta red, las compañías suministradoras estarán obligadas a cumplir la normativa y retirar sus cableados para adoptar el nuevo sistema de redes.

 

23.-PLANOS DE REDES

La Oficina Técnica deberá disponer de los planos actualizados de las redes y suministros existentes en el barrio, que estarán al servicio de quienes deban realizar cualquier intervención que pueda afectarles, al objeto de evitar posibles accidentes o averías.

 

24.-TRANSFORMADORES

Debe establecerse un plan para soterrar los actuales transformadores, buscando mecanismos de ocultación mediante soterramientos.

 

25.-ILUMINACIÓN

La iluminación debe regularse para evitar focos deslumbrantes o impacto por contaminación lumínica, uso de luminarias comerciales impactantes,…

 

26.-RUIDOS

Se debe declarar el conjunto como zona saturada, establecer medidas de protección, desde el control de accesos, limitación de establecimientos sean bares con música o bares normales, limitación de ruidos por música en mercadillos,.. Mediante un Plan anexo que proteja el barrio de la contaminación acústica.

Las características peculiares del Albayzín llevarían a contemplar un catálogo de espacios protegidos que llevaran a crear un Paisaje sonoro del Albayzín.

 

27.-PROTECCIÓN DE VISTAS

Se deben proteger las vistas desde el Albayzín y obligar a la retirada de luminosos que inciden sobre monumentos.

Se deben proteger las vistas desde la Alhambra, la Churra, San Miguel o la ciudad. Como ejemplo los restaurantes que llenan las terrazas – jardín de luces, toldos, sombrillas que afectan seriamente a las mismas.

 

28.-PROTECCIÓN ARQUEOLÓGICA

La gestión y el costo deben modificarse y contemplarse con mecanismos más públicos que permitan no afectar sobre los propietarios, especialmente cuando no se trata de promotores para venta, sino de auto-promotores para su vivienda.

Plazos. Deben limitarse e impedir que estos se alarguen indefinidamente.

Se deben buscar fórmulas que promuevan la contemplación de los restos más que su enterramiento u ocultación como vienen ocurriendo en la actualidad.

Se debe establecer la obligación periódica de difundir y divulgar los conocimientos aportados por la arqueología del barrio. Esto posibilitaría una mayor implicación de los vecinos en la protección y valorización de los elementos patrimoniales y un acercamiento a la historia de su barrio.

 El desarrollo arqueológico del barrio tiene que responder a una planificación desde las administraciones públicas responsables de profundizar en esos conocimientos públicos, más que depender de las intervenciones puntuales y aleatorias de la edificación.

  La Oficina debe controlar que se efectúan  las actuaciones arqueológicas para evitar que se puedan hacer construcciones sin la intervención exigida.

 

29.-PROTECCIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS

Se deben proteger los espacios públicos, miradores (La Lona, San Nicolás, San Cristóbal, Carvajales, Placeta Comino, Vereda de En medio, Placeta Liñán, Cruz de Quirós, Zenete, …), plazas, calles,… evitando intervenciones que rompan sus características (terrazas abusivas, kioscos, materiales inadecuados, edificaciones,… u otro tipo de impactos)

 

30.-OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA

Se debe incluir un plan de ocupación de la vía pública con terrazas. Limitando su ocupación un máximo de un cuarto del espacio libre peatonal de las plazas. Prohibiendo su uso en espacios de interés (Puerta Elvira, Plaza Nueva frente a la Chancillería, Plaza Santa Ana, San Nicolás, Santa Isabel la Real, Miradores,… o en calles que no tengan aceras que permitan dejar 3 metros para paso peatonal. Grafiando en plano el espacio máximo a ocupar, localizándolas de modo que no afecten al tránsito peatonal, perspectivas, actividades de juego y recreo para la infancia, mobiliario (bancos),…

Igualmente debe ordenarse la ocupación con mercancías, sean de ambulantes o de comercios establecidos. Las primeras están prohibidas salvo los espacios que se habiliten para ello por la Junta de Distrito. Las segundas estarán limitadas a la ocupación de su propia fachada a modo de escaparate, que en ningún caso podrá sobrepasar los 30 cm., salvo el comercio tradicional (fruterías y alimentación) que podrán temporalmente durante unas horas colocar el ancho de una caja a lo largo de su fachada. Todo ello siempre que no impida u obstaculice el tránsito.

 

31.-MOBILIARIO URBANO

-Se debe contemplar unos prototipos de mobiliario urbano (bancos, papeleras, farolas, kioscos, cabinas, mesas, sillas y sombrillas de las terrazas,…) que entendemos deben utilizar materiales y diseños adecuados a un barrio patrimonial (Uso de hierros forjados, maderas,… colores chillones o publicidad en terrazas,…)

 

32.-PAVIMENTOS

Se debe conservar el pavimento tradicional a base de empedrado, combinando con diversos materiales pétreos según el tipo de vía, pero siempre tratando de dar un carácter residencial y no circulatorio, combinando el empedrado más fino para calles y plazas peatonales, y de piedra más gruesa para calles con circulación, en calles más amplias combinando laterales de piedra pequeña negra de canto con otra piedra más gruesa y clara. En este sentido se proponen aquellos pavimentos que combinen losas de piedra o empedrado con espigas y carriles de adoquines por las rodaduras de los vehículos. Tanto la piedra como las losas o adoquines deben ser de suficiente calado para resistir el tránsito peatonal o rodado, así como la limpieza y baldeo, necesario en zonas de impacto por residuos. Igualmente tendrán una adecuada base para evitar o reducir los hundimientos. También debe mantenerse la limitación de acceso de vehículos por sus dimensiones y peso (1,5 m. y 12 TM.)

Esto permitiría mantener la estructura del pavimento y facilitar el tránsito peatonal.

En todo caso se deben proteger soluciones muy conseguidas en determinadas zonas y extender a otras zonas.

Queda prohibido el aglomerado asfáltico.

 

TRÁFICO

33.-Nos parece totalmente insuficiente el tratamiento de este tema fundamental para el barrio. Tampoco compartimos las propuestas presentadas, en gran parte inviables, como el propio plan reconoce al establecer siete puntos críticos que impiden la propuesta realizada, o la dificultad de compatibilizar el paso de personas y autobuses por calles como San Juan de los Reyes, Panaderos,… En la memoria no se han tenido en cuenta, que junto a los vehículos domiciliados en el barrio, existen muchos otros de residentes temporales, estudiantes,... lo que agrava la situación del tráfico rodado.

 

34.-PRIMAR A LAS PERSONAS FRENTE AL TRÁFICO RODADO

Por nuestra parte, como ya hiciéramos en las dos fases anteriores, consideramos que debe primar en todo el planeamiento el apoyo a las personas que caminan y pasean por el barrio, frente a los vehículos: Peatonalización de Elvira, control de acceso rodado permanente abierto a residentes y servicios, restricción de aparcamientos en zonas de tránsito peatonal, miradores, (Ejemplo: La Lona,… control de la ocupación de la vía pública dificultando el paso de personas,…(Ejemplo: Cuesta San Gregorio-Muladar de Doña Sancha, San Nicolás,…

 

35.-TRANSPORTE PÚBLICO

Apostamos por mejorar el transporte público en el barrio mediante propuestas que permitan mejorar la accesibilidad para la vecindad y los visitantes:

Tranvía del Triunfo a Plaza Larga, que permitiría mejorar la accesibilidad del este sector salvando la fuerte pendiente y generando un rápido y fácil acceso al Triunfo. El sistema de billete con trasbordo permitiría la conexión en esa zona con el resto de transportes urbanos y el metro ligero.

Nueva línea de microbuses por Pagés Ampliación de una línea de microbuses, que coincidiendo en parte con la actual, derivase sus vehículos desde el Salvador por Pagés hasta Carretera de Murcia y volviese por el centro para iniciar de nuevos su recorrido en Plaza Nueva.

 

36.-PEATONALIZACIÓN DE LA CARRERA DEL DARRO. NO A DERIVAR EL TRÁFICO POR SAN JUAN DE LOS REYES

La Asociación viene denunciando la situación en la Carrera del Darro con el paso de autobuses privados, con velocidad excesiva,... que hacen de este espacio un lugar difícil para el paseo, que es la verdadera función de este espacio urbano. Hasta aquí todo muy bien. El problema se presenta cuando la alternativa es derivar el tráfico actual a San Juan de los Reyes.

Esta alternativa la vemos imposible por varias razones:

- La imposibilidad material del paso de vehículo por la estrecha calle San Juan de los Reyes. No se trata de dos o tres puntos imposibles de superar por microbuses y coches anchos, se trata de que la anchura de esta calle hace imposible compatibilizar el tránsito de los peatones y de los propios vecinos para el acceso a las viviendas, con el paso de los coches.

- El incremento de anchura en la calle invadiría edificios y espacios patrimoniales y catalogados, lo que no parece compatible con el valor de Patrimonio de la Humanidad que posee el barrio.

- La estrechez de San Juan de los Reyes aumentaría el nivel de contaminación acústica y del aire derivada del tráfico y provocaría la expulsión de los habitantes, de una zona que se está recuperando demográficamente, como ya ha ocurrido en Elvira y la Carrera del Darro, que han visto como su población disminuye, restando otro aspecto patrimonial del barrio, sus pobladores.

Por todo ello pensamos que si existe voluntad política para resolver este problema, el primer paso sería limitar el acceso a los residentes y las actividades económicas del barrio, y unas horas para el paso de los vehículos de servicio, e impedir el paso de microbuses privados.

En segundo lugar buscar soluciones que no supongan derivar un problema de una zona a otra y terminar despoblando el barrio y convirtiéndolo en un parque turístico y hostelero.

 

Afecta al Patrimonio Histórico. La Ley de Patrimonio Andaluz en su articulo 31 recoge el mantenimiento de las alineaciones:

. Los planes urbanísticos que afecten a Conjuntos Históricos deberán contener, además de las determinaciones recogidas en el apartado anterior, las siguientes:El mantenimiento de las alineaciones, rasantes y el parcelario existente, permitiéndose excepcionalmente remodelaciones urbanas que alteren dichos elementos siempre que supongan una mejora de sus relaciones con el entorno territorial y urbano o eviten los usos degradantes del bien protegido.

También el PGOU establece dicha protección para el suelo urbano sometido a conservación.

Atenta a las propias normas del PEPRI al alterar elementos fundamentales como las fachadas en edificos catalogados, obras que no están permitidas en ningún nivel de protección.

Afecta al medio ambiente urbano al generar flujos de tráfico no asumibles en este momento con el consiguiente incremento de polución y ruido.

La memoria económica no recoge adecuadamente las posibles indemnizaciones a las que daría lugar y que en todo caso supondrían un costo excesivo

 

37.-CONTROL DE ACCESOS

La propuesta de control de accesos las 24 horas debe extenderse a todas las entradas del barrio y no a las cuatro actualmente existentes. En el caso de la calle Elvira debe situarse el control a la entrada del Arco Elvira y no en la situación actual.

 

28.-ACCESOS AL SACROMONTE

El acceso al Sacromonte en la propuesta presentada sigue generando problemas a los residentes, proponemos una vía de acceso más directo entre el Camino y la actual carretera al Fargue. Sería por el barranco anterior a la abadía enfrente de la misma y que con un pequeño puente posibilitaría el enlace en muy pocos metros y sin alterar la actual estructura viaria, sólo salvaría el paso a través de la abadía.

En todo caso este acceso hacia el interior del Sacromonte sería controlado y sólo se permitiría el paso a los residentes, pues de otro modo se generarían unos flujos que el Camino no puede soportar y que generan continuos conflictos por impedirse el paso a los residentes con vehículos que se dejan aparcados o por el mismo flujo, impidiendo el paso de los servicios públicos, lo que supone una grave situación de riesgo.

El acceso sólo permitiría a los no residente la llegada a un aparcamiento exterior (campo de fútbol).

En ningún caso esta vía tendría conexión con la Ronda Este, si esta llega a realizarse, pues los flujos de vehículos que podrían generarse no tendrían evacuación por el Sacromonte. Siendo válido a este respecto lo apuntado en párrafos anteriores.

39.-NO AL ANILLO DE CIRCUNVALACIÓN

Dada la protección especial de la zona comprendida entre El Fargue y Carretera de la Sierra Nevada (Suelo No Urbanizable de Especial Protección, de acuerdo con el Plan de Ordenación del Territorio de al aglomeración urbana de Granada)y dado que el proyectado “anillo” afectaría singularmente al cauce del Río Darro es por lo que se expresa la oposición a este tipo de infraestructura, así como a los futuros cambios y recalificaciones urbanísticas que puedan derivarse o al acceso desde esta a la zona de Valparaíso, por las mismas razones de impacto.

 

40.-APARCAMIENTOS

El aparcamiento en el Rey Chico aparece como rotatorio para uso de residentes y visitantes, lo que contradice la idea del Plan de reducir los flujos de vehículos al interior del barrio. Esta zona es deficitaria de aparcamientos para los propios residentes, hacer rotatorio este aparcamiento reduciría las plazas para residentes, que es el objetivo que se plantea en el Plan. Los aparcamientos para visitantes deben quedar en los bordes del barrio.

El aparcamiento en plaza Nueva no se incluye en algunos de los planos del Plan y si en otros, pero no se establece el carácter de este aparcamiento. Por las misma razones antes apuntadas y por la experiencia del aparcamiento de San Agustín, entendemos que ese tipo de aparcamientos no pueden estar en los centros históricos, si el objetivo es reducir el tráfico en el centro de las ciudades.

Aparcamiento de autobuses en San Miguel, no consideramos que este espacio, actualmente de equipamiento deportivo, sea el lugar adecuado para este servicio.

El aparcamiento junto a la muralla de la Alberzana, que sigue apareciendo en los planos de Ordenación, es totalmente inadecuado al afectar a una zona arqueológica bajo el lugar donde se sitúa dicho aparcamiento, que por otra parte afecta al proyecto de urbanización de esa zona.

 

41.-ROTONDA EN EL TAMBOR (Carretera de Murcia)

La colocación de una rotonda en plena curva del Tambor, no creemos que sea la mejor formula para organizar el tráfico en ese espacio. Una actuación condicionada por la construcción de nuevas viviendas, actuación que consideramos improcedente.

 

42.-OFICINA TÉCNICA

El urbanismo en un barrio de esta complejidad requiere una actuación en equipo, en contacto con el espacio al que va dirigido y con un planteamiento global en todos los sentidos, desde la obra pública a la edificación, como a todo el proceso, desde el asesoramiento a la disciplina, pasando por el control durante las distintas fases de la edificación (replanteo, ejecución, primera ocupación), así como los detalles colaterales del mismo (contenedores, accesos,…)o el control de solares, ruinas, ITE... A nuestro entender esto requiere una Oficina Técnica, debidamente dotada de recursos y personal que esté impregnada del espíritu y los objetivos del plan y sea un verdadero centro de promoción del desarrollo urbano en la línea que se plantea.

 

43.-DISCIPLINA

La disciplina en un barrio patrimonial requiere un mayor esfuerzo, pues las actuaciones que se puedan realizar pueden tener efectos irreversibles sobre el Patrimonio. Ejemplo de esta indisciplina y sus efectos son los numerosos edificios que se descatalogan por haberse ejecutado obra nueva que elimina el valor que el catálogo pretendía mantener. Lo que supone una progresiva pérdida del Patrimonio que la legislación obliga a mantener. Igualmente la indisciplina suele ser causa de conflicto por incorporación de elementos ilegales como fachadas, anuncios, rótulos, colores… que producen una contaminación visual y un impacto no permisible en un barrio de estas características. O por la modificación de la envolvente, lo que requiere un control y seguimiento continuos.

 

 

 

AREAS DE ACTUACION

 

44.--NUEVAS EDIFICACIONES

Consideramos que incluir nuevas edificaciones en cármenes como en la urbanización propuesta entre la Carretera de Murcia y el Camino de San Antonio, el número excesivo de viviendas en La Lona, o ocupando suelos protegidos de especial valor paisajístico como en San Luis-San Miguel.

Valoramos que debe primarse la rehabilitación de los cientos de viviendas en ruina y vacías, que intervenir con nuevas edificaciones que macizan el barrio y le hacen perder una de sus características, valorada por el Plan en su parte “teórica”. Esa intervencion rehabilitadora permitiría afrontar las necesidades de vivienda en el barrio, sin tener que modificar la estructura de equilibrio actual entre espacio edificado y suelo libre.

 

45.-

Algunas A. de Actuación del PEPRI anterior,después de 18 años sin desarrollar y haber causado graves perjuicios por la imposibilidad de edificación o restauración en las mismas, sorprendentemente, desaparecen en esta propuesta, lo que nos hace dudar del criterio barajado en su momento para su imposición,asi como de la idoneidad de algunas de las actuales:

 

46.--AI-6 -

Con este Area, pretenden justificar- mediante la debil excusa de “Completar tejido de borde urbano” y la de “garantizar la investigación arqueológica del cementerio de la Rauda” -la ocupación pura y dura de la parte baja del Cerro de San Miguel,mediante una linea de viviendas con patio y cueva, que significa el comienzo de la invasión del Cerro con edificaciones dificilmente justificables en un Espacio tan Singular, incluso para el conjunto de las Regiones de la Unión Europea,a la que habrá que recurrir para tratar de conseguir la protección del Cerro de San Miguel.

ELIMINAR LAS VIVIENDAS PROYECTADAS

 

47.-AI-38

Denominan “Ampliación de Angosturas” a la propuesta de expropiación en San Juan de los Reyes 67-69-71 y 46 para propiciar el tránsito de vehículos de mayor tamaño, eliminando parte del trazado característico del Barrio Morisco en una de sus calles más antiguas, recogida en la totalidad de publicaciones referentes a esta tipología, El simplismo y la aplicación de criterios “desarrollistas” frente a las actuales tendencias de peatonalización y racionalización del tráfico, nos mueven a instarles a otro tipo de propuesta.

ELIMINAR LA DECISION MUNICIPAL DE TRANSFORMAR, MEDIANTE DIFERENTES EXPROPIACIONES Y DEMOLICIONES,SAN JUAN DE LOS REYES EN UN VIAL PARA VEHICULOS MAYORES, AUTOBUSES, ETC. DESTRUYENDO LA CONFIGURACION Y TRAMA URBANA DE LA CALLE.

 

48.-AI-52

“Creación de Espacio Público en Adarve con 2 cuerpos bajos de edificación residencia ”La exposición real sería la siguiente: Ocupación del espacio existente, anteriormente no edificado, con dos viviendas que eliminarán las vistas tradicionales de la zona, al ser privatizadas por ellas,que a su vez, consiguen acceso a vistas a las parcelas colindantes, eliminando la intimidad y disfrute de sus jardines y patios.

ELIMINAR SU PROPUESTA

 

49-AI-PE-02

“el PE debe evitar en este valle....las opciones que tiendan a provocar cualquier alteración de los valores naturales,paisajísticos,etc.La propuesta de conexión del Camino de la Abadía con el Camino de Beas ¿puede ser considerada como beneficiosa para la protección del Valle?

ELIMINAR TRAZADO DE CARRETERA

 

50.-BAÑOS DE HERNANDO DE ZAFRA

No consideramos que la construcción de la edificación propuesta 1,2 y 3 plantas sobre los restos de este importante monumento sean salvaguardar el Patrimonio. Entendemos que debe recuperarse ese entorno y formar parte del conjunto monumental de la calle Elvira.

 

51.-COBERTIZO DE SANTA INÉS

Al final de este adarve se situaba en planos anteriores un espacio público, sin embargo en esta propuesta desaparece dicho espacio y se califica como Jardin.

Se propone que dentro del planteamiento del Plan de recuperar los adarves se mantenga dicho espacio público como fondo del citado adarve, que por otra parte, pedimos se investigue, pues los mayores del lugar recuerdan que dicha calle tenía salida continuando hasta la esquina de Carnero y Placeta de la Concepción.

 

 

NORMATIVA

-Titulo VI- Participación Ciudadana

52.-Art-VI-I-

La copia literal de parte del articulado, crea errores compresibles.”1.Informe público ANUAL sobre el desarrollo del planeamiento” “El Ayuntamiento con una periodicidad, al menos BIANUAL” redactará un informe en el que incluirán en forma detallada.... las referencias del desarrollo del Plan” Anual antes, bianual ahora, debe de precisar la obligatoriedad de cumplimiento por parte del Ayuntamiento, dado que, desde el 2002 no se ha cumplido.

OBLIGATORIEDAD DE INFORME ANUAL, SI ES QUE ALGUIEN DECIDE ASUMIR SU RESPONSABILIDAD.

 

53-Art-VII.3-7-

“En los casos en que se produjeran actuaciones ilegales en elementos catalogados....la administración competente....PODRA ordenar la reconstrucción o demolición” LA IMPRECISION NORMATIVA PRODUCE INDEFENSION,YA QUE OTORGA LA POTESTAD DE DECISION (SUJETA A INTERPRETACION) AL TECNICO DE TURNO.SUSTITUIR “PODRA” POR “ORDENARA”. que garantiza la igualdad de criterios para todos y la severidad en la norma cortará las actuales agresiones al patrimonio.

 

-Titulo III. Ordenanzas

54.-Art III.2-

...”la legislación del Patrimonio Histórico, determina la protección de la volumetría actual de la edificación existente y a tal fin adopta de manera generalizada la envolvente o sólido capaz actual de los edificios existentes....”No debemos de admitir ninguna de las demás propuestas de otros art.de este Plan, en los que contradice lo aquí expuesto y admite y promueve los aumentos de volumen Art-III,2-3.8.-Art-III.4-6. CONSIDERAMOS FUNDAMENTAL LA CONSIDERACION DE LA PROTECCION DE LA VOLUMETRIA ACTUAL EN TODOS LOS CASOS, SALVO EN LOS ELEMENTOS DISCORDANTES EN QUE SE DICTAMINE REDUCCION DEL VOLUMEN EXISTENTE.

 

55.--Art-III.2-2,3,3.1,3.2,3.3,3.4,3.5,3.6,3.7,3.8,

todo este articulado cae en manifiesta imprecisión y queda sujeto a diferentes formas de interpretación, por lo que vuelve a crear indefensión para los ciudadanos.” mas adecuado” “trascienda” “elementos no deseables” “integración armónica” “pueda entenderse” UTILIZAR UN LENGUAJE PRECISO QUE ELIMINE CUALQUIER POSIBILIDAD O INTENCION DE INTERPRETACION SUJETA A DIFERENTES INTERESES

 

56.-Art-III.5. Art.III.6.

Dada la experiencia en destrucción de vistas, creación de verdaderas pantallas que impiden la entrada de luz y sol, etc SOLICITAMOS LA ELIMINACION TOTAL DE LA CONSTRUCCION DE SEMI-SOTANOS NO COMPUTABLES EN ALTURA,YA SEAN PARA INSTALACION DE MAQUINARIA, LEÑERA,O CUALQUIER OTRO USO, PERMITIDOS CON PROFUSION ACTUALMENTE POR REMISION AL PGOU.LA INCLUSION DE ESTOS ESPACIOS COMO NO COMPUTABLES,AUMENTAN LAS ALTURAS SISTEMATICAMENTE Y LA APERTURA DE HUECOS ILEGALES,LOS CONVIERTE EN SUPERFICIE UTIL PARA DORMITORIOS,BODEGAS ETC MANIFIESTAMENTE ILEGALES.

 

57.-Art-III.6-3-

SOLICITAMOS LA ELIMINACION DE CONSTRUCCIONES PARA MAQUINARIA O INSTALACIONES POR ENCIMA DE LA ALTURA DE CUMBRERA RECONOCIDA, por dar lugar a la edificación de torretas o cubiertas planas que entorpecen e invaden terrazas y edificios colindantes, soportando estos los ruidos y molestias, en muchos casos creadores de problemas medioambientales. estas maquinarias e instalaciones deben estar integradas en los edificios propios y soportar los beneficiarios sus ruidos, vertidos y diferencias térmicas.

 

58.-Art III-7.3

”No se admitirán agregaciones de parcelas que vengan a superar la media de las parcelas de la manzana o ámbito morfológico en el que se integren” CONOCIDA LA CONFIGURACION DEL BARRIO,EXISTEN MANZANAS CON UNA MEDIA DE PARCELA ENORME,POR LO QUE SOLICITAMOS LA RECONSIDERACION MEDIANTE EL PROCEDENTE ESTUDIO DE LA INCIDENCIA EN EL ENTORNO Y LAS DIFERENCIAS DE TRATO DEPENDIENDO DE LA SITUACION DE LA PARCELA.

 

59.-ArtIII.16-Rótulos.Art III.17 Marquesinas y toldos.

SOLICITAMOS LA INTERVENCION DEL EQUIPO REDACTOR PARA QUE LOS RESPONSABLES TOMEN CONCIENCIA DE LA NECESIDAD DE HACER CUMPLIR LA NORMATIVA EN GENERAL Y ESTOS ARTs. EN PARTICULAR,QUE ES INCUMPLIDO SISTEMATICAMENTE CON TOTAL IMPUNIDAD,CONTRIBUYENDO AL CAOS Y A LA DEGRADACION EXISTENTE EN DETERMINADAS ZONAS DEL AMBITO PEPRI.

 

60.-Art III.18-Bajos y Locales Comerciales.

1) “deberá responder a los mecanismos compositivos tanto en planta como en alzado del resto del edificio” INCLUIR EL MISMO COLOR, junto a los mecanismos compositivos. SOLICITAMOS LA INTERVENCION DEL EQUIPO REDACTOR PARA QUE LOS RESPONSABLES TOMEN CONCIENCIA DE LA NECESIDAD DE HACER CUMPLIR LA NORMATIVA EN GENERAL Y ESTE ART EN PARTICULAR,QUE ES INCUMPLIDO SISTEMATICAMENTE CON TOTAL IMPUNIDAD,CONTRIBUYENDO AL CAOS Y A LA DEGRADACION EXISTENTE EN DETERMINADAS ZONAS DEL AMBITO PEPRI.

 

61.-Art.III.19-Publicidad e instalaciones en el espacio exterior.

SOLICITAMOS LA INTERVENCION DEL EQUIPO REDACTOR PARA QUE LOS RESPONSABLES TOMEN CONCIENCIA DE LA NECESIDAD DE HACER CUMPLIR LA NORMATIVA EN GENERAL Y ESTE ART EN PARTICULAR,QUE ES INCUMPLIDO SISTEMATICAMENTE CON TOTAL IMPUNIDAD,CONTRIBUYENDO AL CAOS Y A LA DEGRADACION EXISTENTE EN DETERMINADAS ZONAS DEL AMBITO PEPRI

 

62.-Art.III.22-A- Usos pormenorizados

“los que por sus horarios de actividad nocturna, o por sus dimensiones puedan inducir problemas de integración,requerirán un estudio de incidencia urbanística ”LOS USOS QUE PRODUZCAN PROBLEMAS DE INTEGRACION EN EL BARRIO SERAN PROHIBIDOS, EN LOS RESTANTES SERA PRECEPTIVO UN ESTUDIO DE INCIDENCIA URBANISTICA, UNA VEZ SUPERADO EL DE IMPACTO AMBIENTAL.

 

63.-Art-III.27-Compatibilidad de Usos

APLICAR AL ALBAYZIN Y SACROMONTE LA NORMATIVA ESPECIFICA DE USOS DEL PGOU ES UNO DE LOS MAYORES ERRORES DE ESTE PLAN, Y UN INTENTO MAS DE CONVERTIR EL BARRIO MORISCO Y EL SACROMONTE EN UNA URBANIZACION ADOCENADA CONTRIBUYENDO A LA DESTRUCCION DE LOS DOS BARRIOS PATRIMONIALES.CONFECCIONAR UN CATALOGO ESPECIFICO DE USOS SUFICIENTEMENTE AMPLIO COMO PARA PERMITIR EL DESARROLLO PERO CONSIDERANDO LAS CONDICIONES,ESPECIFIDADES Y CARACTERISTICAS PROPIAS DE LOS DOS BARRIOS HISTORICOS Y UNICOS.

 

64.-Art.III.29.2-Situación de fuera de Ordenación-

”estando disconformes con las condiciones....las alineaciones fijadas teniendo en cuenta la dificultad en tránsito que provoquen”EXPLICAR CLARAMENTE SEÑALANDO EN PLANO Y POR ESCRITO A QUE ALINEACIONES SE REFIERE Y QUE DIFICULTAD DE TRANSITO PROVOCAN. .NO ACEPTAMOS EL CAMBIO DE ALINEACIONES PARA PROPICIAR MAS AUN LA CIRCULACION DE VEHICULOS POR EL BARRIO PEATONAL, NI LA APLICACION DE METODOS CARACTERISTICOS DE LA CIUDAD INDUSTRIAL EN EL BARRIO MORISCO.

 

65.-Art.III-30.5

”Los propietarios,...de inmuebles o elementos catalogados...no podrán cambiarlos de lugar...sin previa autorización del Ayuntamiento y la Consejería de Cultura,en caso de BIC o de bienes del CGPHA. DADA LA CANTIDAD DE BIENES DE ESTE TIPO EXPOLIADOS IMPUNEMENTE AL NO ESTAR INCLUÍDOS EN EL CATALOGO VIGENTE, ES EXIGIBLE QUE, EN LAS FICHAS CATÁLOGO PRESENTADAS, SE RELACIONEN TODOS LOS ELEMENTOS DE VALOR PATRIMONIAL CON QUE CUENTAN Y QUE,DESGRACIADAMENTE,NO SE MENCIONAN,DADA LA SUPERFICIALIDAD CON QUE HAN SIDO REALIZADAS (la misma normativa indica que los datos de estas fichas “podrán ampliarse con los datos aportados por el mismo interesado) LAMENTABLE.

 

66.-Art.III.38.2-

”desplazamiento o sustitución de forjados con utilización del volumen sobre rasante del semisótano”ELIMINAR TODO LO REFERENTE A SEMISOTANOS,QUE SOLICITAMOS SEAN SUPRIMIDOS POR LA ELEVACION DE ALTURAS AL DECLARARLOS COMO NO COMPUTABLES.

 

67.-Art.III.41.2-Intervención genérica.Aleros

”las cubiertas se rematarán con alero,alineándose en continuidad con los de igual número de plantas”Dadas las características que históricamente han conformado el carácter de los Barrios del Albayzin y del Sacromonte, no se debe hablar de uniformidad (que siempre seria un ajuste a las mayores alturas) en los aleros (aunque se permitan pequeñas diferencias de hasta 40 cm.) o en volúmenes, por ser esta uniformidad ajena a la idiosincrasia de estos dos Barrios, incluso a las vistas exteriores, que verán desaparecer los paisajes que aún asoman en los distintos recorridos gracias a la no uniformidad edificatoria que históricamente ha presentado la construcción . Este criterio de evitar una uniformidad excesiva y contraria al carácter de la zona, lógicamente, sería obligado en las áreas en las que el redactor añade nuevas edificaciones, para preservar los valores paisajísticos que caracterizan más que a otros, a estos Barrios que constituyen parte del Patrimonio de la Humanidad que Granada aporta al mundo.NO A LAS ALINEACIONES ENCONTINUIDAD CON LOS DE IGUAL NUMERO DE PLANTAS,PARA DIFERENCIAR LA SINGULARIDAD DE CADA UNA DE LAS EDIFICACIONES Y EVITAR EL EFECTO “ADOSADO” AJENO AL BARRIO MORISCO.

 

68.-Art.III.41.3-Cubiertas

”La cubrición será con teja cerámica,curva de color rojizo”PRECISAR EL COLOR COMO PARDO-ROJIZO,DADA LA PROLIFERACION DE TEJA NUEVA ROJIZA QUE PRODUCIRIA GRAN IMPACTO DESDE LA ALHAMBRA Y DEMAS PERPECTIVAS.

 

69.-TRATAMIENTO DE CUBIERTAS (TC)

En los planos de ordenación se establecen en la mayoría de los inmuebles la olbigación de TC, lo que resulta procedente para eliminar elementos discordantes (chapas, cobertizos,...) que debería ser obligatorio retirar mediante el ejercicio de la disciplina urbanística; así como para reducir la ocupación abusiva de la terraza, o el incumplimiento de las normas para su existencia conforme al Plan.

Pero sorprende que edificaciones con licencia otorgada recientemente, y sin haberse realizado ninguna obra posterior a la misma, también tengan TC, pues pone de manifiesto la incapacidad para hacer valer la normativa de los Planes de Protección, pues esto ya figuraba en la normativa vigente.

La profusión de indicaciones de “TC” en la planimetría propuesta y la existencia de muchísimas de ellas en edificaciones restauradas,nos hace pensar que,o bien,una vez más,no han volcado los contractado los datos de las licencias otorgadas en los últimos años o estas no han sido dadas según la normativa del PEPRI actual.CONFECCIONAR NUEVAMENTE EN PLANOS LOS TRATAMIENTOS DE CUBIERTAS NECESARIOS.

 

70.-Art.III.41.3.Cubiertas.e) “Torreones o miradores

Se permitirá la construcción de mirador en cubierta”¡CUANDO? ¿A TODAS LAS VIVIENDAS QUE LO SOLICITEN? ¿EN REHABILITACIONES, EN OBRA NUEVA?CREEMOS SUFICIENTE EL NUMERO Y ABUSO DE MIRADORES CONSTRUIDOS CON EL VIGENTE PLAN.ELIMINAR LA EDIFICACION DE TORREONES O MIRADORES DE NUEVA CONSTRUCCION O QUE NO ESTE DOCUMENTADA SU ANTERIOR EXISTENCIA, PARA PRESERVAR DERECHOS (DE VISTAS,LUZ,SOL,ETC ) DE LOS RESIDENTES COLINDANTES Y AFECTADOS POR UN NUEVO CUERPO DE EDIFICACION Y EVITAR LA PRIVATIZACION DE LOS MISMOS BIENES MEDIOAMBIENTALES POR PARTE DEL BENEFICIADO ALEATORIAMENTE CON UN TORREON.

 

71.-Art.III.41.6.6.”Edificación en ladera”

En relación con la edificación en ladera, y con las consideraciones de los distintos casos a que se refiere, o sea, cuando se procede por sustitución o al caso de obra nueva, queremos hacer costar que en el Albaicín y Sacromonte este tipo de edificación se encuentra tan generalizado, por las características topográficas del terreno en el que se asientan, que necesitaría un tratamiento muchísimo más amplio que el reflejado en la documentación del PEPRI, ya que este es totalmente insuficiente y da pie a interpretaciones que pueden pervertir los principios en que parece basarse lo especificado y que daría como resultado la edificación con mas plantas reales de las que aparentemente se planifican.

Se deberían especificar claramente en el PEPRI todos los casos posibles y no hacer unas referencias a las normas que regulan los casos genéricos en el PGOU (¿el del 2007 que no está en vigor o el del 2000 obsoleto?).

Se debiera ser totalmente contundente al especificar que cuando se procede por sustitución lo que únicamente se autoriza es la envolvente de los volúmenes existentes y al nivel en el que se encuentren situados, no su aprovechamiento, que podría tener como consecuencia negativa la aparición del semisótano, que provocaría la elevación del edificio en un mínimo de 1,30 metros.

En el caso de nueva edificación, también se debiera especificar claramente cuál es el fondo máximo de las plantas indicadas en la alineación de la calle superior para evitar la aparición de plantas indebidas, así como la profundidad total de esa franja de edificación, para evitar la acumulación de alturas en una visión de proyección vertical trasera. Para romper dicha acumulación, una vez definida la profundidad edificatoria, se debería ajustar unos anchos y profundidades mínimos de zona verde privada obligados en función de las características de la parcela.

Se deberían proscribir claramente la aparición de nuevos semisótanos que como consecuencia de su existencia eleven la edificación con respecto a las rasantes de las calles de escasa pendiente y que en los casos en que su aparición sea como consecuencia del desnivel de la rasante de la calle, se regulen rotundamente sus características para evitar alturas indeseadas por el espíritu que debe regular el mantenimiento de las características históricas del barrio. También deberían quedar proscritos, los semisótanos, en el caso de edificación sobre plataforma horizontal de cota de referencia.

Con respecto a las plataformas horizontales constitutivas de las cotas de referencia de la edificación, deberían quedar perfectamente especificadas en el PEPRI (no en el PGOU) las características de las mismas en sus aspectos dimensionales y de nivel para las distintas pendientes. Como dichas plataformas se basan en la rasante teórica del terreno, se debe especificar, también, el ancho válido asociado a cada sección cuando el terreno presenta pendientes en las dos direcciones principales.

-A TITULO DE EJEMPLO,SEÑALAMOS ALGUNOS CASOS,AMPLIABLES A TODOS LOS SIMILARES:SOLICITAMOS LA ELIMINACION DE LAS ALTURAS ASIGNADAS: EN PARCELA 69606,ENTRE REAL Y ALTA DE CARTUJA,EN LA LADERA DE VISTAS,YA QUE OPACAN COMPLETAMENTE LAS EDIFICACIONES EXISTENTES AL OTRO LADO DE LA CALLE.

-III, ASIGNADAS EN EL SOLAR HACIA LA CUESTA DE SAN ANTONIO EN LA LADERA DE VISTAS,FRENTE A LAS II Y I DEL OTRO LADO DE LA CALLE.

-ALPARGATEROS BAJO 69574,POR OTORGARLE MAS O IGUAL NUMERO DE PLANTAS EN LA LADERA DE VISTAS QUE AL OTRO LADO DE LA CALLE.

-PLAZA ALAMILLOS,OTORGAN II PLANTAS HASTA CALLE PERNALEROS EN LA LADERA DE VISTAS,IGUALANDO A LA OTRA ACERA.

-ALPARGATEROS ALTOS 70577,OTORGAN II PLANTAS EN LA LADERA DE VISTAS.FRENTE A I AL OTRO LADO DE LA CALLE

-ALPARGATEROS ALTOS 70565,SIGUEN OTORGANDO II PLANTAS EN LADERA DE VISTAS A I EN EL OTRO LADO DE LA CALLE.

Todas estas alturas asignadas en la misma zona,la mayoría en nuevas propuestas edificatorias,son claro exponente de la problemática no resuelta y ni siquiera contemplada por el equipo redactor,ya que siguen sin considerar la tipología de los dos Barrios,con edificaciones preferentemente en ladera,a las que opacan y apantallan tapando vistas y luz al permitir y proponer ellos mismos más o igual altura en el lado de vistas que en el de enfrente,llegando a reproducir profusamente los recientes desastres que diferentes vecinos,cada vez más,están sufriendo al perder definitivamente su calidad de vida,en beneficio de los nuevos residentes que han accedido,mediante las asignaciones de alturas del vigente Plan y del Avance,a su sol,sus vistas y su luminosidad,que,si se cuenta con la volundad política y técnica necesaria,se propondrían compartir mediante la edificación lo suficientemente escalonada para no eliminar derechos a unos para otorgárselos a otros.LO AQUI EXPUESTO ES EL ABC DE LA EDIFICACION EN LADERA.LO CANTRARIO,QUE ES LO CONTEMPLADO EN ESTE AVANCE, ES SEGUIR COLMATANDO Y TRANSFORMANDO LA COLINA DEL ALBAYZIN,CON ACCESO A VISTAS MAYORITARIAMENTE,EN UNA SUCESION DE CALLES EXTRECHAS Y OSCURAS,MAS AÚN,TENIENDO EN CUENTA QUE EN ESTE BARRIO SE HABITA TAMBIEN EN LAS PLANTAS BAJAS.

 

72.-Art.III-44.

b)Características exteriores de la edificación:-b.3- “si por exigencias funcionales o higiénicas...se debiesen introducir...dispositivos de energia solar,antenas,etc...deberá justificarse la necesidad ...fundamentando las medidas adoptadas para garantizar su integración y anular su impacto constructivo y estético en el conjunto de la cubierta” ELIMINAR, YA QUE CONSIDERAMOS IMPOSIBLE Y A LAS PRUEBAS NOS REMITIMOS, “ANULAR EL IMPACTO CONSTRUCTIVO Y ESTETICO” DE LAS ANTENAS Y OTROS DISPOSITIVOS QUE HAN DEGRADADO EL BARRIO Y SUS PERPECTIVAS VISUALES Y AMBIENTALES.

 

73.-Art.III-44.

d)Nueva construcción-”En aquellos casos en los que el Plan permita la ampliación de las alturas de una edificación existente se deberá recurrir a soluciones ....se conjuguen compositivamente con las fachadas principales preexistentes”ELIMINAR TODA POSIBILIDAD DE ELEVAR LAS ALTURAS ACTUALES.LLAMA LA ATENCION LA MENCION UNICA A LAS FACHADAS SIN PREOCUPACION ALGUNA AL IMPACTO QUE TALES ELEVACIONES “PERMITIDAS” CAUSAN A LOS RESIDENTES EN EL ESPACIO INTERIOR, (QUE NO SON FACHADAS,PRECISAMENTE)EN ESTE APARTADO,

 

74.-Art.III-44.

d) “las antenas e instalaciones....no puedan ser vistas desde el plano de la calle en la situación más desfavorable”LA INSISTENCIA EN COLOCAR MAS ANTENAS,MAS INSTALACIONES ETC. Y MONSTRAR COMO UNICA CAUTELA LA DE NO SER VISTAS DESDE LA CALLE, OLVIDA LA CONFIGURACION DEL BARRIO Y LA EXISTENCIA DE VECINOS DENTRO DE LAS VIVIENDAS, QUE ESTAN SOPORTANDO LA INSTALACION “LEGAL”DE ESTOS ELEMENTOS, DELANTE DE SUS VENTANAS, VISTAS,TERRAZAS,ALHAMBRA,ETC,AUNQUE,ESO SI,QUE NO SE VEAN DESDE FUERA.HAY QUE ELIMINAR ANTENAS E INSTALACIONES Y SOBRE TODO LA TENDENCIA DE LOS NUEVOS RESIDENTES Y LAS NUEVAS LICENCIAS MUNICIPALES DE COLOCAR TODOS ESTOS ELEMENTOS DISCORDANTES LO MAS CERCA POSIBLE DE LOS COLINDANTES,PARA EVITARSE LOS USUARIOS DE ELLAS LOS RUIDOS Y EL IMPACTO QUE SU DISFRUTE PRODUCE.SOLICITAMOS UNA SOLUCION DEFINITIVA PARA ESTE PROBLEMA Y NO VOLVER A LA MISMA NORMATIVA QUE DESDE HACE 18 AÑOS NOS TIENE SATURADOS CON LOS PROBLEMAS EXPUESTOS.

 

75.-Art.III.68.

a.2- “sobre contaminación visual o perceptiva,el presente PEPRI,contiene una estrategia exhaustiva de regeneración de la presencia visual....” TODO ESTE PARRAFO SE CONTRADICE CON LAS ALTURAS QUE SIGUEN PROPONIENDO EN LAS EDIFICACIONES EN LADERA,DONDE TERMINAN DE CERRAR ESPACIOS A VISTAS,DEJAN LAS VIVIENDAS SEPULTADAS POR SUS PROPUESTAS DE MAS ALTURA EN LA LADERA DE VISTAS QUE EN LA ACERA CONTRARIA,ETC..A NO SER QUE NO SE CONSIDEREN “BIENES INTEGRADOS EN SU AMBITO” A LAS VIVIENDAS EXISTENTES DESDE MAS DE MEDIO SIGLO HACIA ATRAS Y SI A LAS QUE SE CONSTRUYEN RECIENTEMENTE.EJEMPLOS ILUSTRATIVOS:CALLE MONTES CLAROS, Y CALLE ALPARGATEROS DONDE,SI LLEVAN A CABO SUS PROPUESTAS, REMATARAN A LOS VECINOS DE SIEMPRE CON OTRAS DOS NUEVAS “URBANIZACIONES” CON DERECHO A PRIVATIZACION DE SOL,VISTAS Y HASTA AIRE.”Asi mismo se identifican las medianeras y las cubiertas ....asi como los cerramientos que impiden la contemplación de bienes catalogados..”INCLUIR Y PRECISAR LOS ESPACIOS PUBLICOS PARA LA INSTALACION DE CONTENEDORES DE BASURA construidos en OBRA,PARA EVITAR LA IMPROVISACION E INCONVENIENCIA DE ALGUNOS DE LOS SITIOS UTILIZADOS QUE DESTROZAN PLACETAS O CALLES Y ATENTAN CONTRA EL MEDIO AMBIENTE POR SU CERCANIA A LAS VIVIENDAS.

-Calle Montes Claros-La EDIFICACION EN LADERA ASIGNADA EN EL PEPRI VIGENTE HA SIDO ESPECIALMENTE DESTRUCTIVA EN ESTA ANTIGUA CALLE-MIRADOR,DEPREDADA POR LAS NUEVAS CONSTRUCCIONES,CON LICENCIA Y SIN ELLA,QUE HAN PRIVATIZADO VISTAS Y SOL DE FORMA ESCANDALOSA.DESCONOCEMOS LAS RAZONES POR LAS QUE,EN EL PEPRI VIGENTE,DECIDIERON DAR VIA LIBRE A LA CONSTRUCCION DE VIVIENDAS CON ACCESO DESDE EL CALLEJON DEL BOLI QUE,MEDIANTE LA CONCESION DE 1 PLANTA POR MONTES CLAROS, HA POSIBILITADO EDIFICACIONES DE 5 PLANTAS “EN LADERA”QUE, PARA MAS SARCASMO,CALIFICAN COMO UNIFAMILIARES.SOLO QUEDA SIN EDIFICAR Y TERMINAR DE TAPAR VISTAS EN TODA LA CALLE,LA PARTE SUPERIOR DE UNA CUEVA. APORTAMOS FOTOS DEL TESORO PATRIMONIAL QUE HA SIDO DESTRUIDO DEBIDO A SU DECISION DE OTORGAR PLANTAS DE MAS EN LA LADERA DE VISTAS Y MENOS O LAS MISMAS EN LA INTERIOR.SOLICITAMOS UNA NUEVA REDACCION,CON ELIMINACION DE PLANTAS EN TODAS LAS LADERAS DE VISTAS HASTA POSIBILITAR LOS MISMOS DERECHOS PARA AMBOS LADOS DE LAS CALLES EN LADERA.

 

76.-Nueva Vereda en Sacromonte

Una de las nuevas veredas que proponen abrir,sobre el Camino del Sacromonte y bajo la Vereda de Enmedio,continuando una vieja escalera muy deteriorada junto a la cueva que denominan como “escuela Ave Maria”es a costa de eliminar parte de una vivienda habitada desde hace más de 60 años,con entrada por una vereda que acaba en la puerta de entrada de esta casa.El único objetivo de la propuesta, parece ser el de dar mejor acceso a una cueva existente sin condiciones actuales de habitabilidad y el de TRANSFORMAR un pequeño talud situado por encima de la Cueva Zambra La Rocio,EN UN SOLAR EDIFICABLE.Teniendo en cuenta que las Veredas del Sacromonte han configurado el Barrio desde tiempos muy antiguos y que la distancia entre los viales paralelos del Camino del Monte y la Vereda de Enmedio,que hacen inutil este nuevo acceso, es tan solo del tamaño de la vivienda a la que pretenden expropiar,que a su vez,según pueden comprobar en la fotografía adjunta,ya nació con su vereda correspondiente,que sigue siendo la misma que acaba en su puerta CONSIDERAMOS UN ATENTADO CONTRA EL SACROMONTE LA PRETENSION DE EXPROPIAR PARTE DE UNA VIVIENDA,PARA CREAR UN VIAL EXCLUSIVO Y CONVERTIR UN TALUD EN SOLAR EDIFICABLE.ADJUNTAMOS DOCUMENTACION GRAFICA QUE DEMUESTRA LA antigGUEDAD DE LA EDIFICACION A LA QUE PRETENDEN ELIMINAR UNA PARTE PARA ALARGAR LA VEREDA,ASI COMO LA SITUACION DE LA VEREDA QUE YA TERMINABA EN LA VIVIENDA DESDE SU CONSTRUCCION.RESPETAR EL TRAZADO ORIGINAL CONSERVADO HASTA EL MOMENTO Y ABANDONAR LA INTENCION DE EDIFICAR HASTA EN TALUDES POR ENCIMA DE LAS CUEVAS-ZAMBRA DE LA ROCIO

 

79.-CARTA DE COLORES-La intención del equipo redactor de no confeccionar ninguna Carta de Colores,siendo este apartado pieza clave en la protección y mantenimiento de los sitios históricos,es una contradición más de un Plan que debería haberse contemplado globalmente y con el estudio de sus antecedentes y desenvolvimiento presente.No se puede dejar de regular una cuestión que determina el Barrio y afecta a visuales tan importantes como la mismísima Alhambra,dejando en manos de las modas-alberos o almagras intensos,colores toscanos,etc..La vista desde la Alhambra,verde de los jardines,blanco de las viviendas,teja marrón-rojiza..es un buen comienzo para tratar de confeccionar una Carta de Colores que evite la profusión de todo tipo de elementos degradantes en fachada.CONFECCIONAR LA CARTA DE COLORES.

 

ALGUNOS ERRORES DE CATALOGO

 

80.-Ficha 10. CARRERA DEL DARRO 13. HOTEL. NO ES CASA MORISCA REHACER FICHA

 

81.-Ficha 17.CONVALECENCIA ,2.ESTE EDIFICIO NO HA SIDO REHABILITADO,ES OBRA NUEVA.REHACER FICHA

 

82.-Ficha27. CASA DE AGREDA.NO LE HAN CAMBIADO EL USO,ES PUBLICO Y NOTORIO QUE ES EL DE EQUIPAMIENTO.REFORMAR FICHA

 

83.- Ficha 29. LAVADERO DE SANTA INÉS, 2 EDIFICIO DE 1945 RESTAURADO,FORMA PARTE DEL HOTEL SANTA INES,POR EL QUE TAMBIEN TIENE ACCESO.REFORMAR FICHA

84.-Ficha 30. LAVADERO DE SANTA INES 3 (5). FORMABA PARTE DEL COLEGIO DE LA CASA DE AGREDA,POR LA QUE TIENE ACCESO.REFORMAR FICHA

 

85.-Ficha 31. CARRERA DEL DARRO, 11. NO HA SIDO RESTAURADAREFORMAR FICHA

 

86.-Ficha 31. CARRERA DEL DARRO, 9. TIENE USO HOTELERO.REFORMAR FICHA

 

87.-Ficha 44: CÁRCEL ALTA, 7 . EN LAS MEDIDAS DE ACTUACION NO TIENEN EN CUENTA QUE TIENE UNA ORDEN DE DEMOLICION DE LOS ATICOS DESDE HACE AÑOS. ELIMINAR PLANTA ILEGAL

 

88.-Fichas 83,84, 85 CALDERERIA VIEJA 7, S/N y 5 REPITE LAS MISMAS FOTOS Y FICHAS EN LAS 3.REHACER FICHAS

 

89.-Ficha 88. SEÑOR, 3. REPITEN EL MISMO PATIO DE LAS 83,84 y 85 REHACER FICHA

 

90.-Ficha 89. SEÑOR, 5. “ “ “ “ “ “ “ “

 

91.-Ficha 102.CARRIL DE SAN AGUSTÍN. CARMEN DE LAS TOMASAS. LOS “JARDINES” DEL RESTAURANTE ESTAN CUBIERTOS POR TOLDOS.ELIMINARLOS Y APLICAR VEGETACION

 

92.-Ficha 126: CARMEN S. JUAN DE LOS REYES. PZA TOQUEROS, 8.SU JARDIN HA SIDO RECIENTEMENTE EXPOLIADO,PERDIENDOSE GRAN CANTIDAD DE ELEMENTOS PATRIMONIALES.ASI COMO LA VEGETACION DEL JARDIN.RESTITUIR

 

93.-Ficha 127.SAN JUAN DE LOS REYES 113. CONSERVA 4 COLUMNAS TOSCANAS,2 DE ELLAS OCULTAS EN LA OBRA.AÑADIR A LA FICHA

 

94.-Ficha 128 GRAJALES, 4. CARMEN DE LOS MÍNIMOS. MANTIENEN LA ANTIGUA COMPOSICION,QUE FUE DEMOLIDA.LA OBRA NUEVA TIENE BASTANTE MAS OCUPACION DE LA PARCELA. EL JARDIN Y LOS CIPRESES HAN DESAPARECIDO DURANTE LA OBRA.REHACER LA FICHA CONSULTANDO LOS EXPEDIENTES DE LOS PERMISOS DE OBRA MUNICIPAL,QUE OBVIAMENTE NO HAN VOLCADO.

 

95.-Ficha 135 y 136.GLORIA, 8. NO HACE MENCION DE ESTA CASA,QUE HA SIDO TRANSFORMADA OCUPANDO PARTE DEL PATIO.REHACER FICHA

 

96.-Ficha 138. SAN JUAN DE LOS REYES, 85. LAS GALERIAS ALTAS YA SE LIBERARON CON LA RESTAURACION COMO PUEDEN COMPROBAR EN LA FOTO.REHACER FICHA

 

97.-Ficha 144: MONTE DE PIEDAD, 7 y 9: LA Nº 9,SEGUN LA FICHA EN RESTAURACION,DEBE SER ESTUDIADA,YA QUE SE TRATA DE UNA INTERESANTE CASA MORISCA.REFORMAR FICHA

 

98.-Ficha 148. CARRERA DEL DARRO, 47. ESTA CASA NO ES MORISCA.REFORMAR FICHA

 

99.-Ficha 149 SANTISIMO, 4. REHABILITADA COMPLETAMENTE SOLO CON INDICACIONES DE LA ITE.ES IMPRESCINDIBLE VISITARLA Y DOCUMENTARLA,DADA LAS TRANSFORMACIONES QUE HA SUFRIDO EN OBRA, INCLUIDO LA ZONA DE TENDEDERO,RECONVERTIDO EN HABITACIONES,PARA SU USO ACTUAL QUE ES HOTELERO,NO RESIDENCIAL COLECTIVO.REHACER FICHA,PREVIA VISITA,COMO A TODAS LAS CATALOGADAS.

 

100.-Ficha 156: SAN JUAN DE LOS REYES 80. NO ES RESIDENCIAL COLECTIVO.CORREGIR FICHA

 

101.-Ficha 157: SAN JUAN DE LOS REYES 82. EN LA RECIENTE REHABILITACION NO SE HA RESPETADO EL BALCON GALERIA DE LA PRIMERA PLANTA AL PATIO INTERIOR,YA QUE HA SIDO SUSTITUIDO POR UNO NUEVO DE MUY BAJA CALIDAD.( Aparentemente, la restauración parece buena...pero por ejemplo, el durmiente de madera donde se encastran los balaustres, en el estado inicial, estaba empotrado en el suelo y ahora esa madera esta "duplicada" dejando unos 10 cm. desde el suelo. Otro asunto son los balaustres, que son todos nuevos..Por no hablar de los pies derechos. El estado inicial de la balconada, estaba reparada y había perdido las zapatasyen la "restauración se ha reproducido el estado "reparado”

 

102.-Ficha 187: Casa no morisca de CARRERA DEL DARRO 51 y 53 Es una casa del XVII, no morisca. La ficha no recoge un gran huerto, mayor que la zona edificada, SITUADO EN LA PARTE TRASERA DEL EDIFICIO,CON OTRO ACCESO MAS POR C/MONTE DE PIEDAD,QUE CONTABA CON JARDIN Y ZONA CULTIVADA RECIENTEMENTE. REHACER FICHA, AÑADIENDO LA NECESIDAD DE RECUPERAR EL JARDIN Y DEMÁS APUNTADO.

 

103.-Ficha 188. Casa de la Chirimías. CARRERA DEL DARRO 16. NO HA SIDO “RECIENTEMENTE RESTAURADA” ES OBRA NUEVA,NOS SEGUIMOS PREGUNTANDO QUIEN HA HECHO ESTAS FICHAS.HACER LA FICHA NUEVA,POR PERSONAL ADECUADO.

 

104.-Ficha 189: CARRERA DEL DARRO 14. ELIMINAR LA TERRAZA CONSTRUIDA EN EL ANTIGUO TENDEDERO,PARA ELIMINAR EL IMPACTO VISUALDESDE LA ALHAMBRA.MAL ESTADO DE CONSERVACION.COMPLETAR FICHA

 

105.-Ficha 191: CARRERA DEL DARRO 10. RECIENTEMENTE RESTAURADO,CONSIDERAR EL MURO EDIFICADO EN TERRAZA COMO ELEMENTO DISCORDANTE,POR AFECCION A VISTAS .AÑADIR A FICHA.

 

106.-Ficha 196. CARNERO, 8.ALGUNAS DE LAS COLUMNAS DEL PATIO SON DE CEMENTO.RECTIFICAR FICHA.

 

107.-Ficha 197: BAÑUELO, 3. RECIEN TERMINADA LA INTERVENCION,INCULPLE NORMATIVA DE ZOCALOS,ANTENAS,Y HUECOS DE VENTANA-PUERTA,EN FRANCO Y NEGATIVO CONTRASTE CON EL BIC COLINDANTE DE LOS BAÑOS ARABES.

 

108.-Ficha 200 CARRERA DEL DARRO 25. EDIFICIO EN RESTAURACION,SUPONEMOS QUE CON AMPLIACION DEL PLAZO DE EJECUCION,HA SUSTITUIDO LAS ARMADURAS ORIGINALES,BIEN CONSERVADAS POR NUEVAS.AÑADIR A FICHA LA ORDEN DE RESTITUCION DE LAS ORIGINALES

 

109.-Ficha 202: CARRERA DEL DARRO, 21. ESTA CASA SI ES MORISCA.REHACER FICHA,POR FAVOR.

 

110.-Ficha 204. COBERTIZO DE SANTA Inés, 3. Carmen del Cobertizo. SU JARDIN ERA UNA PLAZA PUBLICA,QUE AHORA MODIFICAN EN SUS PLANOS.INDICAR A LOS DEMAS RESIDENTES LA FORMA EN QUE SE PUEDE PRIVATIZAR EL ESPACIO PUBLICO,PLAZAS O ADARVES.

 

111.-Ficha 210: SAN JUAN DE LOS REYES, 49, Carmen de Santa Teresa. SOLO ESTA REHABILITADO LA FACHADA Y EL INTERIOR,LA PARTE TRASERA,A CALLE CARRO ESTA EN ESTADO LAMENTABLE.AÑADIR A FICHA.

 

112.-Ficha 214: SAN JUAN DE LOS REYES, 41. ES UNA CASA MORISCA,REFORMADA EN EL XVII.RECTIFICAR FICHA

 

113.-Ficha 218: SAN JUAN DE LOS REYES, 29. REFORMA RECIENTE,CON FACHADA HISTORICISTA,DESMONTADO DE TEJADO,CONVERTIDO EN TERRAZA CON ELEVACION DEL MURO MEDIANERO PARA OCULTAR LA VENTANA COLINDANTE.REFORMAR FICHA RECOGIENDO LO PERMITIDO EN LICENCIA,SI LA TIENE.ASI COMO QUE SU USO ES HOTELERO

114.-Ficha 219: PLACETA DE SANTA INÉS, 2. EXISTEN DOS CASAS DIFERENTES. La de la placeta de Santa Inés del XVII, con patio de columnas cubiertas de obra y la que da a San Juan de los Reyes del XX.RECTIFICAR FICHA.

 

115.-Ficha 223. ALMEZ, 2-4. Antes de su reciente expolio era una casa morisca. Había zapatas talladas y restos de balaustres de galerías, además se podían ver parte del estanque del patio.EXPONEN EN LA FICHA UNA FOTO DE LA CASA RUINOSA.ESTA REHABILITADA Y HABITADA. RECOGER EN FICHA LA DUDOSA REHABILITACION,ASI COMO ACTUALIZARLA,COMO TANTAS, YA QUE LA DOCUMENTACION UTILIZADA ES ANTERIOR A LA ACTUACION.

 

116.-Ficha 232. PORTERÍA DE LA CONCEPCIÓN, 2. Maristán. QUEDAN RESTOS Y UN TEJADO ONDULADO NO PERMITIDO EN EL PEPRI ACTUAL,INSTALADO PARA PRESERVAR “EL PATRIMONIO” INCLUIRLO EN FICHA CATALOGO,DADA LA SOLERA DEL MISMO E INSTAR A LA JUNTA DE ANDALUCIA A REALIZAR EL PROYECTO TANTAS VECES ANUNCIADO.NO ES DE RECIBO EL MAL EJEMPLO DE LAS INSTITUCIONES EN LA CONSERVACION DEL PATRIMONIO.

 

119.-Ficha 235: Casa Morisca de Zafra. Concepción de Zafra 4. SU ESTADO DE CONSERVACION ES DEPLORABLE,Y OTRA PRUEBA MAS DEL DEFICIENTE TRATO QUE SE ESTA DANDO EN EL BARRIO A LAS CASAS MORISCAS.INCLUIR EN FICHA LA FECHA DE COMIENZO DE LA RESTAURACION MUNICIPAL.

 

120.-Ficha 240. San Juan de los Reyes, 44. EL FRONTAL DE ESTA VIVIENDA COMPONE UNO DE LOS DOCUMENTOS GRAFICOS MAS CONOCIDOS DE LA CALLE,QUE NUNCA DEBE PERDERSE,COMO PROYECTAN EN ESTE PEPRI PARA ENSANCHARNOS LA CALLE,CON EL ARGUMENTO FALSO DE LA ELIMINACION DEL TRAFICO EN CARRERA DEL DARRO.SOLICITAMOS CONOCER AL TECNICO URBANISTA QUE PROYECTA ELIMINAR LA TRAMA URBANA DEL BARRIO MORISCO PARA TRANSFORMARLA EN PISTA PARA VEHICULOS,ASI COMO EL ESTUDIO HISTORICO DOCUMENTAL,EL DE IMPACTO AMBIENTAL,EL INFORME CONSULTIVO DE LA UNESCO,EL DE TRAFICO,ASI COMO EL ESTUDIO SOBRE EL PARQUE DE VEHICULOS DE RESIDENTES Y USUARIOS PREVISTOS EN QUE SE BASA ESTA Y OTRAS DEMOLICIONES.

 

121.-Ficha 254 GUINEA, 2. Casa del balcón de los pintores. Esta casa fue emblemática en la iconografía antigua del barrio. Su torreón con balcón de madera fue pintado por infinidad de pintores. Su imagen dio la vuelta al mundo y representaba para muchos el Albaicín. DEGRADADA EN GRAN MEDIDA POR LA EDIFICACION DE 3 ADOSADOS DELANTE,QUE DIFICULTAN SU VISION.CONSIDERAR LAS CASAS DE INTERES PATRIMONIAL GLOBALMENTE,YA QUE TODA INTERVENCION CERCANA PUEDE COMPROMETER SUS VALORES.

Ficha 255: Carmen de Aynadamar. Guinea 4. ELIMINAR CABLEADO.AÑADIR A FICHA

Ficha 269: ZAFRA, 10. Tiene cuatro pilastras de ladrillo, no dos. Está formado por tres casas diferentes alrededor de un patio. La de la crujía Oeste del S. XVII, prácticamente se conserva como en su origen. La crujía Norte, formada por dos casas, una del XIX que casi se hizo nueva y otra del XVII que se conserva sin variación.RECTIFICAR Y COMPLETAR FICHA

 

CAT 2008- D 5

122,-Ficha 6: Casa de Paso. NO RECOGE QUE HA SIDO ELIMINADO EL PASO QUE TENIA DE ACCESO ENTRE ELVIRA Y BETETA Y QUE DA NOMBRE A LA CASA.AÑADIR A LA FICHA

 

123.-Ficha 24: CALDERERÍA NUEVA, 9. Es necesario visitar la casa y estudiarla para completar la ficha de catálogo con las medidas de actuaciones específicas.COMPLETAR FICHA

 

124.-Ficha 27: ELVIRA 22. Sería necesario visitar la casa y descubrir los interesantes elementos que tiene en la parte superior y estudiar todas las reformas a las que ha sido sometida.COMPLETAR FICHA

125.-Ficha 32: PLAZA CORREO VIEJO, 2. Posee una interesante armadura mudéjar policromada. Una parte permanece oculta ya que en su día se separó del resto al dividir el salón al que pertenece en dos habitaciones, También tiene un patio de columnas y un pilar,ETC.COMPLETAR FICHA

 

126.-Ficha 38. CUESTA DE LOS NEGROS, 3. Está rehabilitada.REFORMAR FICHA

 

127.-Ficha 42: Casa de la Lona. CARRIL DE LA LONA 3. Hay bastantes restos de esta casa enterrados bajo los escombros que conforman el solar. Por otra parte su ubicación en Carril de la Lona, 3, es errónea ya que esta numeración pertenece a otra casa. Su entrada original sería por Plaza de San Miguel, por un acceso que aun permanece.REHACER Y COMPLETAR FICHA

Ficha 43 y 46: CARRIL DE LA LONA 33 y 31. Repite en dos fichas la misma casa.CORREGIR FICHA

 

128.-Ficha 77: PLTA ALMIRANTE 2. Hogar Ntra. Sra. de la Asunción. No se puede actuar sobre él ya que ha sido totalmente demolido. Su uso ha pasado a ser de asistencial a residencial colectivo.ELIMINAR FICHA O HACERLA NUEVA

 

129.-Ficha 83: CUESTA DE MARAÑAS, 2. Edificio totalmente nuevo.REHACER FICHA

 

130.-Ficha 95: PLTA DE SAN GREGORIO ,1 .Iglesia de San Gregorio. 1. Su fachada pese a haber sido restaurada permanece con la portada de piedra de Sierra Elvira pintada de gris. Por lo que sería aconsejable su limpieza.AMPLIAR FICHA ESPECIFICANDO TIPO DE ACTUACION NECESARIO

 

131.-Ficha 101: Casa de Porras. PLAZA DE PORRAS 8. Aunque ha sido sometido a rehabilitación, se ha construido una torre por el jardín para colocar un ascensor con el agravante de que supera la altura del edificio tapando una de las vistas mas conocidas de la Alhambra desde los Grifos de San José. El jardín ha sido salvajemente intervenido con la tala abusiva de vegetación, la pavimentación de lo que antes era de tierra y la eliminación de plantas que antes descolgaban por sus tapias.RECOGER EN FICHA,ORDENANDO EL RETORNO AL ESTADO ORIGINAL.

 

132Ficha 103: BESO, 2 - SAN JUAN DE LOS REYES, 5. Propiedad municipal.AÑADIR EN FICHA

 

133.-Ficha 115. COMPÁS DE SANTA ISABEL LA REAL: No pertenece al monasterio sino al hotel vecino.REFORMAR FICHA

 

134.-Ficha 134: PLAZA DE SAN NICOLÁS, SN, iglesia de San Nicolás. Además de las intervenciones propuestas hay que actuar de urgencia en las cubiertas ya que su estado además de al patrimonio, puede dañar a las personas.RECOGER EN FICHA LA URGENCIA DE LA INTERVENCION

 

135.-Ficha 156. GUMIEL DE SAN JOSÉ, 4. Hay que intervenir con urgencia ya que ha empezado a caerse hacía la calle con el peligro que ello supone.INCLUIR EN FICHA EL ESTADO PELIGROSO DE FACHADA.

 

136.-Ficha 159. TOMASAS, 2. Carmen del Alba. Ya ha sido rehabilitado.RECTIFICAR FICHA.

 

137.-Ficha 169. OIDORES, 15. Ha sido rehabilitada recientemente.RECTIFICAR FICHA

 

138.-Ficha 172. TIÑA, 27. Habría que efectuar una visita a sus obras ya que se están modificando elementos originales para darle más edificabilidad a su nuevo uso hotelero.COMPLETAR FICHA

 

139.-Ficha 178. OIDORES, 8 – 10 Habría que estudiar un aljibe integrado a la vivienda entre esta casa y la vecina.COMPLETAR FICHA

 

140.-Ficha 182. ALMIRANTE, 2. (PZA NEVOT), Carmen de Ntra. Sra. de las Angustias: Eliminar pintadas en todo el perímetro. Reparación de hornacina. Estudio del aljibe del Gato incluido en el carmen.COMPLETAR FICHA

141.-Ficha 200. PLAZA CRUZ VERDE, 6. En le reciente rehabilitación se ha incorporado el aljibe de la Cruz Verde a la vivienda, variando el acceso.COMPLETAR FICHA

 

142.-Ficha 216. CUESTA DE SAN GREGORIO, 13: Debido a su mal estado no necesita mantenimiento sino rehabilitación integral. RECTIFICAR FICHA

 

143.-Ficha 222. PLAZA DE LOS CARVAJALES, 3. Es una casa morisca que se está interviniendo con elementos poco apropiados. RECTIFICAR Y COMPLETAR FICHA

 

CAT. 2008 - D 7

 

144.-Ficha 37. MOLINO DE LA CORTEZA, 24. Carmen del Molino de la Corteza. Habría que visitar el carmen y hacer una ficha completa de su estado y posibles intervenciones.COMPLETAR FICHA

 

145.-Ficha 53. HORNO DE LA MERCED, 4. Edificio recientemente rehabilitado.REFORMAR FICHA

 

146.-Ficha 63. CARRIL DE LA LONA, 4. Es carmen de S. José, no del Saúco que pertenece al de la ficha siguiente. No forma una manzana que da a la Alhacaba, Zenete y Carril de la Lona. En el plano de la ficha se ve claramente.RECTIFICAR FICHA

 

147.-Ficha 64. ALHACABA, 22. Carmen del Saúco, no San José. Esta dividido en dos edificaciones independientes. La foto 2ª de la balconada de esquina pertenece a la casa de la ficha anterior.RECTIFICAR FICHA

 

148.-Ficha 66. PZA DEL TRIUNFO, 14 A 18. eLIMINAR TECHUMBRE.AÑADIR A FICHA

 

149.-Ficha 78. SAN ANDRÉS, 13 ELVIRA 101- 3 - 5 – 7. Baños árabes. Casa de las Tumbas. Pese a que la ficha diga que está en obras, éstas llevan varios años paradas, dando a la zona el pésimo aspecto que se ve en la foto de la ficha RECTIFICAR FICHA

 

150.-Ficha 87. ELVIRA, 97. Ocurre lo mismo que en los Baños Árabes las obras llevan varios años paradas.RECTIFICAR FICHA

 

CAT 2008 - D 8

 

151.-Ficha 5. REAL DE CARTUJA, 8. Esta casa ha sido restaurada y es una magnifica casa con columnas y zapatas del XVI. Habría que estudiarla para cambiar su baja catalogación.. REHACER FICHA

 

152.-Ficha 12. CTRA DE MURCIA, 6. Carmen de las Palmas (Casa del miedo). Es de propiedad municipal.REHACER FICHA

 

153.-Ficha 58. PLZA DE SAN CRISTOBAL, 1. Iglesia de San Cristóbal. Reparación de cubiertas. AÑADIR A FICHA

 

154.-Ficha 65. LARGA DE SAN CRISTOBAL, SN. Retirar elementos historicistas de la fachada.COMPLETAR FICHA

 

155.-Ficha 74. AGUA DEL ALBAYZÍN, 27. Las múltiples intervenciones ilegales que se ha venido realizando últimamente ha desvirtuado esta casa morisca. Habría que visitarla y estudiarla para ver que se puede salvar antes de su total destrucción.REHACER Y COMPLETAR FICHA

 

156.-Ficha 76. AGUA DEL ALBAYZÍN, 34. Casa de las Palomas. Importante casa morisca en muy mal estado con obras de restauración paradas desde hace tiempo. Posee un arco de yeso nazarí.REHACER Y COMPLETAR FICHA

 

157.-Ficha 80. PZA DE FÁTIMA, 5. Casa morisca de gran valor con yesería y elementos de madera de gran importancia. Habría que visitarla y catalogar estos elementos.COMPLETAR FICHA

 

158.-Ficha 83. PARDO, 3 (1). Carmen de Casa Árabe. Casa morisca.COMPLETAR FICHA

 

159.-Ficha 111. CJO. BOTICA, 4. Es una casa morisca que pese a su mal estado es muy interesante por lo que habría que conservarla sin añadir nada a su estructura original.COMPLETAR FICHA

 

160.-Ficha 129. HORNO DEL HOYO, 2. Retirar la antena de telefonía móvil altamente perjudicial para la salud, como ya ha reconocido medio ambiente. Corresponde al nº 3 de la misma calle.

 

161.-Ficha 149. MURALLA DE LA ALCAZABA. Muralla zirí de la Alcazaba Con un descabellado proyecto, consistente en hormigonar la base de la muralla y colocar una pasarela metálica y de cristal, aprobado por Cultura pese a la oposición de multitud de colectivos y técnicos, sus obras se encuentran paradas para estudiar la actuación. Esperamos que el Pepri se oponga y así conseguir una actuación digna y lógica.NO HAY RECOMENDACIONES ESPECIFICAS EN PEPRI.COMPLETAR FICHA

 

162.-Ficha 152. CARRIL DE LA LONA. Puerta de Monaita. Eliminar pintadas, limpieza fondo y vigilancia para que no sea el punto PATRIMONIAL de consumo de drogas de Granada.COMPLETAR Y RECOMENDAR EN FICHA EL MANTENIMIENTO INTEGRAL Y SOCIAL

 

163.-Ficha 162. HORNO DEL MORAL, 2. Eliminar o recolocar la chimenea.RECTIFICAR FICHA

 

164.-Ficha 164. CJO. SAN CECILIO. Puerta de Hernán Román. Abrir dentro de lo posible la puerta del lateral izquierdo del interior actualmente cerrada.ESTUDIAR FICHA

 

165.-Ficha 168. PAGÉS, 20. Casa de los Mascarones: Está pendiente el comienzo de la restauración de esta interesante vivienda,ocupando lo que queda de jardin con edificación.ESTUDIAR EN FICHA

 

166.-Ficha 171. PAGÉS, 24. Repite la misma foto que en la ficha anterior.REPITE MISMA FOTO DE FICHA ANTERIOR.RECTIFICAR FICHA

 

167.-Ficha 212. PLAZA DE CASTILLA, 1. Necesita estudio y catalogación y debido a su lamentable estado, una urgente intervención integral.ESTUDIO URGENTE Y FICHA NUEVA.

 

168.-Ficha 213. Plaza Ortega, 1. Se puede repetir lo dicho en la ficha anterior.MISMA ACTUACION ANTERIOR

 

169.-Ficha 219. CJO. DEL CONDE, 15. Carmen de San Pablo. La portada de falso ladrillo visto, no tiene que ver nada con las portadas del barrio.APORTAR A FICHA

 

170.-Ficha 229. PLAZA SALVADOR, 2. Uso comercial.RECTIFICAR FICHA

 

171.-Ficha 234. SAN BENAVENTURA 18, (16). Uso comercial.RECTIFICAR FICHA

 

172.-Ficha 249. PLAZA DEL ABAD, 11, (10). Su fachada ha sido un elemento muy representativo del Albayzín por lo que debe ser rehabilitada ya.COMPLETAR FICHA

 

173.-Ficha 253. YANGUAS, 2. Casa morisca de Yanguas. Está siendo intervenida y sus obras van muy avanzadas.APORTAR EN FICHA NUEVO ESTADO

 

174.-Ficha 258. ALJIBE DE LA VIEJA, 20. Eliminar cables de la fachada y suprimir los azulejos de la parte baja del balcón. RECTIFICAR FICHA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

AREA DE INTERVENCIÓN AI 52

 

1- Se pretende construir en unos terrenos actualmente expeditos de edificaciones y con abundante arbolado, lo que no se considera lícito ni legal, y sí un grave atropello y una contradicción con la necesaria sensibilización hacia la protección del barrio.

A. Estos terrenos están bien y suficientemente documentados en los Planos Catastrales de los siglos XVIII, XIX y con fotografías del s. XX, constituyendo en la práctica Huertas y Jardines, elementos característicos y definitorios de la tipología edificatoria del barrio, cuyo valor histórico-cultural debe preservarse. Para este fin, la conservación de la particular morfología urbanística Albaicinera, una de cuyas características esenciales es la existencia de estos jardines y huertos, existe el PEPRI Albaicín-Sacromonte.

B. Que además, las huertas y jardines del Albaicín y Sacromonte forman parte del ecosistema del Valparaíso, de altísimo valor ecológico, contribuyendo a conservar la pantalla natural contra la contaminación tanto ambiental como acústica que afecta no solo al barrio sino a toda la ciudad. Es pues necesario respetar el valle como parte de este Patrimonio de la Humanidad, el equilibrio ecológico del entorno y el mantenimiento del microclima.

C. Que es necesaria la protección de esta zona verde y de las especies autóctonas de flora y fauna. Que a duras penas mantiene su rica vegetación de higueras, olivos y acebuches, granados, cipreses, naranjos, limoneros, almendros, enredaderas, nísperos, palmeras y parras, y que son visitados por una interesante variedad de aves autóctonas cuyo futuro depende de la conservación de estos espacios.

D. El Plan General de Ordenación Urbana de Granada y el PEPRI ALBAICIN, incluso antes de la modificación de este último, han protegido a ultranza los terrenos sin edificar en el Barrio del Albayzín que, a mayor abundamiento, constituyan jardines, o zonas verdes, máxime si éstas se encuentran arboladas, como ocurre en el presente caso. Se deben preservar los objetivos y valores establecidos en el Plan Especial en el fomento y recuperación de la tradición en jardines del Albayzín. Y de la misma forma que se protege la vegetación en los grandes cármenes, también debe hacerse en aquellas zonas que surgen como consecuencia de la segregación de los mismos, (este caso es una de las tristes consecuencias de la segregación del Carmen del Alba). Los árboles existentes han quedado descuidados, desprotegidos y algunos perdidos para siempre, siendo los propios vecinos los encargados de regarlos para evitar su muerte. También se ha destruido el sistema de albercas y atanores que formaban parte del sistema de riego de los huertos.

 

2. Nos oponemos rotundamente a que se conviertan en edificables los terrenos que existen enfrente de las viviendas de nuestra propiedad. Y ello, porque en primer lugar, se modifica la estructura parcelaria del Albayzín, de forma grave e irreversible.

A. sobre el mantenimiento del parcelario. Entendemos que se debe mantener, aquí exactamente igual que en el resto del barrio, el criterio básico de mantener la ocupación anterior de la parcela, mantener los volúmenes así como las alturas existentes del Albayzín actual edificado, basados en la permanencia de la estructura actual legalizada o documentación gráfica.

B. No sabemos en base a qué criterio se declaran las áreas citadas como solares edificables, ya que esta decisión modifica la estructura parcelaria con volúmenes, alturas y perspectivas, provocando un gravísimo impacto visual y paisajístico donde nunca ha existido una edificación. Ver imágenes.

C. Que existen precedentes (San Luís, San José, Tambor,) en los que la Junta de Distrito del Albayzín, con el apoyo unánime de todas las Asociaciones y grupos políticos, se ha manifestado contrariamente a la ubicación de los edificios cuando pueden suponer problemas de vistas y cambio del carácter urbano de la  zona.

Entendemos que esta decisión choca frontalmente con el espíritu de la ley y es contraria e incoherente con la normativa comunitaria sobre conservación de Ciudades Patrimonio de la Humanidad.

D. En el documento inicial de PEPRI de 1989 no figuraba esta área y se incorporó como área de actuación A1-45 tras el periodo de alegaciones, en la presentación definitiva, por lo que, por desconocimiento público, no se pudieron presentar las correspondientes alegaciones.

En cualquier caso, en todos estos años hasta la fecha los propietarios de estas parcelas no han desarrollado urbanísticamente los solares ni ejecutado las edificaciones, circunstancia que debe conllevar la pérdida de los derechos edificatorios de las fincas conforme a la legislación vigente, y que justificaría su mantenimiento en el PEPRI como huertos y jardines desprovistos de edificabilidad. Esta falta de actuación de la propiedad, de acuerdo con el texto de la vigente Ley 8/2007, de 28 de mayo, del Suelo, debiera suponer además que la valoración de estas fincas (como suelo urbanizado no edificado y en situación de incumplimiento de deberes urbanísticos) a efectos reparcelatorios, expropiatorios y de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, sería la correspondiente exclusivamente al suelo.

 

3. No se ha realizado un estudio técnico sobre la forma en que la cimentación afectará al talud de piedra y a las numerosas casas construidas y apoyadas en el mismo, y que tienen su entrada por las calles Aljibe de Trillo y Granados.

 

4. Que ya sufrimos en estas parcelas la presencia de construcciones ilegales, alturas excesivas y obras sin control como las cocheras y chamizos descuidadas, y donde los propietarios acumulan deshechos que favorecen la proliferación de especies no deseadas e incompatibles con toda dignidad.

 

5. Se cercenan por completo las vistas panorámicas sobre la Alhambra, Sierra Nevada y la ciudad de Granada.

Se deben proteger las vistas desde el Albayzín y no modificar la estructura parcelaria ya que provoca un gran impacto en las vistas y no respeta el derecho de los vecinos al disfrute de las mismas. Estos extremos están completamente prohibidos por el Planeamiento de Granada, tanto General como Especial, como confirmó la sentencia sobre los Cipreses. Se deben proteger las vistas en general, tanto desde espacios públicos como privados, y recuperar la imagen paisajística.

Se deben proteger las vistas desde la Alhambra, la Churra, San Miguel o la ciudad. Esta decisión modifica el valor paisajístico de las vistas desde la Alhambra, permitiendo la construcción de varias alturas en una cota igual a la de las viviendas existentes en la actualidad. La pretensión de edificar varios edificios en este lugar impediría conservar la imagen urbana original de esta zona, de gran valor paisajístico, tanto por las vistas como por la composición vegetal de esta.

 

6. Modificación injustificada del viario existente, considerando como calle lo que no es sino una propiedad privada- Los planos del PEPRI dibujan una especie de largo ramal que se abre a la derecha de la calle Atarazana Vieja, entre sus actuales números 4 y 8, como una prolongación de esta vía pública. Sin embargo, dicha vía no existe ni ha existido nunca más que en su parte inicial, sino que se trata de un vial interior del actual número 6 (antes nº 8) de dicha calle, de titularidad privada, como elemento común de acceso a las parcelas que integran dicho número, y con una puerta que la cierra desde tiempo inmemorial.

Con ello, se altera en los planos la realidad del viario existente, otorgando el carácter de público a un terreno particular directamente, prescindiendo total y absolutamente de los procedimientos legalmente establecidos de expropiación o cesión a través de los instrumentos de planeamiento y gestión pertinentes (lo que viene a suponer una expropiación de facto, sin indemnización).

En apoyo de esta argumentación hay que destacar:

A. Nunca existió allí una calle, como se demuestra viendo los planos de Dalmau (1796), Contreras (1853) y Bertuchi (1894) y en las fotografías adjuntas de 1889 y 1900,  ni tampoco existe hoy.

B. La propuesta que hace el Ayuntamiento de Granada insiste reiteradamente en que entre las edificaciones actuales, donde habitamos, y los terrenos mencionados que integran el AI-52, existe una calle de titularidad pública. Sin embargo, la realidad es que se trata de un paso particular abierto en el jardín o huerto de la finca matriz que originariamente integraba en su totalidad el Carmen del Alba, con el fin de dar acceso o paso a las fincas que de la misma se fueron segregando.

Efectivamente, el Carmen del Alba (finca registral 21.123 del Registro de la Propiedad nº 1 de Granada) lindaba originariamente con la calle Atarazana Vieja en el punto que hemos indicado (actual nº 6), y así se refleja en los linderos registrales de esta finca. Aún se conserva en la fachada de esta puerta secundaria de acceso al Carmen la leyenda “Carmen del Alba, puerta del fondo” (se acompañan fotografía y plano -2 de 3- descriptivo de la ubicación de esta puerta secundaria de acceso -nº 6 de la calle Atarazana Vieja- y de la extensión que ocupaba originariamente el Carmen del Alba).

Posteriormente esta finca fue dividida, resultando una casa y tres solares (fincas nº 32.520, 32.522, 32.524 y 32.526), y otra casa con jardín (finca 34.193, hoy 84.199), todas sin acceso directo a vía pública ninguna: para el acceso de todas ellas a la calle Atarazana Vieja, a través de los terrenos de la finca originaria se abrió el paso o calle particular que se pretende por el Ayuntamiento considerar hoy como pública. Se puede comprobar cómo en la descripción registral de todas estas fincas se recoge, en unas que lindan con “calle particular de dos metros, veinte y cinco decímetros de ancho, abierta en tierras de la finca de que ésta se segrega, para servicios de uso y paso de esta finca y otra de la misma procedencia”, en otras con “una calle particular de servicios de uso y paso de ésta y otras fincas de igual procedencia, por la cual la finca que se describe tiene acceso a la calle Atarazana Vieja; en ningún caso lindan directamente con ninguna vía pública. Adjunto notas simples registrales de todas estas fincas y planos descriptivos que indica las diferentes segregaciones de la finca 21.123 y la reiterada calle particular -2 de 3 y 3 de 3-.

 

C. Junto a los argumentos “jurídicos “ antes expuestos, existen numerosos datos físicos que corroboran lo expuesto, esto es que estamos ante una propiedad privada, integrada en una finca particular, y no ante una calle, como son:

- La existencia de la puerta que es el número 6 de la calle Atarazana Vieja, en la ubicación señalada en el plano acompañamos, flanqueada por los números 4 y 8. Se trata de un único número 6, cuando de ser cierta la existencia de la calle como pública, por el número de fincas segregadas (cinco) estaríamos ante los números 6, 8, 10, 12 y 14.

- El suelo empedrado de la calle Atarazana Vieja finaliza justo en esta puerta, con un evidente cambio de nivel, a partir del cual lo que hay es un simple alisado y encementado.

- Los servicios de alcantarillado, canalización o iluminación, con sus arquetas correspondientes, se hallan fuera de la puerta, agrupadas frente a ésta.

- Incluso, como dato curioso, en el subsuelo, en el centro de este paseo privado existe una tinaja, de una capacidad de unas 200 arrobas, embutida en el suelo, que, junto a los aljibes, forma parte del sistema propio de los cármenes del Albayzín para el almacenamiento doméstico de agua potable. Según obra, y como puede comprobarse si fuera necesario, en escritura pública de compra- venta de mi propiedad y en las notas sjmples registrales aportadas.

 

7.- Que la prolongación de la calle Atarazana Vieja y la materialización del espacio públido que prevén la AI-52 supondría la creación de un callejón sin salida, de nula o escasa utilidad y sin tránsito alguno pero que sin embargo y por estas mismas razones crearía un escenario idóneo para la delincuencia, generando un riesgo evidente para el vecindario.

Además, el espacio público previsto a modo de plazoleta, por la configuración y pendiente del terreno, generaría una perspectiva a modo de mirador con visión directa del público sobre el interior de las viviendas situadas debajo y sus jardines, en un clarísimo atentado contra su intimidad; para evitarlo la única solución sería dotar a ese espacio con un muro de elevación notable, lo que dejaría esta zona cerrada y carente de sentido.

Consideramos por tanto que con todo ello se altera gravemente la seguridad y tranquilidad de que disfrutamos los vecinos de esta zona, propia de un barrio que se quiere promocionar como residencial, como única y acertada forma de mantenerlo realmente vivo.

 

8.- Por lo demás, recordemos lo que establecía el PEPRI ALBAICIN:

 

“La potenciación de las vistas desde los puntos de captación y hacia los focos de interés visual, de tal manera que con la actuación propuesta no pueda entenderse que se comprometa una perspectiva de interés ni que su interposición bloquee visuales que las alineaciones que se permite rectificar permitirían captar. Por el contrario, deberán considerarse positivamente aquellas propuestas que garanticen una mejor consideración de las vistas en los términos citados”.

 

Art. III.44.

Si se efectúan ciertas actuaciones singulares que se desvíen de las normas generales, es necesaria la autorización de la Comisión del Patrimonio Histórico Artístico.

 

Art. III.61.4.

Se efectúa una expresa remisión al entonces art. 73 de la entonces vigente Ley del Suelo de 9/4/76, que equivale en la actualidad al art. 138 del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 26/6/92.

 

Todo lo anterior coadyuva al punto de vista que se sostiene, o sea, al de que debe suprimirse en la zona indicada la posibilidad de edificar con dos plantas la zona señalizada en el correspondiente Plano adjunto, que debe estar exenta de edificación alguna, por tratarse de espacios repletos de jardinería y arbolado, antes huertas y nunca, en toda la larga historia del barrio, edificado. Es necesario proteger estos espacios.

 

Manifestamos la intención de negarnos a seguir padeciendo las consecuencias de prácticas especulativas y abusivas con el barrio. El planeamiento de protección en un barrio Patrimonio de la Humanidad como el Albayzín debe promover la conservación de la fisonomía urbana y humana del barrio y las actuaciones en materia de conservación deben ser entendidas como un elemento activo contra la especulación y no favorecerla y potenciarla en detrimentos de las personas propiciando acciones que benefician a un solo interés privado en contra del interés común. En este caso, el propietario ha realizado ya el proyecto técnico para la construcción de apartamentos.

Entendemos que debe revisarse la concesión de Licencias de Obra. Que existe la necesidad de un mayor control y seguimiento de las obras que se ejecutan, y extremar el celo por parte de los técnicos del Ayuntamiento por los abusos que se  pueden ocasionar dado que existe la tendencia al incumplimiento reiterado de las normativas en materia de alturas, volúmenes, etc.

Para finalizar, creemos que las decisiones que se pretenden tomar en relación a la Atarazana Vieja supone una grave contradicción con la letra, los objetivos y el espíritu del PEPRI original, no existiendo motivo alguno para que esta zona, enclavada en un punto tan representativo del Albayzín esta fuera de la protección que ampara la ley.

 

En virtud de lo expuesto, SOLICITA del Excmo. Ayuntamiento de Granada:

Tenga por presentado este escrito de alegaciones, y a mi como parte interesada, en base al articulo 311, III, de la ley 30/92 del Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, siguiéndose conmigo las sucesivas actuaciones.

 

Estimando las alegaciones presentadas, se dicte resolución por la que se anulen las determinaciones y prescripciones que prevén modificar la estructura parcelaria del Albayzín y llevar a cabo edificaciones en el terreno situado entre las casas donde habitamos y el borde o muro que delimita el talud afectado.

 

Que se considere y califique la parcela referida como huerto y jardín privados, sin posibilidad de edificar, y el mantenimiento de la ocupación actual de la parcela. Es necesaria la protección de esta zona verde y de las especies autóctonas.

 

Modificación del viario. Requerir al Ayuntamiento documentación suficiente donde se explicite en qué momento se produjo la compra, cambio o cesión de dicho camino de su propietario al Ayuntamiento de Granada, condición que suponemos necesaria para la decisión de convertirlo en calle pública.

 

Se deben proteger las vistas tanto desde el Albayzín como desde la Alhambra.

 

Que se luche contra la especulación y contra la presencia de construcciones ilegales en el barrio.

 

Que se reconsideren las decisiones desacertadas tomadas hasta la fecha a este respecto y que se incluya esta zona en el actual PEPRI, concediendo el mismo nivel de protección que se le da al resto del Albayzín. Creemos que, si no es así, se incurre en un grave perjuicio para esta zona y por extensión a todo el barrio, y pedimos se apliquen los mismos principios para todos por incurrir en discriminación con respecto al resto.

 

 

Índice de fotografías

 

Imagen 1 - Vista de la Atarazana Vieja y del Carmen del Alba en la actualidad tomada desde la Alhambra.

 

Imagen 2 – Representación virtual de la propuesta del Ayuntamiento de Granada.

 

Imagen 3 – Vista de la Alhambra y la ciudad desde la terraza de Atarazana Vieja 6.

 

Imagen 4 –Representación virtual de la propuesta del Ayuntamiento de Granada desde la terraza de Atarazana Vieja 6.

 

Imagen 5.-Vista actual de Atarazana Vieja.

 

Imagen 6 – Representación virtual de la propuesta de edificar en Atarazana Vieja.

 

Imagen 7 – El Albayzín en fotografía de 1889 (JMB) publicada en “El Albayzín. Paraíso cerrado, conflicto urbano”, Pág. 129. Diputación de Granada. Centro de Investigaciones Etnológicas Ángel Ganivet. 2002.

 

Imagen 8 – – El Albayzín en fotografía anterior a 1900 (JTR) publicada en “El Albayzín. Paraíso cerrado, conflicto urbano”, Pág. 175. Diputación de Granada. Centro de Investigaciones Etnológicas Ángel Ganivet. 2002.

 

Imagen 9 - El Albayzín y la Atarazana Vieja en la actualidad. Vista desde la Alhambra.

 

Imagen10– Representación virtual de propuesta del Ayuntamiento de Granada. Vista desde la Alhambra.

 

Imagen 11 – ¿Es este el futuro que el Ayuntamiento de Granada quiere para el Albayzín? Representación virtual.

 

 

 

 

                                                                                  Granada, 12 de febrero de 2009

 

 

 

 

 

 

                                                                                  Manuel Navarro Lamolda

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE GRANADA

 GERENCIA DE URBANISMO